Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 23 de diciembre de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Luis Alberto Gómez García)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AS 3428/2025- ECLI:ES:TSJAS:2025: 3428
Palabras clave: Dominio Público. Gestión forestal. Montes.
Resumen:
El pronunciamiento que traemos a colación resuelve el recurso interpuesto por un particular frente a la resolución de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria del Principado de Asturias, que denegó su solicitud de autorización para la ocupación y plantación forestal en montes de utilidad pública en Tineo, siendo codemandado el Ayuntamiento de esta localidad.
La parte actora alega falta de motivación, arbitrariedad y vulneración del principio de legalidad, argumentando que la resolución se basaba en un proyecto de ordenación no aprobado y que los informes eran subjetivos. La Administración defiende la denegación por incompatibilidad con la gestión forestal y con el uso actual del monte, señalando que la solicitud no procedía de la comunidad usufructuaria o propietaria del monte, sino de un particular, y que el proyecto de ordenación, aunque en trámite, constituye una base técnica válida. El Ayuntamiento de Tineo apoya estos argumentos.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 11 de diciembre de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Miguel Ángel Gómez Torres)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 20122/2025- ECLI:ES:TSJAND:2025: 20122
Palabras clave: Contaminación atmosférica. Humos. Olores. Ruidos. Medidas correctoras.
Resumen:
La sentencia de autos resuelve el recurso de apelación interpuesto por un particular contra una sociedad mercantil y el Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, relativo a denuncias por molestias medioambientales, como humos, olores, ruidos y calores, procedentes de una cafetería.
El juzgador a quo desestimó el recurso del particular, al considerar que la actividad cumplía la normativa en materia de contaminación acústica y térmica, y que la guía autonómica sobre salida de humos constituía solo una recomendación, no una norma obligatoria.
En apelación, la recurrente alega falta de motivación y errores en la valoración de la prueba, especialmente en lo relativo a la contaminación atmosférica y a las mediciones de ruido.
En relación con la motivación de la sentencia apelada, el juzgador ad quem determina que esta cumple las exigencias de motivación derivadas del artículo 120.3 de la Constitución Española y garantiza el
Título: Áreas protegidas de aguas subterráneas para la conservación de ecosistemas: análisis normativo y su aplicabilidad en Argentina
Title: Groundwater Protected Areas For Ecosystem Conservation: Regulatory Analysis And Its Applicability In Argentina
Autora: Ailen Sol Flores, Becaria Doctoral (CONICET-INEDES). Doctoranda Universidad Nacional de Luján (UNLu). Docente, Departamento de Ciencias Sociales y Departamento de Tecnología, UNLu (Argentina). ORCID: 0000-0002-4843-0494
Autora: Débora Mariel Etchegaray, Becaria Doctoral (CONICET-INEDES). Doctoranda Universidad Nacional de Luján (UNLu). Docente, Departamento de Ciencias Sociales, UNLu (Argentina). ORCID: 0000-0001-8648-6133
Fecha de recepción: 16/12/2025
Fecha de modificación: 27/01/2026
Fecha de aceptación con modificaciones: 08/04/2026
Fecha de modificación: 14/04/2025
DOI: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00478
Documento completo: “Áreas protegidas de aguas subterráneas para la conservación de ecosistemas: análisis normativo y su aplicabilidad en Argentina”
Resumen:
El presente trabajo examina la viabilidad de implementar la figura legal de zonas protegidas de aguas subterráneas como instrumento de gestión ambiental frente a los desafíos del cambio global. Las aguas subterráneas, que constituyen alrededor del 98% del agua dulce disponible en el planeta, son esenciales para el abastecimiento humano, la producción y el sostenimiento de los ecosistemas. Sin embargo, el incremento de su explotación, la contaminación y la falta de gobernanza adecuada las posicionan entre los recursos más vulnerables
Parque Natural Despeñaperros y Paraje Natural Cascada de Cimbarra
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 61/2026, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del ámbito de Despeñaperros, Cascada de Cimbarra y Cuencas del Río Guarrizas, se amplía el ámbito territorial del Parque Natural Despeñaperros y de la Zona de Especial Protección para las Aves Despeñaperros y se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del citado Parque Natural. (BOJA n. 62, de 31 de marzo de 2026)
Palabras Clave: Espacios naturales protegidos. Red Natura 2000. Zona de Especial Protección para las Aves. Zona Especial de Conservación. Ecosistemas. Planificación. Gestión. Hábitats y especies de interés comunitario.
Resumen:
El Parque Natural Despeñaperros fue declarado por el artículo 7 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacio Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección. En 2002 fue designado Zona de Especial Protección para las Aves (en adelante ZEPA), y posteriormente Zona Especial de Conservación (en adelante ZEC).
El Paraje Natural Cascada
Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 21/2026, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa en el ámbito territorial del Principado de Asturias. (BOPA n. 61, de 30 de marzo de 2026)
Palabras clave: Parque Nacional. Planificación. Gestión. Protección. Zonificación. Actividades.
Resumen:
El artículo 9 de la Ley 16/1995, de 30 de mayo, de declaración del Parque Nacional de los Picos de Europa, establece como instrumento para la planificación de la gestión el Plan Rector de Uso y Gestión (en adelante, PRUG) que permita cumplir con los fines perseguidos con su declaración. Por tanto, su objeto es consolidar la protección de dicho espacio natural mediante una gestión adecuada de acuerdo con el régimen jurídico que le es de aplicación.
El PRUG establece los objetivos de la planificación, los criterios de gestión y la zonificación del parque. Asimismo, recoge la relación de actividades clasificadas en incompatibles, compatibles y, entre estas, las específicamente necesarias
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