Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 30 de septiembre de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Javier Oraa González)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 3996/2024 – ECLI:ES: TSJCL: 2024:3996
Palabras clave: Uso excepcional en suelo rústico. Aeródromo. Información pública. Página web. Autorización. Interés público. Usos.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso administrativo interpuesto por la Asociación Federación Ecologistas en Acción de Castilla y León frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Zamora de 8 de enero de 2024, que a su vez desestimó el recurso formulado por aquella frente a los acuerdos de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Zamora de 28 de julio de 2021, por los que se concedió autorización de uso excepcional en suelo rústico para la construcción de un aeródromo de uso restringido en el municipio de Friera de Valverde, y frente a la desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto ante la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 31 de julio de 2024 (Sala de lo Contencioso, Sección 2ª. Ponente: María Rosario Cardenal Gómez)
Autora: María Pascual Núñez, Doctora en Derecho y Sociedad por la Universidad a Distancia de Madrid.
Fuente: ROJ: STSJ AND 14264/2024 – ECLI:ES:TSJAND:2024:14264
Palabras clave: Urbanismo. Contaminación Acústica. Evaluación Ambiental. Principio de no regresión.
Resumen:
La sentencia objeto de este análisis resuelve el recurso que impugnó la aprobación definitiva de la zonificación acústica de Torremolinos, realizada en sesión plenaria del Ayuntamiento el 26 de mayo de 2022 y publicada en el BOP de Málaga el 20 de septiembre de 2022. Se solicita la nulidad de dicha zonificación por tres razones principales: i) la previa declaración de nulidad del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del que deriva; ii) la falta de motivación en sus determinaciones, que resultan contradictorias con sus objetivos y caen en arbitrariedad; y iii) no haber comunicado la resolución de las alegaciones presentadas, las cuales fueron desestimadas sin justificación técnica.
A los anteriores efectos, la recurrente invoca el artículo 47.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al haberse producido indefensión por la falta de respuesta a
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 31 de julio de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Juan José Carbonero Redondo)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ AR 1483/2024 – ECLI:ES:TSJAR:2024:1483
Palabras clave: Biodiversidad. Espacios naturales protegidos. Evaluación ambiental estratégica. Red natura. Zona de especial conservación (ZEC). Zona de especial protección para las aves (ZEPA).
Resumen:
Por la Diputación Provincial de Huesca y hasta 41 ayuntamientos y una entidad local menor de la provincia, se interpone recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 13/2021, de 25 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se declaran las Zonas de Especial Conservación en Aragón, y se aprueban los planes básicos de gestión y conservación de las Zonas de Especial Conservación y de las Zonas de Especial protección para las Aves de la Red Natura 2000 en Aragón.
Este Decreto, del que se dio cuenta en su día en esta REVISTA, aprobaba los planes de gestión de los espacios Natura 2000 en Aragón, constituyendo un notable avance, dado el considerable retraso que esta Comunidad Autónoma acumulaba, con incumplimiento de los plazos fijados en la Directiva de Hábitats (Directiva 92/43/CEE
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 9 de septiembre de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Begoña González García)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 4017/2024 – ECLI:ES:TSJCL:2024:4017
Palabras clave: Uso excepcional en suelo rústico. Residuos. Información pública. Normas urbanísticas. Interés público. Necesidad de emplazamiento. Usos. Red Natura 2000.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por la mercantil RECICLAJE MEDIOAMBIENTAL DE CASTILLA Y LEÓN S.L., contra las resoluciones de 13 y 19 de septiembre de 2022 que estimaban el recurso de alzada interpuesto por la Asociación “Federación de Ecologistas en Acción de Castilla y León” contra el Acuerdo de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Ávila de 28 de septiembre de 2018, por el que se había concedido autorización de uso excepcional en suelo rústico para la construcción de una planta de tratamiento y reciclado de residuos de construcción y demolición, así como vertedero de cola de inertes, en la parcela 505 del polígono 10 del término municipal de Mingorría en Ávila.
Las resoluciones recurridas estimaron el
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 28 de junio de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Rafael Losada Armada)
Autora: María Pascual Núñez. Doctora en Derecho y Sociedad por la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CANT 651/2024 – ECLI:ES:TSJCANT:2024:65
Palabras clave: Urbanismo. Agricultura. Silvicultura. Paisaje. Espacios protegidos.
Resumen:
La resolución objeto de análisis versa sobre el recurso de apelación planteado el 11 de abril de 2023 por Ecologistas en Acción contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Santander, en relación con una plantación de eucaliptos en un terreno agrario sito en Bárcena de Cicero, que la Asociación consideraba que debía ser restituido a su estado previo de pradería.
La administración municipal y un particular codemandado se oponen al recurso, solicitan su desestimación, la confirmación de la sentencia de instancia y la imposición de costas a la parte apelante. Consideran que el recurso de apelación no presenta elementos nuevos o críticos, reiterando la demanda inicial, que el uso forestal es permitido según las normas urbanísticas y que no se requiere una determinación expresa en contrario. Asimismo, sostienen que las plantaciones son complementarias a la actividad agrícola y cumplen con
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