Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 291, de 4 de diciembre de 2025
Palabras clave: Movilidad sostenible. Contaminación atmosférica. Transporte terrestre. Transporte de viajeros. Transporte de mercancías. Transportes aéreos. Vehículos no tripulados. Derechos de los ciudadanos. Carreteras. Circulación vial. Ferrocarril. Puertos. Tecnología. Energía. Acceso a la información. Alquiler de vehículos automóviles. Ayudas. Programas. Tasas. Contratación administrativa. Políticas medioambientales.
Resumen:
Quiero comenzar este apartado transcribiendo una parte de la introducción del artículo “Movilidad Sostenible y Régimen Jurídico Autonómico”, que forma parte de la obra colectiva publicada en 2024 bajo el título “El Desarrollo Autonómico de los Objetivos Climáticos”, dirigida por los profesores Juan Rosa Moreno y Germán Valencia Martín. En aquel momento examiné un proyecto de ley de movilidad sostenible cuya publicación definitiva no vio la luz por la celebración de elecciones generales en julio de 2025 y que ahora, con no demasiados cambios, se ha convertido en esta nueva norma.
El concepto “sostenibilidad” o el adjetivo “sostenible” se han extendido como manchas de aceite por diversos sectores, si bien su origen
Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 267, de 6 de noviembre de 2025
Palabras clave: Electricidad. Autorizaciones. Almacenamiento. Evaluación de impacto ambiental. Hibridación. Plazos. Repotenciación de instalaciones renovables. Vehículos eléctricos. Puntos de recarga.
Resumen:
La crisis de electricidad del 28 de abril de 2025, de carácter extraordinario por sus inéditas dimensiones, en definitiva, ha puesto de relieve la urgente necesidad de adoptar medidas que refuercen el sistema eléctrico, con el objetivo común de reforzar un suministro que se puede calificar de vital en todas las vertientes del bienestar social y del desarrollo social y económico.
El contenido de este real decreto se funda en la necesidad urgente de reforzar la resiliencia, robustez y estabilidad del sistema eléctrico, dimensiones que es necesario abordar tras este incidente por tratarse de un servicio esencial, de interés económico general.
-Únicamente vamos a incidir en algunos de los aspectos que se regulan en el presente Decreto. Al efecto, en cuanto al marco de autorizaciones necesarias
Real Decreto 899/2025, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 244, de 10 de octubre de 2025
Palabras clave: Carreteras. Corredores de carretera. Ordenación del territorio. Informes sectoriales. Planificación. Plan estratégico de las carreteras del Estado. Proyectos. Programas. Evaluación ambiental de infraestructuras viarias. Zona de influencia de las carreteras.
Resumen:
La Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, ha supuesto un importante cambio en la normativa reguladora de la materia, con profundas consecuencias en todos los órdenes. El presente reglamento contribuye a afianzar la seguridad jurídica, definiendo con precisión conceptos que emplea esta Ley y concretando el alcance de alguno de sus preceptos. En cuanto a su estructura, sigue básicamente la misma disposición sistemática y ordenación de materias de la ley que desarrolla. Incluye tanto aquellos extremos susceptibles de desarrollo porque imperativamente así venía impuesto, como aquellos otros que, sin previsión de desarrollo específica, se ha considerado oportuno abordar, toda vez que abren oportunidades y ventajas para la gestión general de las carreteras que han de
Real Decreto 716/2025, de 26 de agosto, por el que se aprueban las directrices y criterios comunes de los planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 208, de 29 de agosto de 2025
Palabras clave: Incendios forestales. Planificación. Ordenación del territorio. Comité de lucha contra incendios forestales.
Resumen:
Al compás de los incendios forestales que han arrasado alrededor de 336.345 hectáreas en toda España solo en el mes de agosto, según datos del Sistema de Información Europeo de Incendios Forestales (EFFIS), del programa Copernicus, que constituye el récord de superficie quemada desde 1994; y cuando todavía huele a socarrado en buena parte del territorio de Castilla-León, Galicia y Extremadura, aflora este Real decreto de nueve folios publicado en el Boletín Oficial el último día hábil del mes de agosto, anunciando criterios y directrices comunes, al que presumiblemente se unirán otros publicados por las CCAA afectadas en sus respectivos boletines oficiales.
Es de esperar que todos estos criterios se apliquen y que vengan acompañados de la suficiente financiación para garantizar su
Real Decreto 712/2025, de 26 de agosto, de neumáticos al final de su vida útil
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 206, de 27 de agosto de 2025
Palabras clave: Residuos. Neumáticos. Planificación. Gestión. Reutilización. Reciclaje. Valorización. Responsabilidad ampliada del productor. Información. Planes empresariales. Financiación.
Resumen:
Una vez aprobada la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se considera necesario llevar a cabo una completa revisión del texto del Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, con el fin de adecuarlo al nuevo marco legal, así como a las previsiones de la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018. Igualmente, se pretenden resolver las deficiencias o ambigüedades no corregidas mediante la última modificación, tales como la adaptación de los sistemas de responsabilidad ampliada de los productores al régimen previsto en el título IV de la citada ley, así como la regulación de las obligaciones de información y del régimen de garantías financieras aplicables a dichos sistemas.
El real decreto se estructura en cinco títulos,
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