“Decreto-Lei” n.º 34/2024, de 17 de mayo, que altera sistema de concesión de licencias para el sistema de depósito y reembolso de envases de bebidas no reutilizables, que modifica el “Decreto-Lei” n° 152-D/2017, de 11 de diciembre, y el “Decreto-Ley” n° 24/2024, de 26 de marzo
Autora: Amparo Sereno. Profesora en el Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa (ISCAL) e investigadora del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 96, de 17 de mayo de 2024
Palabras clave: Residuos. Sistema de depósitos y reembolso (SDR). Responsabilidad ampliada del productor (RAP). Envases. Residuos de envases.
Resumen:
La normativa sobre sistema de depósito y reembolso (SDR) para envases no reutilizables de bebidas, introducido por el “Decreto-Lei” n.º 152-D/2017, de 11 de diciembre, fue recientemente alterado por el “Decreto-Lei” n° 24/2024, de 26 de marzo. Este último tenía como objetivo acelerar la implementación del SDR, mediante la creación de un régimen simplificado de presentación de solicitudes a las entidades gestoras del SDR por parte de los productores de envases o envasadores, con el fin de permitir la rápida evaluación de los mismas. Esta urgencia se debe a la necesidad atribuir céleremente las licencias
“Decreto-Lei” n.º 24/2024, de 26 de marzo, que altera el régimen general de gestión de residuos
Autora: Amparo Sereno. Profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) e investigadora del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 61, de 26 de marzo de 2024
Palabras clave: Residuos. Flujos de residuos. Vertederos. Reglamento REACH. Sistema de depósitos y reembolso (SDR). Responsabilidad ampliada del productor (RAP).
Resumen:
Esta nueva normativa altera el régimen general de gestión de residuos (RGGR), la normativa sobre deposición de residuos en vertederos licenciados y la relativa a flujos de residuos específicos sujetos al principio de responsabilidad ampliada del productor (también conocida como, el régimen unificado de flujos de residuos).
A pesar de que el RGGR, había sido modificado recientemente por el “Decreto-Lei” n° 11/2023, de 10 de febrero, que reformó y simplificó el trámite de licencias ambientales, fue necesaria esta nueva normativa a fin de completar la transposición de la Directiva 2018/851, de 30 de mayo, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE (Directiva Marco de Residuos). Además, la reciente publicación de una nueva generación de Planes Estratégicos del sector de los residuos (Plan
“Decreto-Lei” n.º 22/2024, de 19 de marzo, que prorroga las medidas excepcionales de simplificación de los procedimientos de autorización de producción de energía a partir de fuentes renovables
Autora: Amparo Sereno. Profesora en el Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa (ISCAL) e investigadora del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 56, de 19 de marzo de 2024
Palabras clave: Licenciamiento ambiental. Evaluación de impacto ambiental (EIA). Prórroga. “Simplex ambiental”. Energías renovables (ER).
Resumen:
Esta nueva normativa realiza la tercera modificación del “Decreto-Lei” (DL) n.º 30-A/2022, de 18 de abril, alterado por el DL nº 72/2022, de 19 de octubre, y por el DL nº 11/2023, de 10 de febrero, que aprueba medidas excepcionales con la finalidad de garantizar la simplificación de los procedimientos de autorización de producción de energía a partir de fuentes renovables.
Este régimen jurídico, conocido como “Simplex Ambiental”, realizó una reforma de gran calado de una parte importante de la legislación ambiental portuguesa em materia de: evaluación de impacto ambiental (EIA), licenciamiento ambiental, recursos hídricos y residuos, alterando 19 normas y revocando numerosos preceptos (un total de 15) incluidos em diversa normativa – de entre
“Decreto-Lei” n.º 10/2024, de 8 de enero, por el que se realiza la reforma y simplificación de licenciamientos en el ámbito urbanístico, de la ordenación del territorio e la industria
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Instituto Jurídico Portucalense (IJP) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 14, de 19 de janeiro de 2024
Palabras clave: Urbanismo. Ordenación del territorio (OT). “Simplex urbanístico”. “Licencia cero”. Building Information Modeling (BIM). Evaluación de impacto ambiental (EIA).
Resumen:
Este nuevo “Decreto-lei” (conocido como “Simplex urbanístico”) realiza la reforma y simplificación de los licenciamientos en el ámbito del urbanismo, la ordenación del territorio (OT) e industria. El mismo tiene como principal finalidad la desburocratización del procedimiento de atribución de licencias a las empresas, que dio sus primeros pasos con la aprobación de un conjunto de medidas de carácter medio ambiental o transversal previstas en el “Decreto-Lei n.º 11/2023”, de 10 de febrero (más conocido como “Simplex Ambiental”).
Con la presente normativa se pretende ampliar el procedimiento de simplificación en contexto urbanístico y de OT. A través
“Decreto-Lei” n.º 4/2024, de 5 de enero, que aprueba el mercado voluntario del carbono y sus reglas de funcionamiento
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 4, de 5 de janeiro de 2024
Palabras clave: Cambio climático. CO2. Mercado voluntario de carbono (MVC). Gases con efecto invernadero (GEI). Secuestro de emisiones. Capital natural. Incendios forestales
Resumen:
Esta nueva normativa aprueba el régimen jurídico del mercado voluntario del carbono (MVC) y sus reglas de funcionamiento, bien como los requisitos y procedimientos necesarios para obtener y utilizar créditos de carbono que garanticen la credibilidad y transparencia del MVC. Los objetivos de este mercado son: primero, promover proyectos de mitigación de emisiones de GEI en el territorio portugués y facilitar el cumplimiento de los compromisos asumidos por Portugal a nivel da UE e internacional (Tratado de Paris sobre cambio climático); segundo, promover la movilización y participación de los agentes a nivel local y regional, bien como beneficios ambientales (conservación del capital natural) y, al mismo tiempo, socioeconómicos; tercero, contribuir
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