Murcia aprueba la Orden por la que se regula el ejercicio de las actividades subacuáticas de recreo en aguas interiores de la reserva marina de interés pesquero de Cabo Tiñoso
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BORM número 186 de 12 de agosto de 2020
Palabras clave: Reserva marina. Aguas interiores. Pesca. Turismo sostenible. Biodiversidad. Espacios naturales. Actividades marítimas.
Resumen:
Por Decreto nº 81/2016, de 27 de julio, (BORM nº 176 de 30 de julio) fue declarada la reserva marina de interés pesquero de Cabo Tiñoso, contribuyendo así a la conservación y regeneración de los recursos pesqueros y en general a la protección de los ecosistemas marinos.
Entre los usos regulados en esta reserva marina se encuentra el ejercicio de las actividades subacuáticas. La creciente práctica de dichas actividades en el ámbito de la reserva hacen necesario establecer las condiciones que garanticen su ejercicio de forma segura y satisfactoria, sin interferir con el resto de actividades que se llevan a cabo en su entorno, mediante la identificación de zonas