Ley 12/2014, de 10 de octubre, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear. (DOGC núm. 6730, de 17 de octubre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Fiscalidad ambiental; Finalidad extrafiscal y fiscal; Calidad del aire; Aviación; Industria; Energía nuclear
Resumen:
El objeto de la presente ley es la creación, como tributos propios de la Generalidad, de los tres referidos en su título principal.
Por una parte, responden a un carácter extrafiscal, que pretende orientar el comportamiento de los agentes económicos afectados, con la interiorización de los costes no deseados y de las externalidades negativas que generan con su actividad, con el objetivo de contribuir a la mejora y la preservación del medio ambiente. Por otra parte, también tienen una finalidad fiscal, puesto que con su exacción se pretenden obtener ingresos adicionales con los que hacer frente a los gastos e inversiones públicas