Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de 17 de septiembre de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Óscar Bosch Benítez)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ ICAN 3548/2025 – ECLI:ES: TSJICAN:2025:3548
Palabras clave: Acuicultura. Planificación. Zona de interés acuícola. Evaluación ambiental. Información pública. Aguas de baño. Banderas azules.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por la FEDERACIÓN TURÍSTICA DE LANZAROTE 8 contra la Orden de 11 de febrero de 2021 (BOCAN núm. 41, de 1 de marzo de 2021), que aprueba la Ordenación Detallada de la ZIA LZ-2 (zona de interés acuícola), en la isla de Lanzarote, conforme a lo establecido en el Decreto 102/2018, de 9 de julio, por el que se aprueba definitivamente el Plan Regional de Ordenación de la Acuicultura de Canarias (PROAC).
Es parte demandada la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca; y codemandada la mercantil “Yaizatun, S.A”.
Adelantamos que la Sala desestima íntegramente el recurso planteado sobre la base de los argumentos esgrimidos por la Administración demandada.
La recurrente esgrime como primer motivo de recurso la infracción, por no aplicación
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 16 de septiembre 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Antonio Cecilio Videras Noguera)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 14674/2025- ECLI:ES:TSJAND:2025: 14674
Palabras clave: Autorizaciones y licencias. Caza. Montes. Responsabilidad patrimonial de la Administración.
Resumen:
La sentencia que traemos a colación resuelve la impugnación formulada contra la resolución administrativa de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto frente a otra resolución anterior, por la que se desestimó la reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños en el cultivo de olivar causados en 2018 por jabalíes, ciervos y gamos procedentes de los montes públicos que constituyen la Reserva Andaluza de Caza de Cazorla.
A la luz de los elementos de prueba aportados y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según la cual la responsabilidad patrimonial de la Administración requiere que el daño sea efectivo, evaluable e individualizado, y que derive directamente del funcionamiento anormal de los servicios públicos, sin causas externas, el Tribunal considera que los daños se debieron al deficiente vallado de la
Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de febrero de 2026 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Wenceslao F. Olea Godoy)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Catedrática de Derecho Administrativo, Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 511/2026- ECLI: ES: TS: 2026:511
Palabras clave: Conservación. Especies amenazadas en peligro de extinción. Planificación.
Resumen:
La Sentencia seleccionada resuelve el recurso de casación núm. 1219/2024 interpuesto por la «Federación de Ecologistas en Acción de Cataluña», contra la sentencia núm. 4166/2023, de 18 de diciembre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sección Quinta), recaída en el procedimiento ordinario núm. 236/2021, interpuesto contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la reclamación formulada ante el Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalidad de Cataluña solicitando la formulación de los planes de recuperación de una serie de especies en peligro de extinción en Cataluña. Es parte recurrida la Generalidad de Cataluña.
A juicio de la Asociación recurrente, deben considerarse infringidos los artículos 56, 58 y 59 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, así como la jurisprudencia derivada. De esta manera, el interés casacional del recurso estriba en determinar si
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), de 5 de febrero de 2026: validez de los artículos 26 quater, apartados 1 y 3, de la Directiva 2001/18/CE, relativos a la adaptación del ámbito geográfico de la autorización de cultivo de organismos modificados genéticamente. Prohibición del cultivo del maíz OMG MON 810 en Italia
Autora: Mª del Carmen de Guerrero Manso, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza. Grupo de investigación ADESTER (S22_23R)
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), asuntos acumulados C-364/24 y C-393/24, ECLI:EU:C:2026:67
Palabras clave: Medio ambiente. Organismos modificados genéticamente, OMG. Cultivo. Prohibición territorial. Mercado interior. Libre circulación de mercancías. Proporcionalidad. Libertad de empresa.
Resumen:
Las cuestiones prejudiciales resueltas por el Tribunal de Justicia tienen su origen en dos litigios planteados por el agricultor italiano Giorgio Fidenato frente a las autoridades nacionales como consecuencia del cultivo de maíz modificado genéticamente MON 810 en territorio italiano.
Italia había solicitado, al amparo del artículo 26 quater de la Directiva 2001/18, la adaptación del ámbito geográfico de la autorización del citado maíz, quedando excluido su cultivo en el territorio nacional. Dicha adaptación fue recogida en la Decisión de Ejecución (UE) 2016/321. No obstante,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 21 de julio de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Edilberto José Narbón Láinez)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 2010/2025 – ECLI:ES: TSJCV: 2025:2010
Palabras clave: Sanción. Buque. Residuo. Autorización. Gestor autorizado. Vehículos al final de su vida útil.
Resumen:
Las mercantiles ECOGIL S.L. y ARDENTIA MARINE S.L. formulan recurso contencioso-administrativo frente a la resolución dictada por el Director General de Calidad y Educación Ambiental, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, de fecha 4 de mayo de 2023, por la que se acuerda imponerles con carácter solidario una sanción de 95.000,00 euros de multa por la comisión de una infracción de carácter grave, tipificada en el artículo 46.3.a) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (en la actualidad derogada por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular), en relación con el art. 73.1 de la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de residuos de la
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