Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), de 5 de febrero de 2026: validez de los artículos 26 quater, apartados 1 y 3, de la Directiva 2001/18/CE, relativos a la adaptación del ámbito geográfico de la autorización de cultivo de organismos modificados genéticamente. Prohibición del cultivo del maíz OMG MON 810 en Italia
Autora: Mª del Carmen de Guerrero Manso, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza. Grupo de investigación ADESTER (S22_23R)
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), asuntos acumulados C-364/24 y C-393/24, ECLI:EU:C:2026:67
Palabras clave: Medio ambiente. Organismos modificados genéticamente, OMG. Cultivo. Prohibición territorial. Mercado interior. Libre circulación de mercancías. Proporcionalidad. Libertad de empresa.
Resumen:
Las cuestiones prejudiciales resueltas por el Tribunal de Justicia tienen su origen en dos litigios planteados por el agricultor italiano Giorgio Fidenato frente a las autoridades nacionales como consecuencia del cultivo de maíz modificado genéticamente MON 810 en territorio italiano.
Italia había solicitado, al amparo del artículo 26 quater de la Directiva 2001/18, la adaptación del ámbito geográfico de la autorización del citado maíz, quedando excluido su cultivo en el territorio nacional. Dicha adaptación fue recogida en la Decisión de Ejecución (UE) 2016/321. No obstante,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 21 de julio de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Edilberto José Narbón Láinez)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 2010/2025 – ECLI:ES: TSJCV: 2025:2010
Palabras clave: Sanción. Buque. Residuo. Autorización. Gestor autorizado. Vehículos al final de su vida útil.
Resumen:
Las mercantiles ECOGIL S.L. y ARDENTIA MARINE S.L. formulan recurso contencioso-administrativo frente a la resolución dictada por el Director General de Calidad y Educación Ambiental, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, de fecha 4 de mayo de 2023, por la que se acuerda imponerles con carácter solidario una sanción de 95.000,00 euros de multa por la comisión de una infracción de carácter grave, tipificada en el artículo 46.3.a) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (en la actualidad derogada por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular), en relación con el art. 73.1 de la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de residuos de la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de 11 de julio de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Esperanza Sánchez de la Vega)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ MU 1418/2025 – ECLI:ES: TSJMU: 2025:1418
Palabras clave: Uso forestal. Infracción. Sanción. Especies vegetales. ZEPA.
Resumen:
La Sala se pronuncia sobre el recurso contencioso-administrativo formulado por dos particulares frente a la Orden de fecha 31 de marzo de 2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación, que desestima el recurso de alzada interpuesto por los recurrentes, contra la Resolución dictada por la Dirección General de Medio Natural, de fecha 9 de septiembre de 2022, que les sancionó con una multa de 126.630 €, y la obligación accesoria de restauración del terreno afectado por ser los hechos cometidos constitutivos de una infracción administrativa calificada como muy grave y tipificada en el artículo 67. a) de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes -el cambio de uso forestal o la realización de actividades en contra del uso forestal, sin autorización-.
La sanción se impuso por
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de 13 de junio de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Pilar Rubio Berna)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ MU 1576/2025 – ECLI:ES:TSJMU:2025:1576
Palabras clave: Empresa química. Contaminación atmosférica. Emisiones. Valores límite de emisión. Salud. Medio ambiente. Autorización ambiental integrada. Entidad de control ambiental.
Resumen:
La Sala se pronuncia sobre el recurso contencioso-administrativo formulado por “Ecologistas en acción de la Región de Murcia” contra la desestimación presunta por silencio administrativo de petición de cese de actividad y traslado de la Mercantil “Derivados Químicos S.A.”, formulada por sendos escritos presentados el 14 de junio de 2017 y el 29 de octubre de 2018. La recurrente solicita, previa estimación de su demanda, que se ordene el traslado de la mercantil a una ubicación alejada de la población.
Es parte demandada la Consejería de Empleo, Universidades, Empresas y Medio Ambiente de la Región de Murcia; y codemandada la mercantil citada.
En defensa de su posición, la Asociación ecologista argumenta que la mercantil demandada es una empresa química dedicada a la fabricación de principios activos
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de 13 de junio de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Gema Quintanilla Navarro)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ MU 1366/2025 – ECLI:ES: TSJMU: 2025:1366
Palabras clave: Responsabilidad patrimonial. Agricultura. Mar Menor. Medidas. Daños. Fertilizantes. Proporcionalidad. Confianza legítima. Seguridad jurídica. Antijuridicidad.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por la Corporación Agroalimentaria del Mediterráneo, S.L., frente al acto desestimatorio presunto de su solicitud de responsabilidad patrimonial presentada frente al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. En esta solicitud, la entidad demandante expuso que como consecuencia de la aprobación y entrada en vigor de la Ley 3/2020 de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, se le han impuesto severas limitaciones, en forma de obligaciones y prohibiciones, al desarrollo de su actividad agrícola y, particularmente, en las zonas que se encuentran a menos de 1.500 metros del límite interior de la ribera del Mar Menor.
En la demanda reproduce lo anterior y añade que entre las restricciones que se le han impuesto
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