25 mayo 2018

Artículos Publicaciones periódicas Referencias bibliográficas

Referencias bibliográficas al día. Artículos de publicaciones periódicas

Ordenación de los recursos naturales:

ZAMORANO WISNES, José. “La ordenación de los espacios marinos en la Unión Europea y en España”. Revista Aranzadi de derecho ambiental, n. 39, enero-abril 2018, pp. 69-95

Ordenación del territorio:

DOLZ LAGO, Manuel Jesús. “Caso Red Natura 2000: delito contra la ordenación del territorio”. Diario La Ley, n. 9174, 2018

Paisaje:

FLORIO, Sergio. “L’autorizzaziones paesaggistica in Italia: un pilastro instabile”. Dereito: Revista xuridica da Universidade de Santiago de Compostela, vol. 25, n 1, enero-junio 2016, pp. 53-72, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.usc.es/revistas/index.php/dereito/article/view/3187 [Fecha de último acceso 27 de abril de 2018].

Parques Nacionales:

MOSCOSO SEPÚLVEDA, Sebastián; PADILLA QUINTERO, Silvia Alejandra. “Función social y ecológica de la propiedad en los Parques Nacionales Naturales de Colombia”. Revista Global Iure, n. 4, 2016, pp. 65-89, [en línea]. Disponible en Internet: https://www.jdc.edu.co/revistas/index.php/giure/article/view/37 [Fecha de último acceso 18 de octubre de 2017].

Pesca:

TEIJO GARCÍA, Carlos. “La insuficiente regulación de los acuerdos pesqueros durmientes en el Reglamento (UE) 2017/2403 sobre la gestión sostenible de las flotas exteriores”. Revista de Derecho Comunitario Europeo (CEPC) n. 59, enero-abril 2018, pp. 187-218

Planeamiento urbanístico:

GÓMEZ FERNÁNDEZ, Diego. “(La) entrada al domicilio por la inspección urbanística”. Derecho Administrativo y urbanismo,

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22 mayo 2018

Extremadura Jurisprudencia al día Tribunal Superior de Justicia ( TSJ )

Jurisprudencia al día. Extremadura. Subproductos animales. Tuberculosis bovina

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 21 de febrero de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Mercenario Villalba Lava)

Autor: Dr. Fernando López Pérez, Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza

Fuente: Roj: STSJ EXT 207/2018 – ECLI:ES:TSJEXT:2018:207

Temas Clave: Ganadería; Residuos animales; Sanidad animal; Subproductos animales

Resumen:

Se recurre por la Asociación de Profesionales Cinegética de Extremadura (APROCEX) el Decreto 149/2016, de 13 de septiembre, por el que se determinan medidas sanitarias de salvaguardia sobre los subproductos animales no destinados al consumo humano, los cadáveres y sus partes, de piezas de caza mayor, al objeto de controlar la tuberculosis bovina en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Este Decreto 149/2016 del que ya se dio noticia en esta REVISTA en el momento de su aprobación, en cuanto concernía a las piezas de caza mayor, establecía obligaciones de entidad de conformidad con lo establecido en el artículo 4, incluyendo la eliminación de subproductos no destinados a consumo humano (SANDACH) y otras partes de las piezas de caza mayor (artículo 5), entre otras muchas obligaciones.

Hay que tener en cuenta lo indicado en el expositivo de esta norma reglamentaria, a fin de poner en situación al lector sobre

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12 marzo 2018

España Legislación al día

Legislación al día. España. Alimentación animal

Orden APM/189/2018, de 20 de febrero, por la que se determina cuando los residuos de producción procedentes de la industria agroalimentaria destinados a alimentación animal, son subproductos con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOE núm. 51, de 27 de febrero de 2018

Temas Clave: Residuos; Subproductos; Alimentación animal

Resumen:

En el ámbito comunitario, la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, interpretativa sobre residuos y subproductos (COM 2007 (59), de 21 de febrero de 2007), en su anexo I, ilustra posibles ejemplos de residuos y no residuos, entre los que incluye los residuos de producción generados por el sector agroalimentario como subproductos cuando son utilizados como piensos directamente por los agricultores o por la industria de piensos compuestos.

En el ámbito nacional, desde diferentes sectores se solicitó al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, que se estudie si procede declarar subproductos, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, a los residuos de producción de

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5 marzo 2018

España Legislación al día

Legislación al día. España. Caza. Subproductos animales

Real Decreto 50/2018, de 2 de febrero, por el que se desarrollan las normas de control de subproductos animales no destinados al consumo humano y de sanidad animal, en la práctica cinegética de caza mayor

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOE núm. 38, de 12 de febrero de 2018

Temas Clave: Caza; Fauna; Residuos; Productos animales

Resumen:

Con la finalidad de mejorar la situación sanitaria actual, resulta necesaria una correcta gestión de los subproductos generados por la caza para evitar que sirvan de alimento a carnívoros oportunistas y jabalíes. Esta gestión incluye medidas relacionadas con el destino de los cadáveres de animales para no comprometer la conservación de especies necrófagas. Y es que, el depósito de alimentos procedentes de subproductos de caza mayor en muladares y en las zonas de protección para especies necrófagas se considera adecuado y deseable para seguir protegiéndolas.

Dentro de este marco, el presente Real Decreto tiene por objeto establecer los procedimientos de recogida, transporte, uso y eliminación de los subproductos no destinados al consumo humano procedentes de los animales abatidos durante las actividades cinegéticas de caza mayor.

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14 septiembre 2017

Jurisprudencia al día Tribunal Supremo ( TS )

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. Galicia. Sanidad animal. Caballos

Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de julio de 2017 (Sala Tercera, Sección 4, Ponente: Rafael Toledano Cantero)

Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Roj: STS 2770/2017-ECLI:ES:TS:2017:2770

Temas Clave: Bienestar animal; Fauna; Ganadería; Sanidad animal

Resumen:

Por la Xunta de Galicia se aprobó el Decreto 142/2012, de 14 de junio, por el que se establecen las normas de identificación y ordenación zoosanitaria de los animales equinos en Galicia.

Tal y como se disponía en el expositivo de esta norma, «Galicia cuenta con un sistema de explotación de caballos en régimen de libertad que, por su dimensión y dispersión, no tiene parangón en otros puntos del Estado», siendo que «sólo una pequeña parte de estos caballos de monte carecen de propietario». Por tal motivo, al entender del ejecutivo autonómico, se eliminaba de facto la condición de fauna silvestre de esta clase de caballos, sin perjuicio de que se mantuviese su vida en libertad. De esta manera se aprobaba el citado Decreto 152/2012 que entre otras cuestiones, obligaba a la identificación de los équidos (y de sus movimientos y cambios de propiedad) y a su aseguramiento por los daños que pudiesen ocasionar,

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