Acceso a la justicia:
PASSOS DE FREITAS, Vladimir. Posición brasileña actual ante el Acuerdo de Escazú. Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente, n. 3, julio 2023. Disponible en: https://aidca.org/ridca3-ambiental28/ (Fecha de último acceso 08/07/2025).
ROMERO NINA, Sergio Richard. Escazú: el puente a la Justicia ambiental. Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente, n. 3, julio 2023. Disponible en: https://aidca.org/ridca3-ambiental34/ (Fecha de último acceso 08/07/2025).
Agricultura:
SARANDON, Santiago J. Agroecología: una revolución del pensamiento en las ciencias agrarias. Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente, n. 3, julio 2023. Disponible en: https://aidca.org/ridca3-agrario2/ (Fecha de último acceso 08/07/2025).
Aguas:
COZZO VILLAFAÑE, Patricia; ROMANO, Paula Fabiana. El agua como elemento fundamental para la vida, inicio de la subsistencia humana, derechos fundamentales con fines vitales. Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente, n. 3, julio 2023. Disponible en: https://aidca.org/ridca3-ambiental36/ (Fecha de último acceso 08/07/2025).
LOZANO CUTANDA, Blanca. La personificación jurídica del Mar Menor: persiste la inseguridad jurídica tras la Sentencia del Tribunal Constitucional 142/2024 y el Real Decreto 90/2025. Diario La Ley (Estudios doctrinales), n. 10743, 2025.
NGONGE, David Njagi; MUIGUA, Kariuki, NYUKURI, Elvin. Ripples
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 5 de febrero de 2025 (Sala de lo Contencioso, Sección 3 Ponente: José Manuel Izquiero Salvatierra)
Autora: María Pascual Núñez. Doctora en Derecho y Sociedad por la Universidad a Distancia de Madrid. Asesora y consultora jurídico-ambiental
Fuente: ROJ: STSJ AND 2150/2025 – ECLI:ES:TSJAND:2025:2150
Palabras clave: Biodiversidad. Caza. Competencias.
Resumen:
La sentencia objeto de comentario resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Federación Andaluza de Caza contra la Resolución de 28 de agosto de 2021, Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, que desestima el recurso de alzada contra la Resolución de 12 de julio de 2021, de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, mediante la cual se adoptaron las directrices del Plan de Gestión Adaptativa de la tórtola europea para la temporada 2021-2022 en Andalucía. La medida clave contenida en dicha resolución fue el establecimiento de una “cuota cero” de capturas de la especie cinegética Streptopelia turtur, de modo que, en la práctica, se prohibía su caza en todo el territorio andaluz.
La parte recurrente estructura su impugnación en dos ejes fundamentales. De un lado, denuncia la
Real Decreto 394/2025, de 13 de mayo, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de ordenación y gestión del litoral
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario oficial de Galicia de 19 de mayo de 2025, n. 94
Palabras clave: Constitución. Competencias. Dominio Público estatal. Zona marítimo-terrestre.
Resumen:
La distribución de competencias entre el Estado central y las Comunidades autónomas viene establecida por la Constitución española. En su artículo 132.2, establece que son bienes de dominio público estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y de la plataforma continental.
Asimismo, el artículo 149.1. 23.ª establece que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección.
El Estatuto de autonomía para Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, establece en su artículo 27. tres que corresponde a la Comunidad Autónoma gallega la competencia exclusiva en ordenación
Acceso a la justicia:
FERGUSON, Erin C. Transparency after Fish Legal: Private actors and access to environmental information in the United Kingdom. Environmental Law Review, vol. 27, n. 1, marzo 2025, pp. 10-30. Disponible en: https://doi.org/10.1177/14614529241295605 (Fecha de último acceso 30-05-2025).
Agricultura:
CAVALLIN, Elisa. Farming and biochar in the EU and the road to sustainability: Drawing connections through the Common Agricultural Policy and the regulation of organic and carbon farming. Review of European, Comparative & International Environmental Law, vol. 34, n. 1, abril 2025, pp. 109-123. Disponible en: https://doi.org/10.1111/reel.12592 (Fecha de último acceso 04-06-2025).
LAGIER, Charles. L’indemnisation des dégâts agricoles causés par le grand gibier. Bilan et perspectives. Revue Juridique de l’Environnement, vol. 50, n. 1, marzo 2025, pp. 157-163.
Bienestar animal:
GARCÍA URETA, A. El lobo al norte del Duero y el Derecho de la Unión Europea. Blog de Derecho Ambiental. Consejo General de la Abogacía Española, 2025. Disponible en: https://www.abogacia.es/publicaciones/blogs/blog-derecho-ambiental/el-lobo-al-norte-del-duero-y-el-derecho-de-la-union-europea/ (Fecha de último acceso 30-05-2025).
TROUWBORST, Arie. Trapping and re-educating bold wolves in the European Union: Obligatory and illegal at the same time?. Review of European, Comparative & International Environmental Law, vol. 34, n. 1, abril 2025, pp. 76-88. Disponible en: https://doi.org/10.1111/reel.12609 (Fecha de último acceso 04-06-2025).
Bosques:
Ley 2/2025, de 15 de mayo, de modificación de la Ley 6/2023, de 23 de febrero, de protección y modernización de la agricultura social y familiar y del patrimonio agrario de Aragón
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: BOA núm. 95, de 21 de mayo de 2025
Temas clave: Agricultura. Comunidades Autónomas. Competencias.
Resumen:
Con la aprobación de esta norma se modifican aspectos sustanciales de la anterior Ley 6/2023, de 23 de febrero, de protección y modernización de la agricultura social y familiar y del patrimonio agrario de Aragón, ya comentada en esta REVISTA.
En palabras del expositivo de la nueva norma aprobada, aquella Ley 6/2023, de 23 de febrero, “ha generado un profundo descontento en el sector agrario de nuestra región” y “no contó, tampoco y por ello, con el consenso de las diferentes asociaciones agrarias. Constituye, por tanto, dicha ley una norma ideada, elaborada y promulgada al margen del sector agrario aragonés, de su realidad social y económica, que ha generado y genera, asimismo, una notoria inseguridad jurídica en su aplicación, puesto que presenta dificultades de carácter técnico de las que da prueba la propia reclamación, en su día, de
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