El Parque Natural de Doñana, ampliación de su ámbito territorial y planificación
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 142/2016, de 2 de agosto, por el que se amplía el ámbito territorial del Parque Natural de Doñana, se declara la Zona Especial de Conservación Doñana Norte y Oeste (ES6150009) y se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Espacio Natural Doñana. (BOE núm. 185, de 26 de septiembre)
Temas Clave: Parque natural; Biodiversidad; ZEC, Planificación; Ámbito geográfico
Resumen:
La ampliación del ámbito territorial del Parque Natural de Doñana supone la incorporación, por una parte, de los montes públicos de la Junta de Andalucía denominados Grupo Bodegones-Cabezudos, Coto la Matilla I, Coto la Matilla II y Coto la Matilla III, que comprenden terrenos pertenecientes a los términos municipales de Almonte, Bonares, Lucena del Puerto y Moguer. El valor ambiental de estos montes viene marcado prioritariamente porque incluyen la práctica totalidad de los cauces que vierten sus aguas al Arroyo de la Rocina, englobando de este modo la cuenca del mayor y mejor aporte de