Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de 28 de mayo de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Raimundo Prado Bernabéu)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ EXT 625/2025 – ECLI:ES:TSJEXT:2025:625
Palabras clave: Embalse. Hidroaviones. Autorización. Zona de especial protección de las aves –ZEPA.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por el ayuntamiento de Alange contra la Resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, de 26 de septiembre de 2024, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la resolución adoptada por el mismo órgano administrativo el 22 de mayo de 2024, en cuya virtud se autorizó al Aeroclub Sierra de Alange a que utilice una franja de la lámina de agua del embalse de Alange de dimensiones de 1 km x 60 metros, para el aterrizaje y despegue de hidroaviones.
Es parte demandada la Administración General del Estado.
Los dos motivos en los que esencialmente el ayuntamiento basa su recurso son los siguientes:
-El hidro-aeródromo autorizado pone en el peligro el mantenimiento de la bandera azul concedida a la playa de Alange, ubicada
Real Decreto 531/2025, de 24 de junio, por el que se declaran diez zonas especiales de conservación, se aprueban sus medidas de conservación y las de siete zonas de especial protección para las aves, y se propone la modificación de los límites geográficos de doce espacios protegidos de la Red Natura 2000 en la Región Marina Mediterránea
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 178, de 25 de julio de 2025
Palabras clave: Red Natura 2000. Zonas Especiales de Conservación. Planes de gestión. Región Marina Mediterránea. Cartografía. Competencias ministeriales. Autorizaciones. Navegación Marítima. Pesca.
Resumen:
Este Real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1. 19ª, 20ª y 23ª.
Tiene por objeto: 1) Declarar como Zonas Especiales de Conservación (ZEC) los siguientes Lugares de Importancia Comunitaria: a) ES0000447 «Espacio marino de Orpesa y Benicàssim». b) ESZZ16010 «Espacio marino del entorno de Illes Columbretes». c) ESZZ16004 «Espacio marino de Illes Columbretes». d) ES5222007 «Alguers de Borriana-Nules-Moncofa». e) ES5212005 «L’Almadrava». f) ESZZ16007 «Espacio marino de la Marina Alta». g) ESZZ16006 «Espacio marino de Ifac». h) ESZZ16008 «Espacio marino Cabo de
Aguas:
JUSTE RUIZ, José. La Ley 19/2022, que reconoce la personalidad del Mar Menor y su cuenca, supera el recurso de inconstitucionalidad. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 61, 2025.
Alimentación:
JONSON, Hope; MONACO, Alessandro. Global developments in the regulation of cultivated meat: A comparative study of the EU, Singapore, US and Australia and New Zealand. Review of European, Comparative & International Environmental Law, vol. 34, n. 2, julio 2025, pp. 496-511. Disponible en: https://doi.org/10.1111/reel.70007 (Fecha de último acceso 08-09-2025).
Bienestar animal:
BOUAZZA ARIÑO, Omar. O benestar animal e a neutralidade na educación como límites á liberdade relixiosa = El bienestar animal y la neutralidad en la educación como límites a la libertad religiosa. Revista Galega de Administración Pública (REGAP), n. 68, julio-diciembre 2024, pp. 137-145. Disponible en: https://doi.org/10.36402/regap.v68i1.5231 (Fecha de último acceso 08-09-2025).
Biodiversidad:
ANTHONY, Chlöe. Nature Restoration and Collaboration: Integration and Participation in England’s Local Nature Recovery Strategy Framework. Journal of Environmental Law, vol. 37, n. 2, julio 2025, pp. 203-228. Disponible en: https://doi.org/10.1093/jel/eqaf006 (Fecha de último acceso 08-09-2025).
RONG, Zhenzhen; CLIQUET, An; HE, Miao. The private non-state actor financing
Título: Una decisión sorprendente: la competencia autonómica generalizada para la gestión de los títulos de uso y ocupación del dominio público marítimo-terrestre (STC 68/2024)
Title: A Surprising Decision: Generalized Autonomous Competence For The Management Of Titles Of Use And Occupation Of The Maritime-Terrestrial Public Domain (STC 68/2024)
Autor: Germán Valencia Martín, Catedrático de Derecho Administrativo, Universidad de Alicante
Fecha de recepción: 09/07/2025
Fecha de aceptación: 31/07/2025
DOI: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00430
Documento completo: “Una decisión sorprendente: la competencia autonómica generalizada para la gestión de los títulos de uso y ocupación del dominio público marítimo-terrestre (STC 68/2024)”
Resumen:
En este trabajo se hace una crítica de la STC 68/2024, sobre la Ley gallega 4/2023, de ordenación y gestión integrada del litoral, en línea con el voto particular que la acompaña, por pretender derivar su conclusión (la competencia autonómica generalizada para la gestión de los títulos de uso y ocupación del dominio público marítimo-terrestre, sin necesidad de nuevas reformas estatutarias) de una supuesta evolución en este sentido de la doctrina constitucional anterior, en lugar de presentarla como una construcción propia, confrontando directamente el planteamiento de la STC 149/1991, sobre la Ley de Costas. También se analizan los desarrollos ulteriores: la “rectificación” parcial llevada a
Galicia sume las funciones y servicios traspasados por la Administración general del Estado en materia de ordenación y gestión del litoral
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC.
Fuente: Diario Oficial de Galicia número 124, de fecha 1 de julio de 2025.
Palabras clave: Traspaso competencias. Dominio público marítimo terrestre. Servidumbre tránsito. Ordenación litoral.
Resumen:
Galicia asumió oficialmente la gestión integral de su litoral a partir del 1 de julio de 2025, una competencia que hasta ahora dependía del Estado, marcando un hito histórico en el autogobierno gallego. Esta transferencia, formalizada tras un largo proceso judicial y la publicación del Real Decreto 394/2025, permite a la Xunta gestionar y otorgar autorizaciones sobre el dominio público marítimo-terrestre y las zonas de servidumbre de tránsito y acceso al mar, aunque el Estado conserva competencias estratégicas como la recaudación de cánones y el rescate de concesiones por interés general.
Este Real decreto 394/2025, de 13 de mayo, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de ordenación y gestión del litoral, se traspasan a la Comunidad Autónoma de Galicia funciones y servicios correspondientes al
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