Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Séptima), de 17 de septiembre de 2020, asunto C-92/19, por la que se resuelve una cuestión prejudicial relacionada con la interpretación de la Directiva 2004/8/CE, relativa al fomento de la cogeneración
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la unión Europea, asunto C-92/19, ECLI:EU:C:2020:733
Palabras clave: Cogeneración. Planes de fomento. Igualdad de trato. No discriminación.
Resumen:
a. Breve referencia al supuesto de hecho.
La empresa Burgo Group posee en Italia numerosas instalaciones de cogeneración, que producen simultáneamente electricidad y calor útil. Esta sociedad solicitó a GSE la dispensa de la obligación de adquirir certificados verdes para sus instalaciones de cogeneración, contemplada por la normativa nacional, para los años 2011 a 2013 y le fueron denegadas por GSE sobre la base de la legislación nacional en vigor. Dichas instalaciones ya se habían beneficiado de tal dispensa de la obligación de comprar certificados verdes hasta el 31 de diciembre de 2010.
La empresa decide recurrir tal resolución y el órgano remitente plantea una serie de cuestiones