Decreto 37/2025, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de protección frente a la contaminación lumínica en Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 31, de 14 de febrero de 2025
Palabras clave: Contaminación lumínica. Cielo nocturno. Alumbrado exterior. Eficiencia energética. Ecosistemas naturales. Observatorios astronómicos. Zonificación lumínica. Planificación. Inspección.
Resumen:
La Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, regula en Andalucía la contaminación lumínica en su título IV, capítulo II, sección 3.ª bajo la óptica de la prevención, minimización y corrección de los efectos adversos de la dispersión de luz artificial hacia el cielo nocturno. Entre otros aspectos, esta ley sienta las bases para la zonificación lumínica del territorio y el establecimiento de los niveles de iluminación en función de cada zona, teniendo en cuenta la compatibilidad de los intereses municipales y empresariales con los científicos, ecológicos y de ahorro energético.
En este contexto y con objeto de cumplir lo establecido en la citada Ley, el presente Reglamento para la protección frente a la contaminación lumínica establece las medidas necesarias