29 abril 2015

CC.AA. Comunidad Foral de Navarra Legislación al día

Legislación al día. Navarra. Urbanismo

Ley Foral 5/2015, de 5 de marzo, de medidas para favorecer el urbanismo sostenible, la renovación urbana y la actividad urbanística en Navarra, que modifica la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BON núm. 51, de 16 de marzo de 2015

Temas Clave: Urbanismo; Ciudad compacta; Participación social; Eficiencia energética; Paisaje

Resumen:

Son cien los artículos a través de los cuales se introducen modificaciones en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, a los que se suman cuatro disposiciones transitorias, dos finales y una derogatoria, que conforman finalmente la Ley Foral 5/2015, de 5 de marzo.

A través de su Exposición de Motivos se determina que la presente norma pretende adecuar la legislación urbanística de Navarra a las vigentes leyes básicas estatales del suelo de 2008 –Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo– y de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas de 2013 –Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas–; partiendo de

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28 abril 2015

Jurisprudencia al día Tribunal Supremo ( TS )

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. Andalucía. Urbanismo. Plan campos de golf sin recursos hídricos

Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de marzo de 2015 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Francisco José Navarro Sanchís)

Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid

Fuente: STS 931/2015 – ECLI:ES:TS:2015:931

Temas Clave: Disponibilidad de recursos hídricos; Desarrollo sostenible; Ciudad compacta

Resumen: El macroproyecto urbanístico denominado “Merinos Norte” se estaba ejecutando en una finca de 800 hectáreas, situada en la Sierra de Ronda, proyecto que prevé la construcción de 780 viviendas unifamiliares, (442 villas en parcelas de 7.000 m2 de promedio, y 341 viviendas unifamiliares agrupadas en cuatro pueblos serranos), dos campos de golf de 18 hoyos, instalaciones hoteleras y de restauración y clubes hípico, de tenis y de paddle. Esta finca está alejada 12 kilómetros del núcleo urbano de Ronda, con un innegable valor ambiental, al estar situada en plena serranía de Ronda y muy próxima a la Sierra de las Nieves, que tiene la consideración de reserva de la biosfera.

Precisamente por este valor ambiental estaba incluida en el Plan Especial del Medio Físico, y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos, de la provincia de Málaga, aprobado en el año 1987, y considerada como “complejo serrano de interés ambiental” si

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16 abril 2015

Jurisprudencia al día Tribunal Supremo ( TS )

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. Castilla y León. Urbanismo. Evaluación ambiental estratégica

Sentencia del Tribunal Supremo, de 20 de febrero de 2015 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: César Tolosa Tribiño)

Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid

Fuente: STS 650/2015 – ECLI:ES:TS:2015:650

Temas Clave: Evaluación ambiental estratégica; Ciudad compacta; Interés público que justifique la modificación del plan

Resumen: El Plan General de Ordenación Urbana de Burgos, aprobado en el año 1999, había previsto el desarrollo del sector 23 de suelo urbanizable para la construcción de 210 viviendas y de esta forma poder incluir en este ámbito, como gasto de urbanización, la obligación de rehabilitar el monasterio de Fresdelval, actualmente de titularidad privada y que, pese su indudable valor histórico como bien de interés cultural, se encontraba en ruinas al haber sido saqueado a lo largo de los últimos siglos. La idea de imputar al urbanismo los costes de rehabilitación de edificios o la construcción de infraestructuras es una práctica muy utilizada por las distintas administraciones públicas para que una parte de las plusvalías que se originan con la reclasificación del suelo reviertan en beneficio de la comunidad.

Durante la época del boom inmobiliario en que, dicho claramente, existía el criterio de que todo vale,

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22 enero 2015

Jurisprudencia al día Tribunal Supremo ( TS )

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. Castilla y León. Urbanismo. Suelo no urbanizable protegido

Sentencia del Tribunal Supremo, de 10 de diciembre de 2014 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Francisco José Navarro Sanchís)

Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid

Fuente: STS 5330/2014 – ECLI:ES:TS:2014:5330

Temas Claves: Proyecto de Interés Regional; Ciudad compacta; Suelo no urbanizable protegido

Resumen: La Diputación Provincial de Burgos, en colaboración con el Ayuntamiento de Arlanzón y la Junta de Castilla y León, promueve la construcción de una urbanización de segunda residencia, con campo de golf en el municipio de Arlanzón, situado a 22 kilómetros de la ciudad de Burgos, en unos terrenos de 188 hectáreas calificados como no urbanizable protegido en las normas subsidiarias de este municipio y atravesados por el río Arlanzón, cuya riberas tienen la consideración de Lugar de Importancia Comunitaria LIC ES4120072 “Riberas del Río Arlanzón y afluentes”.

Ante la dificultad que implica la calificación urbanística del emplazamiento elegido optan por la declaración de esta actuación como Proyecto de Interés Regional, mediante la aprobación de un Decreto de la Junta de Castilla y León de Decreto 56/2008, de 31 de julio, incorporando a este proyecto la construcción de un parque de ocio con varias actividades deportivas y de

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