Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 11 de septiembre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ GAL 5387/2019- ECLI: ES:TSJ GAL:2019:5387
Temas Clave: Vertidos; Residuos; Aguas; Procedimiento sancionador; Dominio público hidráulico
Resumen:
En el supuesto de autos, una sociedad fue sancionada al pago de 2.500€ mediante Resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica Miño – Sil (CHMS), de 29 de noviembre de 2017, por la comisión de una infracción del artículo 116.3.f) del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, en conexión con el artículo 315 l) del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH). Esta resolución fue recurrida en reposición y desestimada por el Presidente de la CHMS, mediante Resolución de 9 de marzo de 2018. La sentencia que analizamos resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la sancionada frente a la última Resolución.
El hecho controvertido es la
Biodiversidad:
LARA ORTIZ, María Lidón. Recensión “Fernando López Ramón. Conservar el patrimonio natural. Madrid: Reus, 2019”. Revista española de derecho administrativo (Civitas), n. 200, julio-septiembre 2019, pp. 343-348
QUEVEDO NIÑO, Diana Geraldine. Recensión “Embid Irujo, A. y García Pachón, M.P. (Eds.). La conservación de la naturaleza. Su régimen jurídico en Colombia y España”. Bogotá: Universidad Externado de Colombia, 2018”. Revista española de derecho administrativo (Civitas), n. 200, julio-septiembre 2019, pp. 337-342
Competencias:
SORO MATEO, Blanca. Recensión “Lucía Casado. La recentralización de competencias en materia de protección del medio ambiente. Institut d’Estudis de l’Autogovern, Catalunya, 2018”. Revista española de derecho administrativo (Civitas), n. 200, julio-septiembre 2019, pp. 359-362
Contratación pública verde:
MORA RUIZ, Manuela. Recensión “Antonio Fortes Martín. La gestión contractual del servicio de recogida de residuos domésticos. Madrid: Iustel, 2018”. Revista española de derecho administrativo (Civitas), n. 200, julio-septiembre 2019, pp. 353-358
Derecho ambiental:
HENRY-ROBERTSON, Chelcie. Recensión Advanced Introduction to International Environmental Law by Ellen Hey”. European Energy and Environmental Law Review, vol. 25, n. 6, 2016, pp. 213-215
Residuos:
MORA RUIZ, Manuela. Recensión “Antonio Fortes Martín. La gestión contractual del servicio de recogida de residuos domésticos. Madrid: Iustel, 2018”. Revista española de derecho administrativo (Civitas), n.
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Segunda), de 24 de octubre de 2019, asunto C-212/2018 por la que se resuelve la cuestión prejudicial relacionada con la Directiva 2008/98/UE, de residuos
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 24 de octubre de 2019, asunto C-212/18
Temas clave: Residuos; aceites; Condición fin de residuo; Principio de precaución
Resumen:
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 6 de la Directiva de residuos y deriva de un litigio entre, por una empresa energética (Prato Nevoso) y la Provincia de Cúneo en Italia en relación con la desestimación de una solicitud presentada por esa sociedad para sustituir, como fuente de alimentación de su central de producción de energía térmica y eléctrica, el metano por biolíquido obtenido a partir del tratamiento químico de aceites vegetales usados.
El órgano judicial italiano, presenta la siguiente cuestión prejudicial si el artículo 6, apartados 1 y 4, de la Directiva 2008/98 y el artículo 13, apartado 1, de la Directiva 2009/28, leídos conjuntamente, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 31 de julio de 2019 (Sala de lo Contencioso Valencia. Sección 1, Ponente: María Desamparados Iruela Jimenez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 4127/2019 – ECLI: ES: TSJCV: 2019:4127
Temas Clave: Licencia administrativa; Planta de transferencia; Concesión administrativa; Residuos sólidos urbanos; Caducidad
Resumen:
La apelante, la mercantil Acciona Servicios Urbanos S.L., interpuso recurso contencioso-administrativo de instancia, frente al acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torrevieja, que dispuso desestimar las peticiones formuladas por esa mercantil.
Las peticiones consistían en que anulase el mencionado acuerdo municipal y declarase el derecho de aquélla al reconocimiento y a la aceptación por el Ayuntamiento de que la ubicación acordada de mutuo acuerdo para la construcción de las instalaciones de transferencia previstas en el contrato se refería al paraje “La Marquesa”, finca Casa Grande, ubicada en el km 5,6 de la CV-943.
Finalmente la Sala acuerda estimar parcialmente el mencionado recurso contencioso-administrativo número 118/2013, y anular en parte, por ser contrario a derecho, el acuerdo de la acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torrevieja en
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 27 de octubre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ GAL 4992/2019- ECLI: ES: TSJ GAL:2019:4992
Temas Clave: Declaración de efectos ambientales; Residuos; Rechazos de residuos
Resumen:
La actuación que antecede al supuesto de autos es el concurso público y la correspondiente adjudicación de la concesión de obra pública del tratamiento y eliminación de la totalidad de los residuos generados en el término municipal de A Coruña y su correcta gestión a la UTE ALBADA. El objeto del contrato fue el tratamiento de los rechazos generados “de la forma más adecuada y con sujeción a la legislación medioambiental vigente”, de conformidad con los Pliegos del Prescripciones Técnicas (PPT) y el Pliego de Cláusulas Administrativas (PCA). Los artículos 1 y 3 del PAC encomendaron la construcción y explotación de una planta para la recepción de todos los residuos generados en el municipio. La declaración de efectos ambientales (DEA) correspondiente limitó las posibilidades de vertido, impidiendo la construcción del vaso de
|