Decreto-ley 3/2019, de 24 de septiembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la Comunidad Autónoma de Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 23, de 25 de septiembre de 2019
Temas Clave: edificios; Legalidad urbanística; Ordenación del territorio; Planificación; Recursos naturales
Resumen:
No es ninguna novedad sino una problemática que se viene arrastrando desde hace años el tratamiento de las edificaciones irregulares sobre las que ya no cabe adoptar legalmente medidas de restablecimiento del orden jurídico perturbado al haber transcurrido los plazos legalmente establecidos, por lo que el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística resulta ineficaz. A pesar de los desarrollos y modificaciones introducidos en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, no se han conseguido solucionar los problemas asociados a las edificaciones irregulares, debido en gran parte a esta complejidad normativa y a la ausencia de mecanismos de gestión eficaces.
Comencemos por el siguiente dato estadístico: de un total de unas 500.000 edificaciones existentes en suelo no urbanizable en Andalucía, alrededor de 300.000
Decreto 97/2019, de 18 de julio, por el que se regulan las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre (código de procedimiento MT701A y MT701B)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG núm. 15, de 9 de agosto de 2019
Temas Clave: Servidumbre de protección; Competencias; Disciplina urbanística; Ordenación territorio; Dominio público marítimo –terrestre; Litoral
Resumen:
En el marco del complejo reparto competencial que se establece sobre el litoral, de conformidad con la interpretación hecha por el Tribunal Constitucional en las sentencias 149/1991, de 4 de julio, y 198/1991, de 17 de octubre, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 148.1.3 de la Constitución española, y 27.3 del Estatuto de autonomía de Galicia, corresponde en exclusiva a la Comunidad Autónoma de Galicia la competencia en materia de ordenación del territorio y del litoral, según lo dispuesto en los artículos 148.1.9 y 149.1.23 de la Constitución española.
El Decreto 199/2004, de 29 de julio, reguló por primera vez las competencias autonómicas en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, de conformidad con los criterios
Medio marino:
GIANNOPOULOS, Nikolaos. “Global environmental regulation of offshore energy production: searching for legal standards in ocean governance”. Review of European, Comparative and International Environmental Law (RECIEL), junio 2019, pp. 1-15. Disponible en Internet: fecha de último acceso 24 de julio de 2019.
MIRANDA GONÇALVES, Rubén. “Legal Aspects of the Underwater Cultural Heritage in Spain. Current State Legislation= Aspectos jurídicos del patrimonio cultural subacuático en España: la legislación estatal actual”. Veredas do Direito, v. 14, n. 30, septiembre-diciembre 2017, pp. 39-51. Disponible en Internet: fecha de último acceso 24 de julio de 2019.
Minería:
MEDRANO SÁNCHEZ, María Isabel et al. “Canon y regalías mineras: situación actual y propuesta de políticas para su aplicación eficiente”. Lex: revista de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Alas Peruanas, vol. 16, n. 22, 2018, pp. 335-370. Disponible en Internet: fecha de último acceso 24 de julio de 2019.
MENDONÇA GONÇALVES DE JESUS, Marcus; BORBA VILAR GUIMARÃES, Patrícia. “A justiça intergeracional ambiental na produção minerária brasileira = La justicia intergeneracional ambiental en la producción mineraria brasileña”. Veredas do Direito, v. 14, n. 30, septiembre-diciembre 2017, pp. 243-268. Disponible en Internet: fecha de último acceso 24 de julio de 2019.
SOUZA COSTA,
Decreto 92/2019, de 11 de julio, por el que se modifica el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG Núm. 144 Miércoles, 31 de julio de 2019
Temas Clave: Suelo; Ordenación territorio; Planeamiento; Urbanismo
Resumen:
La Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, establece el marco general para la regulación de la actividad urbanística en la Comunidad Autónoma de Galicia, y habilita al Consello de la Xunta de Galicia, en su disposición final quinta, para dictar, en el plazo de un año, las disposiciones para su desarrollo reglamentario.
Dando cumplimiento a dicho mandato normativo, se procedió a la aprobación del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, que vino a completar el marco normativo existente, así como la aplicación directa del reglamento autonómico de disciplina urbanística aprobado en desarrollo de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.
De conformidad
Ley 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales del País Vasco
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOPV nº 129 martes 9 de julio de 2019
Temas Clave: Ordenación territorial; Urbanismo; Grandes establecimientos comerciales
Resumen:
Una de las principales incidencias ambientales pasa por el correcto desarrollo urbanístico de las ciudades. Esta Ley nace con el fin de regular los procesos de asentamiento de las diferentes actividades económicas y sociales y el equilibrio territorial en base al interés general.
A la consecución de dichos objetivos se orienta el Plan Territorial Sectorial de Creación Pública de Suelo para Actividades Económicas y Equipamientos Comerciales del País Vasco, aprobado mediante Decreto 262/2004, de 21 de diciembre.
La justicia, ha impuesto limitaciones a este Plan, concretamente respecto de la superficie máxima para equipamientos comerciales mediante las sentencias del Tribunal Supremo de 3 de septiembre de 2015 ha obligado a la apertura de un período de reflexión con objeto de acomodar su contenido a estas últimas.
La inspiración de esta Ley se encuentra en la Directiva de Servicios 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre
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