Se aprueba el Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 139, de 20 de julio de 2015
Temas Clave: Planificación; Ordenación del territorio; Litoral
Resumen:
Este Plan tiene como objetivo desarrollar los contenidos que para el mismo establece la Ley 1/1994, de 11 de enero, de ordenación del territorio de Andalucía. Viene a completar la ordenación establecida por los planes de ordenación del territorio de ámbito subregional en la zona costera. Centra su atención en la franja costera, el espacio más tensionado del litoral, al objeto de establecer un tratamiento integrado que permita compatibilizar el desarrollo en un espacio que se considera esencial para el sistema productivo de la Comunidad Autónoma.
El objetivo principal del Plan es el de establecer un sistema de protección que teniendo en cuenta el desarrollo de los núcleos de población existentes, preserve del proceso de urbanización aquellos terrenos que cuenten con características naturales, paisajísticas, agrícolas o forestales relevantes, o cumplan funciones territoriales específicas para facilitar la conexión de esta zona costera con el interior, impidan la conurbación o contribuyan a la
Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: BORM núm. 77, de 6 de abril de 2015
Temas clave: Clasificación de suelos; Planeamiento urbanístico; Urbanismo; Ordenación del territorio; Ordenación del litoral; Paisaje
Resumen:
Esta Ley tiene por objeto, de conformidad con su artículo 1, la regulación de la ordenación del territorio, la ordenación del litoral y de la actividad urbanística en la Región de Murcia, al objeto de garantizar, en dichas materias, un desarrollo sostenible, el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona y la protección de la naturaleza, el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y la protección del patrimonio cultural y del paisaje.
Tiene como objetivos declarados en el Preámbulo:
-Agilización de los trámites en los ámbitos de la ordenación territorial y urbanístico, fomentando, entre otras cuestiones, el uso de la comunicación previa y declaración responsable. Igualmente se abunda, en aras de la agilidad administrativa, en la coordinación entre el planeamiento urbanístico y territorial y los procedimientos en materia ambiental, tratando de que
Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 18 de marzo de 2015 (Ponente: Ricardo Enríquez Sancho)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 98, de 24 de abril de 2015
Temas Clave: Clasificación de suelos; Costas; Evaluación de impacto ambiental; Instrumentos de planificación; Ordenación del litoral; Ordenación del territorio; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
El Pleno del Tribunal Constitucional analiza el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de cincuenta Senadores del Grupo Parlamentario Popular, contra la totalidad de la Ley de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral, y, subsidiariamente, frente a los artículos 1 a 26, 27.1, 28 a 74, disposiciones adicionales primera a tercera, disposiciones transitorias primera a séptima, apartado segundo de la disposición transitoria octava, disposiciones transitorias décima a duodécima, apartado segundo de la disposición derogatoria única, disposiciones finales primera a tercera y anexos I y II, de dicha Ley.
En lo que se refiere al recurso contra la totalidad, se fundamenta esencialmente, en primer lugar, en la vulneración de la legislación básica ambiental en la materia -artículo 149.1.23 de la Constitución-, al no someterse el Plan del Litoral a evaluación de impacto
Desarrollo sostenible
CASTILLO MORA, Daniel del. “El desarrollo sostenible en los espacios naturales protegidos: las áreas de influencia socioeconómica y otras perspectivas”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 26, septiembre-diciembre 2013, pp. 331-351
MELO PIRES, Plinio de. “A construção de cidades sustentáveis”. Cognitio Juris, n. 7, junio 2013, pp. 1-14, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.cognitiojuris.com/artigos/07/02.html [Fecha de último acceso 25 de febrero de 2014].
PALOMO TORRALVA, Vicente. “Hacia una Valencia más sostenible”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 26, septiembre-diciembre 2013, pp. 25-63
RODRÍGUEZ-CHAVES MIMBRERO, Blanca. “Medio ambiente urbano”. Anuario de derecho municipal, n. 5, 2011, pp. 347-357
Ley de Cantabria 8/2013, de 2 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral. (BOC núm. 236, de 10 de diciembre de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Ordenación del litoral; Planificación territorial
Resumen:
En el marco de los importantes valores de los que está dotada la zona costera de Cantabria: ambientales, paisajísticos y socio-económicos, y con el ánimo de responder a una demanda social consistente en conceder al suelo rústico una serie de usos que, respetando su protección, permitan su puesta en valor para contribuir al desarrollo sostenible y a la dinamización de los núcleos rurales; se ha llevado a cabo esta modificación del Plan de Ordenación del Litoral (POL).
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