Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y Acuicultura de Extremadura (DOE núm. 223, de 19 de noviembre de 2010).
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Investigadora del centro de formación CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
La presente Ley, (teniendo en cuenta las importantes novedades legales dictadas desde la Ley de 1995, así como la diferente sensibilidad social existente en relación a la pesca, que aconsejan la elaboración de un nuevo texto legal), tiene por objeto regular la pesca y la acuicultura en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el fomento, la protección, la conservación, el ordenado aprovechamiento de los recursos piscícolas en todos los cursos y masas de aguas situados en su ámbito territorial, y la formación de los pescadores.
La norma se estructura en setenta y tres artículos distribuidos en once títulos, dos disposiciones adicionales, seis disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales.
El Título I «Disposiciones Generales», recoge además de las grandes líneas que inspiran la ley, su objeto, define los cursos y masa de agua, reconoce el derecho a su ejercicio, así