Título: Régimen jurídico del uso del arma por los agentes forestales
Title: Legal Regime For The Use Of Weapons By Forest Rangers
Autor: Dr. Francisco José García Salas, PDI Universidad de Málaga
Fecha de recepción: 24/02/2025
Fecha de aceptación: 28/03/2025
Fecha de modificación: 03/04/2025
DOI: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00414
Documento completo: “Régimen jurídico del uso del arma por los agentes forestales”
Resumen:
Se pretende con este trabajo, realizar un análisis exhaustivo y pormenorizado del uso del arma por parte del cuerpo de agentes forestales, desde una cuádruple perspectiva: histórica, legal, funcional y social.
Abstract:
The aim of this work is to carry out an exhaustive and detailed analysis of the use of weapons by the forestry agents, from a four-fold perspective: historical, legal, functional and social.
Palabras clave: Derecho ambiental. Agente forestal. Función pública. Armas.
Keywords: Environmental law. Forest ranger. Civil service. Weapons.
Índice:
1. Introducción
2. Breve excurso histórico sobre el cuerpo de agentes forestales
3. Algunas cuestiones en torno al concepto policía y a los integrantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
4. El arma de los agentes forestales: su configuración y regulación en el ordenamiento jurídico
4.1. Historiografía del uso del arma de fuego por parte de los agentes
Estrategia Andaluza de Economía Azul Sostenible. Horizonte 2028
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Acuerdo de 9 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Primera Estrategia Andaluza de Economía Azul Sostenible. Horizonte 2028. (BOJA n. 71, de 14 de abril de 2025)
Palabras clave: Economía Azul. Energías Renovables. Biodiversidad. Espacios naturales protegidos. Pesca. Turismo. Innovación. Desarrollo sostenible. Economía circular.
Resumen:
El Pacto Verde Europeo identifica la Economía Azul Sostenible como uno de los ámbitos clave para la promoción de una economía limpia, con cero emisiones y que no dañe los ecosistemas naturales, por su potencial para crear alternativas a los combustibles fósiles y a la producción tradicional de alimentos y su repercusión en la preservación de la salud de los mares y su uso sostenible.
La Comunicación de la Comisión Europea sobre un nuevo enfoque de la Economía Azul Sostenible «Transformar la Economía Azul de la UE para un futuro sostenible», de mayo de 2021, señala que, desde el punto de vista económico, es un segmento de la economía en rápida evolución y con un gran potencial
Conservación del urogallo y del quebrantahuesos
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, de aprobación de la “Estrategia para la conservación del urogallo Tetrao urogallus en España” y la “Estrategia para la conservación del quebrantahuesos Gypaetus barbatus en España y Portugal”. (BOE n. 83, de 5 de abril de 2025)
Palabras clave: Biodiversidad. Estrategias. Especies. Catálogo Español de Especies Amenazadas. Objetivos. Indicadores.
Resumen:
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, y las comunidades autónomas han elaborado las presentes Estrategias, en el seno del Comité de Flora y Fauna Silvestres de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad. Además, se ha contado con la contribución de técnicos y asesores externos a las administraciones, de acuerdo con la Resolución de 27 de octubre de 2011. La estrategia también ha sido informada por el Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la
Energía eléctrica:
SATO, Heloisa Zerbinatti. Market design and public policy for Battery Energy Storage System penetration: Case study Brazil. Journal of World Energy Law and Business, vol. 18, n. 1, 2025. Disponible en: https://doi.org/10.1093/jwelb/jwae023 (Fecha de último acceso 08-05-2025).
Energía eólica:
LOZANO CUTANDA, Blanca; BLAS GALBETE, Ander de. La sentencia del Tribunal Supremo sobre el parque eólico Campelo ¿hacia el fin de la parálisis del desarrollo eólico en Galicia? Diario La Ley (Estudios doctrinales), n. 10705, 2025
Energías renovables:
MANIRUZZAMAN, A.F.M.; AL-SALEEM, Khalid. Renewable energy and energy justice in the Middle East: international human rights, environmental and climate change law and policy perspectives. Journal of World Energy Law and Business, vol. 18, n. 1, 2025. Disponible en: https://doi.org/10.1093/jwelb/jwae021 (Fecha de último acceso 08-05-2025).
Ética ambiental:
REBOLLO DÍAZ, Pedro. Primer caso de ecopostureo o Greenwashing en los tribunales españoles. Comentario de la Sentencia del Juzgado Mercantil n.º 2 de Santander, de 21 de febrero de 2025. Diario La Ley (Estudios doctrinales), n. 10680, 2025
Fiscalidad ambiental:
LASARTE ÁLVAREZ, Javier; RAMOS PRIETO, Jesús. El reiterado fracaso de los gravámenes sobre hidrocarburos como
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Sexta), de 27 de marzo de 2025: inejecución de una sentencia previa sobre incumplimiento del tratamiento de aguas residuales urbanas, el cual afecta a zonas sensibles. Italia. Imposición de una suma a tanto alzado y una multa coercitiva. Directiva 91/271/CEE (artículos 4, 5 y 10) y artículo 260.2 TFUE
Autora: Mª del Carmen de Guerrero Manso, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza. Grupo de investigación ADESTER (S22_23R)
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Sexta, asunto C‑515/23, ECLI:EU:C:2025:209
Palabras clave: Medio ambiente. Aguas residuales urbanas. Instalación tratamiento. Contaminación zonas sensibles.
Resumen:
Mediante la sentencia de 10 de abril de 2014, C‑85/13, (ECLI:EU:C:2014:251), el Tribunal de Justicia condenó a la República Italiana por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de los artículos 3, 4, 5 y 10 de la Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, en su versión modificada por el Reglamento (CE) nº 1137/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008.
A este resultado se llegó por considerar que la República Italiana no había adoptado las disposiciones necesarias para
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