Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de 5 de mayo de 2020 (Sala de lo Contencioso-administrativo. Sección 1, Ponente: María Esperanza Sánchez de la Vega)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 1114/2020 – ECLI: ES:TSJMU:2020:1114
Palabras clave: Espacio natural protegido. Parque Natural. Especies invasoras. Daños. Agricultura. Caza. Indemnización.
Resumen:
La parte actora en este procedimiento es la propietaria de unos terrenos en el entorno del Parque Natural de Sierra Espuña (Murcia)[1], en su escrito de demanda esgrime la existencia de relación causa efecto entre la actividad administrativa y los daños causados en sus árboles por una especie, el árrui (Ammotragus lervia). Por consiguiente, estima que el resultado lesivo deriva del riesgo creado por la Administración al no establecer las medidas necesarias para impedirlo.
Por los daños causados se formuló denuncia, donde también alegaba que se le ha denegado la caza de los mismos como medida disuasoria.
La Administración se opone a dicha responsabilidad por varios motivos, el primero de ellos por considerarla