5 julio 2019

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Galicia modifica el Decreto por el que se crea y regula el Observatorio Autonómico de los Ríos de Galicia

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: DOG Núm. 93 Jueves, 16 de mayo de 2019

Temas Clave: Aguas; Biodiversidad; Calidad del agua; Ríos

Resumen:

Desde un punto de vista ecológico, la situación de los ríos en la comunidad gallega ha sufrido importantes episodios de vertidos causados principalmente por la industria maderera. Sin embargo el alto nivel de precipitaciones y el avance en el desarrollo de la normativa han mitigado notablemente esta situación. El presente Decreto, modificación del anterior 15/2018, regula la creación del Observatorio Autonómico de los Ríos de Galicia como un órgano colegiado adscrito a la consellería competente en materia de medio ambiente. Su composición está prevista por la participación de representantes de las consellerías que tienen relación en sus ámbitos  competenciales con la finalidad de este observatorio. Por otro lado también está prevista la participación de representantes de la Administración local, con representación de los organismos de cuenca competentes en el territorio gallego, de las tres universidades gallegas, así como de las principales entidades ecologistas que tengan como fines estatutarios la defensa de los ecosistemas fluviales, de la Federación Gallega de Pesca y de la Federación Gallega de Municipios y Provincias.

Esta modificación tiene una clara incidencia en la composición del Observatorio Autonómico de los Ríos de Galicia, entre otros aspectos y por lo que resulta más destacable, por la adscripción de la entidad pública empresarial de Aguas de Galicia, hasta el momento adscrita a la entonces Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a la actual Consellería de Infraestructuras y Movilidad.

En este sentido, el Decreto 15/2018, de 25 de enero, se elaboró teniendo en cuenta la estructura anteriormente señalada, reflejando la composición de este observatorio recogida en el capítulo II, en concreto en los artículos 5 al 10, la representación de los distintos sectores y departamentos, de acuerdo con su incidencia sectorial en esta materia.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta la nueva estructura orgánica de la Xunta de Galicia, resulta evidente la necesidad de reajustar la composición y organización del Observatorio Autonómico de los Ríos de Galicia a esta situación, asignando la Vicepresidencia a la consellería competente en materia de aguas (artículo 7) y modificando las vocalías del Observatorio (artículo 9), en el que, además de variar el número de representantes correspondientes, se sustituyen algunas de las previstas para posibilitar una mejor representación de otros sectores con gran incidencia en este ámbito.

Igualmente es necesario ajustar las funciones de este órgano colegiado previstas en el artículo 4, en el sentido de dar una nueva redacción a los apartados 3 y 7, en el sentido de ampliar en el apartado 3 la participación de este órgano colegiado en la promoción y valoración de los ríos como elementos destacados del patrimonio natural, cultural, económico y social gallego e informar respecto de sus contenidos, sin necesidad de restringir de inicio esta participación, así como adecuar la elaboración de los informes sobre la situación y la evolución de las medidas adoptadas para la puesta en valor de los ríos gallegos a emitir por el Observatorio recogida en el apartado 7, previa solicitud del presidente, acorde con las funciones de dicha Presidencia.

En este sentido, este decreto se estructura en un artículo único, en el que se procede a la modificación de los artículos 4 (funciones), 5 (composición), 7 (vicepresidente), 8 (secretaría) y 9 (vocales), una disposición derogatoria única y una disposición final. Este decreto se configura como una norma necesaria y oportuna, ya que la modificación del Decreto 15/2018, de 25 de enero, constituye un requisito para poder adaptar la  composición y funciones del Observatorio a la nueva organización de los departamentos y/o consellerías de la Xunta de Galicia derivada del Decreto 88/2018, de 26 de septiembre.

Entrada en vigor: el 5 de junio de 2019

Enlace web: Decreto 49/2019, de 2 de mayo, por el que se modifica el Decreto 15/2018, de 25 de enero, por el que se crea y se regula el Observatorio Autonómico de los Ríos de Galicia