7 mayo 2021

Actualidad

Actualidad al día. Cataluña. Parc Natural de la Serra del Collserola

Cataluña aprueba el Plan Especial de protección del medio natural y del paisaje del Parc Natural de la Serra de Collserola (Acuerdo Gov/48/2021, de 6 de abril)

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña Núm. 8383 de 9 de abril de 2021

Palabras clave: Espacio Natural Protegido. Biodiversidad. Red Natura 2000. Plan especial protección del medio natural y paisaje

Resumen:

La Ley 12/1985, de 13 de junio, de espacios naturales, tiene como objetivos proteger, conservar, gestionar y, si procede, restaurar y mejorar la diversidad genética, la riqueza y la productividad de los espacios naturales de Cataluña, y al mismo tiempo determina que la consecución de estos objetivos tiene que ser compatible con el desarrollo y la utilización de los recursos naturales y ambientales, en el marco de la protección del medio y de la ordenación racional y equilibrada del territorio.

La concreción de estos objetivos en los espacios naturales se lleva a cabo mediante la formulación de los planes de protección del medio natural y del paisaje que tienen como objetivo la protección, la ordenación y la gestión de los espacios naturales.

El marco jurídico de la Serra de Collserola se inició con el Plan especial de ordenación y de protección del medio natural de la Serra de Collserola, aprobado el 1 de octubre de 1987. En el Decreto 328/1992, de 14 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de espacios de interés natural, se incluyó parte de la Sierra en el espacio denominado Serra de Collserola; y mediante el Acuerdo GOV/112/2006, de 5 de septiembre, por el que se designan zonas de especial protección para las aves (ZEPA) y se aprueba la propuesta de lugares de importancia comunitaria (LIC), se incluyó la Serra de Collserola como LIC, con el código ES5110024.

En el Decreto 146/2010, de 19 de octubre, de declaración del Parc Natural de la Serra de Collserola y de las reservas naturales parciales de la Fuente Groga y de la Rierada-Can Balasc, se declaró el Parc Natural de la Serra de Collserola. En su artículo 7 se establece que la ordenación y la planificación del uso y la gestión de este Parque Natural se tiene que llevar a cabo mediante el Plan especial de protección del medio natural y del paisaje que prevé el artículo 5 de la Ley 12/1985, de 13 de junio, en concordancia con el artículo 8.5 del Decreto 328/1992, de 14 de diciembre, y con el artículo 67 del Texto refundido de la Ley de Urbanismo; y en el artículo 8 se regula la tramitación y las determinaciones que tiene que incluir.

El 1 de octubre de 2014, las personas titulares del Departamento de Agricultura, Ganadería. Pesca, Alimentación y Medio natural, del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, del Área Metropolitana de Barcelona, del Consorcio del Parc Natural de la Serra de Collserola, firmaron el Convenio interadministrativo de colaboración para la formulación, redacción y tramitación del Plan especial de protección del medio natural y del paisaje del Parc Natural de la Serra de Collserola (PEPNat) y de la Modificación Puntual del Plan General Metropolitano de Barcelona (PGM) de acompañamiento al Plan especial.

El 28 de mayo de 2015 el Servicio de Planes y Programas de la Dirección General de Políticas Ambientales del Departamento de Territorio y Sostenibilidad emitió el documento de alcance del Plan especial de protección del medio natural y del paisaje del Parc Natural de la Serra de Collserola.

De acuerdo con la disposición transitoria segunda de la Ley 12/1985, añadida por el artículo 205.16 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas administrativas, los planes especiales de protección del medio natural y del paisaje en trámite en el momento de la entrada en vigor de esta disposición transitoria quedan sujetos a la regulación que establecía la Ley de espacios naturales hasta la fecha mencionada.

El artículo 5 de la Ley 12/1985, aplicable por razones temporales, dispone que los planes especiales para la protección del medio natural y del paisaje se formulan y tramitan de acuerdo con lo que establece la legislación urbanística; y que pueden ser formulados y tramitados por las entidades locales con competencias urbanísticas, las cuales tienen que pedir los informes al Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, además de los otros que son preceptivos, y al Consejo de Protección de la Naturaleza cuando se trata de planes especiales que afectan al territorio de más de un municipio.

Por todo lo anterior se acuerda aprobar definitivamente el Plan especial de protección del medio natural y del paisaje del Parc Natural de la Serra de Collserola.

Enlace web: ACUERDO GOV/48/2021, de 6 de abril, por el que se aprueba el Plan especial de protección del medio natural y del paisaje del Parc Natural de la Serra de Collserola.