Reglamento (UE) 2025/2083 del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de octubre de 2025 por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/956 en lo que respecta a la simplificación y el refuerzo del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono
Autora: Sara García García, Profesora Ayudante Doctor de la Universidad de Valladolid
Palabras clave: Emisiones. Mercancías. Mecanismos de Ajuste en Frontera. Importaciones.
Resumen:
El objeto del presente Reglamento 2025/2083 es actualizar el régimen del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono aprobado mediante el Reglamento 2023/956. El fin de estos Mecanismos es, en gran medida, satisfacer algunas de las grandes deficiencias actuales de la política climática de la Unión: y es que, las emisiones de gases de efecto invernadero implícitas en las importaciones a la Unión han seguido aumentando, mientras lo hacen también los requisitos y restricciones impuestos sobre los productores europeos; esto socava los esfuerzos de los ciudadanos de la Unión por reducir su huella de emisiones en el mundo y, al mismo tiempo, la competitividad de sus empresas y producciones. Para intentar paliar esas diferencias y extender la política climática europea allende sus fronteras, una de las iniciativas de la Unión fue la creación de
Real Decreto 899/2025, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 244, de 10 de octubre de 2025
Palabras clave: Carreteras. Corredores de carretera. Ordenación del territorio. Informes sectoriales. Planificación. Plan estratégico de las carreteras del Estado. Proyectos. Programas. Evaluación ambiental de infraestructuras viarias. Zona de influencia de las carreteras.
Resumen:
La Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, ha supuesto un importante cambio en la normativa reguladora de la materia, con profundas consecuencias en todos los órdenes. El presente reglamento contribuye a afianzar la seguridad jurídica, definiendo con precisión conceptos que emplea esta Ley y concretando el alcance de alguno de sus preceptos. En cuanto a su estructura, sigue básicamente la misma disposición sistemática y ordenación de materias de la ley que desarrolla. Incluye tanto aquellos extremos susceptibles de desarrollo porque imperativamente así venía impuesto, como aquellos otros que, sin previsión de desarrollo específica, se ha considerado oportuno abordar, toda vez que abren oportunidades y ventajas para la gestión general de las carreteras que han de
Ley 5/2025, de 30 de septiembre, de volcanes de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN núm. 202, de 13 de octubre
Palabras clave: Volcanes. Daños. Población. Actividades. Economía. Sociedad. Medio ambiente. Medidas. Participación ciudadana. Urbanismo. Vivienda. Registro. Interés público. Plan de vigilancia del riesgo volcánico.
Resumen:
Las Islas Canarias son de origen volcánico y su formación comenzó al menos hace veinte millones de años. En la actualidad, ese vulcanismo sigue activo y en pleno siglo XXI puede afirmarse que la lava sigue modelando el relieve y la orografía del archipiélago.
La última de las erupciones fue del volcán Tajogaite, que se inició el 19 de septiembre de 2021 y finalizó el 13 de diciembre del mismo año, en la isla de La Palma. Es el último de la crónica geológica del archipiélago canario y superó en daños a los causados por los acontecimientos vulcanológicos en las Islas Canarias durante los siglos XIX, XX y XXI, en buena medida por haber afectado a una zona poblada en la que se venía desarrollando una importante actividad económica.
Los efectos adversos derivados del
Decreto 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL n. 171, de 5 de septiembre de 2025
Palabras clave: Montes. Planificación. Ordenación. Gestión forestal. Instrucciones Generales. Inventarios. Responsabilidades. Certificación forestal.
Resumen:
La ordenación forestal tiene como finalidad planificar la gestión de los montes, para cumplir los objetivos de conservación, mejora y protección de los ecosistemas forestales, su rendimiento sostenido y la obtención global máxima de utilidades directas e indirectas. La ordenación se plasma en documentos técnicos que sintetizan la organización en el tiempo y el espacio de la utilización sostenible de los recursos forestales, maderables y no maderables, en un monte determinado o en un conjunto de ellos.
En el ámbito europeo, la Nueva Estrategia de la UE en favor de los Bosques para 2030 asume que los planes de ordenación forestal son primordiales para que pueda producirse una equilibrada prestación de numerosos bienes y servicios, y que constituyen una piedra angular tanto de la estrategia sobre la biodiversidad como de la financiación del
Directiva (UE) 2025/1892 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de septiembre de 2025 por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos
Autora: Sara García García, Profesora Ayudante Doctor de la Universidad de Valladolid.
Palabras clave: Residuos. Jerarquía. Economía circular. Sector textil. Sector alimentario.
Resumen:
La Unión Europea modifica la Directiva de residuos para actualizar parte de su contenido a la situación actual y previsiones del Pacto Verde Europeo, pero, sobre todo, para incorporar medidas específicas sobre dos sectores económicos muy concretos: el alimentario y el textil.
El desperdicio alimentario y los efectos negativos derivados de los residuos de alimentos son objeto de una de las batallas tradicionales contra las que lucha la Unión Europea; son muchos los instrumentos, especialmente los derivados del Pacto Verde, los que pretender reducir incluso a la mitad los residuos de alimentos atajándolos en todos los tramos de la cadena: desde el productor hasta el consumidor.
Más novedosa es la inclusión específica y reforzada del sector textil y su fast fashion, a la que hace referencia la propia Directiva. En este sentido, para la nueva Directiva de residuos «son necesarios cambios significativos para alejarse de la forma lineal en la
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