Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Décima), de 6 de marzo de 2025: valoración de la información proporcionada por terceros para determinar la necesidad de someter a EIA un proyecto cuando no pueda excluirse la existencia de dudas razonables sobre las repercusiones significativas sobre el medio ambiente de dicho proyecto. Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente y Directiva 92/43, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres
Autora: Mª del Carmen de Guerrero Manso, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza. Grupo de investigación ADESTER (S22_23R)
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Décima, asunto C‑41/24, ECLI:EU:C:2025:140
Palabras clave: Medio ambiente. Evaluación impacto ambiental. Proyecto de urbanización. Zona especial conservación. Protección rigurosa de especies. Información presentada por un tercero. Dudas razonables.
Resumen:
En Ballincolling (Irlanda) se pretendía llevar a cabo un proyecto estratégico para la construcción de 123 viviendas. Con vistas a su autorización, el promotor realizó un informe de evaluación de impacto ambiental conforme a la Directiva 2011/92, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a
Sentencia del Tribunal de Justicia, de 25 de abril de 2024 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 2000/60, marco de actuación en el ámbito de la política de aguas (arts. 4.1, letra a; 5 y anexo II; 8 y anexo V; y 11)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia. Grupo de investigación Legambiental (GIUV2013-142)
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Segunda, asunto C‑301/22, ECLI:EU:C:2024:347
Palabras clave: Aguas. Lagos. Masa de agua superficial. Caracterización y clasificación. Proyectos. Deterioro.
Resumen:
El Tribunal Superior de Irlanda suspendió el proceso que fiscalizaba sobre la legalidad de la autorización concedida por la Agencia de Ordenación del Territorio para la ejecución de un proyecto de captación de agua dulce en un pequeño lago privado (0,083 km2) situado en la isla de Gorumna y planteó varias cuestiones al Tribunal de Justicia sobre la interpretación de la Directiva 2000/60, marco del agua. El litigio trae causa de la anulación inicial de la autorización del citado Proyecto a instancias de un particular (Sr. Sweetman) y de la posible reapertura del caso debido a la emisión de un informe
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta), de 23 de noviembre de 2023, por la que se resuelve la cuestión prejudicial en relación con la interpretación del artículo 4, apartado 1, letra e) y 2, letra a), de la Directiva 2003/4/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, relativa al acceso del público a la información medioambiental
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa. Catedrático de Derecho administrativo de la Universidad de Navarra
Fuente: Asunto C‑84/22
Palabras clave: Derecho a la información ambiental. Excepciones. Comunicaciones internas. Procedimientos de las autoridades públicas. Cosa juzgada.
Resumen: La cuestión prejudicial se plantea en el seno de un litigio entre Right to Know, una organización irlandesa sin ánimo de lucro, y el Primer Ministro irlandés en relación con una solicitud dirigida al Gobierno irlandés el 8 de marzo de 2016, por la que se solicitaba el acceso a todos los documentos relativos a las deliberaciones del Consejo de Ministros sobre las emisiones de gases de efecto invernadero de Irlanda mantenidas en reuniones celebradas entre 2002 y 2016 (en lo sucesivo, «solicitud de acceso a la información medioambiental de 8 de
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 6 julio de 2023 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 92/43, de conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (arts. 12 y 16)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia. Grupo de investigación LEGAMBIENTAL
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Séptima, asunto C‑166/22, ECLI:EU:C:2023:545
Palabras clave: Natura 2000. Actuaciones humanas. Procedimiento de excepción. Integración procedimental. Participación del público
Resumen:
El Tribunal Superior de Irlanda suspendió el proceso que fiscalizaba, a instancias de una asociación ambiental, sobre la legalidad de la autorización de un Proyecto ( entre otros aspectos, consistía en la construcción de dos edificios y conversión de un bosque de coníferas en un bosque de árboles caducifolios) y planteó varias cuestiones al Tribunal de Justicia sobre la interpretación del Derecho aplicable al caso (Directivas de hábitats y de evaluación de impacto ambiental de 2011 así como el Convenio de Aarhus).
El litigio trae causa de la autorización del citado Proyecto por la Agencia de Ordenación del Territorio, promovido por el Consejo de
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 15 junio de 2023 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 92/43, de conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (art. 6.3)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia. Grupo de investigación LEGAMBIENTAL
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala segunda, asunto C‑721/21, ECLI:EU:C:2023:477
Palabras clave: Natura 2000. Evaluación adecuada. Proyecto de urbanización. Exoneración. Motivación
Resumen:
El Tribunal Supremo de Irlanda suspendió el proceso que fiscalizaba sobre la legalidad de la autorización de un proyecto de urbanización (320 viviendas) próximo a dos lugares protegidos Natura 2000 y planteó varias cuestiones al Tribunal de Justicia sobre la interpretación del Derecho europeo aplicable.
El litigio trae causa de la decisión de la Agencia de Ordenación del Territorio que consideró innecesario someter el citado Proyecto a las evaluaciones ambientales previas establecidas en el Derecho de la Unión Europea, esto es, la evaluación de impacto ambiental regulada en la Directiva EIA/2011 y la “evaluación adecuada” prevista en la Directiva de hábitats, pese a que varias asociaciones ambientales (entre ellas,
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