Especies amenazadas:
WOLF, Rainer. “Der Schutz des Wolfs im Lichte des europäischen Gemeinschaftsrechts”. Natur und recht, vol. 36, n. 7, julio 2014, pp. 463-470
Evaluaciones ambientales:
MACKEY, Katherine V. “Reforming “The Blob”: Why California’s Latest Approach to Amending CEQA Is a Bad Idea”. Columbia Journal of Environmental Law, vol. 39, n. 2, septiembre 2014, pp. 357-388, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.columbiaenvironmentallaw.org/articles/reforming-the-blob-why-california-s-latest-approach-to-amending-ceqa-is-a-bad-idea [Fecha de último acceso 28 de noviembre de 2014].
Evaluación de impacto ambiental ( EIA ):
BECKMANN, Martin. “Umweltverträglichkeitsprüfung in der praktischen Anwendung”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 10, 2014
ERBGUTH, Wilfried. “Ziel, Konzeption und Entwicklungslinien der Umweltverträglichkeitsprüfung”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 10, 2014
KLINGER, Remo. “Umweltverträglichkeitsprüfung und Rechtsschutz”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 10, 2014
PHILIPP-GERLACH, Ursula; LUKAS, Andreas. “Die UVP-Vorprüfung in der Rechtsprechung und Praxis”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 10, 2014
SANGENSTEDT, Christof. “Die Reform der UVP-Richtlinie 2014: Herausforderungen für das deutsche Recht”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 10, 2014
Fiscalidad ambiental:
FERNÁNDEZ DE BUJÁN Y ARRANZ, Antonio. “La reforma del sistema tributario español: impuestos especiales y medioambientales”. Quincena fiscal, n. 18, 2014, pp. 85-102
Fractura hidráulica:
ENGELHARDT, Mark. “Rechtliche Betrachtungen zum “Fracking” ”. Natur und recht, vol. 36, n. 8, agosto
Se aprueba el Plan de Gestión de Residuos Industriales de Castilla-La Mancha 2014-2020
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 112/2014, de 13/11/2014, por el que se aprueba el Plan de Gestión de Residuos Industriales de Castilla-La Mancha 2014-2020. (DOCM núm. 224, de 19 de noviembre de 2014)
Temas Clave: Residuos; Planificación; Lodos de depuradoras
Resumen:
El Plan se basa en los principios de evitar, en lo posible, la generación de los residuos, el de jerarquía en la gestión de los residuos, el de evitar los gases efecto invernadero en atención al cambio climático, el de I+D y el de quien contamina paga.
Así mismo, teniendo en cuenta que el Plan de Gestión de Lodos Producidos en las Estaciones Depuradoras de Castilla-La Mancha finalizó en 2012, aunque este tipo de residuos no está catalogado como un residuo industrial, se considera oportuno tratarlos de manera específica dentro del Plan de Residuos Industriales, en aras de una simplificación de los Planes.
La finalidad del Plan, es promover una política adecuada en la gestión de los residuos industriales en Castilla-La Mancha, disminuyendo su generación e impulsando un correcto
La Comunidad Autónoma de Aragón aprueba los Planes Rectores de Uso y Gestión del Parque Natural de Los Valles Occidentales, del Parque Natural de Posets-Maladeta y del Parque Natural del Moncayo
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente:
-Decreto 167/2014, de 21 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Los Valles Occidentales. (BOA núm. 215, de 3 de noviembre de 2014)
-Decreto 168/2014, de 21 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Posets-Maladeta. (BOA núm. 215, de 3 de noviembre de 2014)
Decreto 177/2014, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Moncayo. (BOA núm. 225, de 17 de noviembre de 2014)
Temas Clave: Planificación; Parque Natural; Patrimonio Natural; Biodiversidad
Resumen:
Los citados Decretos tienen como objeto la aprobación de los Planes Rectores de Uso y Gestión de tres Parques Naturales, como instrumentos básicos de planificación de la gestión de los mismos,
Se aprueba el Plan Territorial Sectorial Agroforestal de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 177/2014, de 16 de septiembre, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial Sectorial Agroforestal de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (BOPV núm. 198, de 17 de octubre)
Temas Clave: Ordenación del territorio; Sector agroforestal; Planificación; Desarrollo rural
Resumen:
El PTS Agroforestal es un instrumento de ordenación territorial que, por un lado, sugiere y canaliza actividades encaminadas a la planificación y gestión de los usos agroforestales, acogiéndolas en un marco de planeamiento global del territorio, y, por otro, defiende los intereses del sector agroforestal frente a otro tipo de usos. Todo ello de acuerdo con el objetivo establecido en el artículo 12 de la Ley 17/2008 de Política Agraria y Alimentaria de promover un uso continuado y adecuado del suelo agrario ligado a la actividad agraria y acorde con las demandas de la sociedad.
Entre sus objetivos destacamos la definición y protección de la tierra agraria, y especialmente el suelo de alto valor agrológico, como recurso imprescindible para una equilibrada actividad agroforestal.
Se aprueba el Plan Marítimo Nacional de respuesta ante la contaminación del medio marino
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Orden FOM/1793/2014, de 22 de septiembre, por la que se aprueba el Plan Marítimo Nacional de respuesta ante la contaminación del medio marino. (BOE núm. 241, de 4 de octubre de 2014)
Temas Clave: Contaminación marina; Planificación
Resumen:
Se aprueba el Plan Marítimo Nacional a que se refiere el apartado 1.a) del artículo 3 del Sistema Nacional de Respuesta ante un suceso de contaminación marina, aprobado por Real Decreto 1695/2012, de 21 de diciembre, y se establecen las estructuras de respuesta, los procedimientos operativos y los medios materiales y humanos precisos para dar respuesta a cualquier suceso de contaminación marina, así como todos los demás aspectos que deben integrar su contenido mínimo.
El Plan será de aplicación a:
-Todo suceso de contaminación marina que se produzca en aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción.
-Las actuaciones que se realicen en las aguas de Estados limítrofes, con sujeción a lo que puedan disponer los convenios internaciones bilaterales o los protocolos operativos de
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