Real Decreto 150/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueban los planes de ordenación del espacio marítimo de las cinco demarcaciones marinas españolas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOE n. 54, de 4 de marzo de 2023)
Palabras clave: Planificación. Espacio marítimo. Cartografía. Usos y actividades.
Resumen:
El Real Decreto 363/2017, de 8 de abril, ordena la aprobación de cinco planes de ordenación del espacio marítimo, uno para cada una de las demarcaciones marinas españolas. Estos planes deben servir para garantizar la sostenibilidad de las actividades humanas en el mar, y al mismo tiempo, facilitar el desarrollo de los sectores marítimos, y la consecución de los objetivos que dichos sectores se han fijado, con especial atención a aquellos objetivos establecidos para cumplir los compromisos del Pacto Verde Europeo, el Acuerdo de París, la Estrategia de adaptación al cambio climático de la Unión Europea (UE) y la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030, entre otros.
Los planes de ordenación del espacio marítimo
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se declaran las zonas sensibles en las cuencas intercomunitarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOE n. 58, de 9 de marzo)
Palabras clave: Aguas residuales urbanas. Vertido. Zonas sensibles. Tratamiento. Cuencas hidrográficas. Aglomeraciones urbanas. Registro.
Resumen:
La Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, establece una serie de medidas con la finalidad de garantizar que dichas aguas sean tratadas correctamente antes de su vertido. Las «zonas sensibles» se definen según los criterios establecidos en el anexo II de la Directiva.
Siguiendo lo previsto en la Directiva, el ordenamiento español dispone que los vertidos de aguas residuales procedentes de aglomeraciones urbanas con carga superior a los 10.000 habitantes-equivalentes que se produzcan sobre las «zonas sensibles» o sus áreas de captación deben someterse a un tratamiento más riguroso que el secundario.
Conforme a lo previsto en el artículo 7.3 del Real Decreto-ley
Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOE n. 44, de 21 de febrero de 2023)
Palabras clave: Agenda 2030. Acuerdo de parís. Sostenibilidad ambiental. Cambio climático. Biodiversidad. Políticas públicas. Transición energética. Economía circular. Ciudades sostenibles. Fondo Español de Desarrollo Sostenible. Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Resumen:
Comentamos esta norma por su conexión con la Agenda 2030 y sus 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (en lo sucesivo, ODS).
La cooperación para el desarrollo se configura como política de Estado, basada en una concepción abierta y solidaria de la ciudadanía y de la sociedad internacional para responder colectivamente a los retos globales. A su vez, se inscribe en la redefinición de las relaciones exteriores de la España democrática con Iberoamérica y en el marco de Naciones Unidas y de la Unión Europea.
El mundo es hoy un lugar más globalizado e interconectado, pero también más inestable, con mayores riesgos compartidos y
Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOE n. 35, de 10 de febrero de 2023)
Palabras clave: Planes hidrológicos. Dominio Público Hidráulico. Aguas. Calidad ambiental. Programa de medidas. Parte normativa. Publicidad.
Resumen:
Los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas deben revisarse sexenalmente de conformidad con la disposición adicional undécima del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. Ello determina que los planes revisados mediante el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, deban ser nuevamente actualizados para su aplicación en el periodo 2022-2027.
Los contenidos exigibles a estos planes hidrológicos se detallan en el artículo 42 del texto refundido de la Ley de Aguas, cuyo apartado 1 recoge los
Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOE n. 9, de 11 de enero de 2023)
Palabras clave: Agua de consumo. Salud. Medio ambiente. Principio de precaución. Contaminación. Derecho al agua. Saneamiento. Suministro. Distribución. Criterios técnicos. Evaluación y gestión del riesgo. Agua de grifo. Administración local. Plan Sanitario del Agua. Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo. Empresa alimentaria.
Resumen:
El texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, establece en su disposición final cuarta que, a propuesta de los Ministros para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sanidad y Consumo, el Gobierno regulará los requisitos básicos de calidad de las aguas de consumo, incluyendo las medidas de protección de las captaciones, con la finalidad de garantizar la protección de la salud.
La Comisión Europea aprobó el 16 de diciembre de 2020
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