Ley del Principado de Asturias 1/2014, de 14 de abril del Impuesto sobre las Afecciones Ambientales del Uso del Agua. (BOPA núm. 92, de 22 de abril de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Aguas; Fiscalidad ambiental; Uso racional y eficiente
Resumen:
Los cambios habidos en el Principado de Asturias relacionados con los usos del agua y las afecciones generadas sobre el medio ambiente han aconsejado revisar la tributación del agua en este territorio. Por ello, al amparo de lo dispuesto en la disposición final quinta de la Ley del Principado de Asturias 3/2012, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2013, se ha aprobado la presente Ley, que define el nuevo tributo como un impuesto de marcado carácter extrafiscal que tiene como finalidad incentivar el uso racional y eficiente del agua y obtener recursos con los que preservar, proteger, mejorar y restaurar el medio hídrico.
El uso racional y eficiente se potencia en la ley a través de distintos mecanismos: fijando una cuota variable más elevada a partir