Decreto 3/2022 de 28 de febrero, por el que se regula el régimen jurídico i funcionamiento de la Comissión de Medio Ambiente de las Illes Balears i se desarrolla el procedimiento de evaluación ambiental
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB n. 31, de 1 de marzo de 2022
Palabras Clave: Organización administrativa. Órgano ambiental. Competencias. Evaluaciones ambientales.
Resumen:
A raíz de la derogación de la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares por el Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, y para mejorar algunas cuestiones de competencias, composición y régimen de funcionamiento, se considera necesario adaptar la organización, procedimiento y funcionamiento de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares (CMAIB). Asimismo, en el marco del procedimiento establecido en la legislación básica estatal y con las particularidades previstas en el Texto refundido, se introduce un desarrollo de la tramitación de las evaluaciones ambientales.
La CMAIB es un órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares con independencia funcional, adscrito a la consejería competente en materia de medio ambiente, y
Orden de 23 de febrero de 2022, por la que se regula el contenido y la periodicidad de los Informes de Situación del suelo en la Comunidad Autónoma de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN n. 47, de 8 de marzo de 2022
Palabras Clave: Suelos contaminados.
Resumen:
La presente Orden tiene por objeto la regulación del contenido y periodicidad de los Informes de Situación del suelo a que se refiere el artículo 5 del Decreto 147/2007, de 24 de mayo, por el que se regula el régimen jurídico de los suelos contaminados en la Comunidad Autónoma de Canarias, con el fin de contar con la información que se considere necesaria conocer para evaluar adecuadamente la posible contaminación del suelo.
El IS habrá de recoger, al menos, el siguiente contenido:
a) Número de referencia del expediente correspondiente a la última resolución de toma de conocimiento de la situación del suelo emitida.
b) Descripción del estado en que se encuentran las redes de saneamiento, de drenaje y de tuberías subterráneas, de existir estas en la instalación, la pavimentación y los depósitos, de
Decreto-Ley 1/2022, de 2 de marzo, de medidas urgentes de mejora de la calidad en la contratación pública para la reactivación económica
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de Extremadura número 45, de fecha 7 de marzo de 2022
Palabras clave: Pandemia. Simplificación administrativa.
Resumen:
En un marco de crisis pandémica y ecológica, se aprueba este Decreto sobre medidas de tipo urgente con el que se pretende promover e impulsar la actividad económica. En concreto, a lo que afecta a las cuestiones más de tipo ambiental, el decreto-ley se estructura en nueve artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y cinco disposiciones finales.
En el primero de sus artículos establece los objetivos del Decreto que no es otro que mejorar la calidad de vida y la eficiencia de la contratación pública en sectores estratégicos.
En los artículos tres y cuatro, se incluyen disposiciones relativas a la ponderación del precio en relación con el resto de aspectos a contemplar en los contratos de obras y servicios.
Con este tipo de contratos, se quiere apostar más sobre el valor de
Orden de 17 de febrero de 2022, por la que se regulan los niveles genéricos de referencia para los metales pesados aplicables a las actividades potencialmente contaminantes del suelo en la Comunidad Autónoma de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN n. 42, de 1 de marzo de 2022
Palabras Clave: Residuos. Suelos contaminados. Metales pesados.
Resumen:
La presente Orden tiene por objeto establecer los niveles genéricos de referencia para los metales pesados aplicables a las actividades potencialmente contaminantes del suelo en la Comunidad Autónoma de Canarias, con el fin de contar con la información necesaria para evaluar adecuadamente la posible contaminación del suelo por tales elementos, niveles que se recogen en las tablas que se incluyen en el anexo de esta norma.
Se han establecido distintos niveles de concentración considerados como genéricos y que suponen los límites en el suelo que se traducen en un riesgo admisible. Los valores calculados son únicos, aplicables a cualquier uso del suelo y permiten realizar la evaluación tanto para la protección de la salud humana como la de los ecosistemas.
Para cada metal seleccionado,
Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOCM n. 40, de 28 de febrero de 2022
Palabras Clave: Aguas. Abastecimiento. Saneamiento. Depuración. Infraestructuras hidráulicas. Planificación. Usuarios. Financiación. Fiscalidad. Canon.
Resumen:
El 28 de julio de 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció explícitamente el derecho humano al agua y al saneamiento, reafirmando que un agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos. El antecedente legislativo en esta comunidad autónoma, en materia de aguas, es la Ley 12/2002, de 27 de junio, Reguladora del Ciclo Integral del Agua de Castilla-La Mancha.
Es objeto de la nueva ley el establecimiento del marco normativo que rija la política de abastecimiento de agua, de saneamiento y de depuración de las aguas residuales en Castilla-La Mancha, así como la ordenación de las infraestructuras correspondientes en cuanto a su planificación, ejecución, gestión y financiación.
“1. El abastecimiento de agua comprende en su fase primaria o «en alta» las actuaciones en materia de regulación, captación,
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