Conservación del urogallo y del quebrantahuesos
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, de aprobación de la “Estrategia para la conservación del urogallo Tetrao urogallus en España” y la “Estrategia para la conservación del quebrantahuesos Gypaetus barbatus en España y Portugal”. (BOE n. 83, de 5 de abril de 2025)
Palabras clave: Biodiversidad. Estrategias. Especies. Catálogo Español de Especies Amenazadas. Objetivos. Indicadores.
Resumen:
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, y las comunidades autónomas han elaborado las presentes Estrategias, en el seno del Comité de Flora y Fauna Silvestres de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad. Además, se ha contado con la contribución de técnicos y asesores externos a las administraciones, de acuerdo con la Resolución de 27 de octubre de 2011. La estrategia también ha sido informada por el Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la
Real Decreto 315/2025, de 15 de abril, por el que se establecen normas de desarrollo de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición, para el fomento de una alimentación saludable y sostenible en centros educativos
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 92, de 16 de abril de 2025
Palabras clave: Alimentación. Centros educativos. Productos ecológicos. Agua. Residuos. Envases monodosis. Consumo de proximidad. Contratación pública.
Resumen:
Este real decreto tiene por objeto el establecimiento de las medidas que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición, deben adoptarse en el ámbito escolar para garantizar una alimentación saludable y sostenible. En particular, se establecen los criterios mínimos de calidad nutricional y sostenibilidad que deben observarse en la contratación de los servicios y suministros relacionados con la oferta de alimentos y bebidas en los centros educativos, así como los requisitos aplicables a la programación de los menús escolares.
El Capítulo II regula los criterios nutricionales y de sostenibilidad para la contratación, adquisición
Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 80, de 2 de abril de 2025
Palabras clave: Alimentos. Agricultura. Producción. Consumo. Desperdicio. Concienciación social. Huella de carbono. Objetivos de Desarrollo Sostenible. Venta al por menor. Residuos alimentarios. Producción primaria. Transformación. Fabricación. Distribución. Restauración. Política agraria común. Prevención. Hogares. Donación de alimentos. Colaboración interadministrativa. Contratos del Sector Público.
Resumen:
Una de las primeras manifestaciones externas del desarrollo socioeconómico de las naciones es la abundancia de alimentos. El mundo desarrollado produce hoy alimentos en cantidad y calidad suficiente para la mayoría de su población, permitiendo un reparto adecuado y a un precio razonable. Y a pesar de estos avances, aún hoy para millones de personas en todo el mundo el hambre es una amenaza real y una desdicha cotidiana.
Las pérdidas y el desperdicio de alimentos son señal de un funcionamiento ineficiente de los sistemas alimentarios y de una falta de concienciación social. Solamente entre las fases de la postcosecha y la venta minorista se pierde hasta el 14
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 14 de marzo de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: María Azucena Recio González)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ GAL 2172/2025 – ECLI:ES: TSJGAL: 2025:2172
Palabras clave: Espacios naturales protegidos. Plan de Ordenación de los Recursos Naturales. Plan Rector de Uso y Gestión. Tramitación procedimental. Informes. Información pública. Audiencia de los interesados. Plan Director de la Red Natura 2000 2000. Zonificación. Coordinación. Cartografía. Memoria económica.
Resumen:
En este caso, el Concello de Pontedeume interpone recurso contencioso administrativo contra la desestimación del requerimiento previo que presentó contra el Decreto 21/2023, de 2 de marzo de 2023, por el que se modifica el Decreto 211/1996, de 2 de mayo, que aprueba el Plan de ordenación de los recursos naturales del espacio natural de las Fragas do Eume y por el que se aprueba el Plan rector de uso y gestión del mismo.
Es parte demandada la Consellería de medio ambiente, territorio e vivenda.
Con carácter previo, la sentencia pone de relieve los siguientes antecedentes:
-Este espacio fue declarado parque natural das
MOVES III
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025. (BOE n. 79, de 1 de abril de 2025)
Palabras clave: Movilidad eléctrica. Incentivos y ayudas.
Resumen:
Mediante este real decreto-ley, se regula el Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025. El programa se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en los términos que prevé el artículo 5 de este real decreto-ley. El período de vigencia de este programa se extiende desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.
Este programa está dotado con un presupuesto de cuatrocientos millones de euros que se financiará con
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