13 septiembre 2021

CC.AA. Legislación al día País Vasco

Legislación al día. País Vasco. Agenda 2030. Organismos

Decreto 166/2021, de 6 de julio, de creación y regulación del Foro Multiagente de Transición Social y Agenda 2030 en Euskadi

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Boletín Oficial del País Vasco número 149, de fecha 27 de julio de 2021

Palabras clave: Agenda 2030. Desarrollo sostenible. Naciones Unidas.

Resumen:

El 25 de septiembre de 2015, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la «Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible». Un Plan de Acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que también tiene la intención de fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia.

La Agenda plantea 17 Objetivos con 169 metas de carácter integrado e indivisible que abarcan las esferas económica, social y ambiental.

Posteriormente, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible -Hábitat III- (Quito, octubre de 2016), se aprobó la «Declaración de Quito sobre Ciudades y Asentamientos Humanos Sostenibles para Todos»., en la que se define la Nueva Agenda

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10 septiembre 2021

Actualidad

Actualidad al día. Comunidad Valenciana. Aves. Tendidos eléctricos

La Consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, aprueba la Resolución por la que se amplían las zonas de protección de la avifauna contra la colisión y electrocución

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana número 9138, de fecha 29 de julio de 2021.

Palabras Clave: Electrocución avifauna. Zonas de protección avifauna. Colisión avifauna.

Resumen:

La electrocución y la colisión en líneas eléctricas es una de las principales causas de mortalidad no natural de aves en España. Las aves rapaces son especialmente sensibles a este problema, algunas de estas aves están amenazadas, como el águila-azor perdicera (Aquila fasciata) o el águila pescadora (Pandion haleatus), especies catalogadas como vulnerables en la Comunitat Valenciana por el Decreto 32/2004, de 27 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazadas, y se establecen categorías y normas para su protección.

Para reducir este problema se aprobó el Real decreto 1.432/2008, de

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8 septiembre 2021

CC.AA. Comunidad Valenciana Legislación al día

Legislación al día. Comunidad Valenciana. Ordenación del territorio. Urbanismo. Paisaje

Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana número 9129, de fecha 16 de julio de 2021.

Palabras clave: Paisaje. Ordenación territorio. Urbanismo.

Resumen:

El artículo 49.1. 9º del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana atribuye competencia exclusiva a la Generalitat en materia de ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda. Este decreto legislativo cumple la previsión recogida en la disposición final primera de la Ley 9/2019, de 23 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat que habilita y autoriza, al Consell para que apruebe, mediante decreto legislativo «un texto refundido que consolide e integre en un texto único, debidamente regularizado, aclarado, armonizado y de acuerdo con las normas de lenguaje inclusivo, las modificaciones incorporadas desde su entrada en vigor en la Ley 5/2014, de 25 de

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29 julio 2021

Actualidad

Actualidad al día. Murcia. Pesca. Cabo Tiñoso

Murcia regula la pesca marítima profesional en el ámbito de la Reserva Marina de Interés Pesquero de Cabo Tiñoso. (Orden de 15 de junio de 2021)

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BORM número 144, de fecha 25 de junio de 2021

Palabras clave: Reserva Marina. Pesca profesional. Biodiversidad marina.

Resumen:

Por Decreto n.º 81/2016, de 27 de julio, (BORM n.º 176 de 30 de julio) fue declarada la Reserva Marina de Interés Pesquero de Cabo Tiñoso, contribuyendo así a la conservación y regeneración de los recursos pesqueros y en general a la protección de los ecosistemas marinos.

Entre los usos regulados en esta reserva marina se encuentra el ejercicio de la pesca profesional. El artículo 3 del decreto se refiere al mismo prohibiéndolo dentro del ámbito de la Célula B o área de reserva integral. En el resto de la reserva sólo se podrá practicar la pesca marítima profesional en la modalidad de artes menores, con artes de pesca expresamente autorizados, y a barcos que formen parte del

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28 julio 2021

CC.AA. Legislación al día Región de Murcia

Legislación al día. Murcia. Registro, régimen de colaboración y formación de los Guardas de Caza

Decreto n.º 123/2021, de 17 de junio, del Consejo de Gobierno, sobre registro, régimen de colaboración y formación de los Guardas de Caza de la Región de Murcia

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BORM número 142, de fecha 23 de junio de 2021

Palabras clave: Caza. Guardas caza. Formación.

Resumen:

En ejercicio de las competencias que el artículo 10. Uno. apartado 9 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia sobre la caza y pesca fluvial y protección de los ecosistemas en los que se desarrollan dichas actividades, así como el artículo 11.3 sobre el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de protección del medio ambiente y normas adicionales de protección, se dictó la Ley 7/1995, de 21 de abril, de la Fauna Silvestre, Caza y Pesca Fluvial cuyo artículo 92, bajo el título, “Guardería privada” establecía que todo coto de caza deportivo o privado de más de 500 hectáreas dispondrá de un servicio de vigilancia a cargo de su titular.

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