10 septiembre 2021

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Actualidad al día. España. Plan Nacional de Depuración, Saneamiento, Eficiencia, Ahorro y Reutilización

Se aprueba el Plan Nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Orden TED/801/2021, de 14 de julio, por la que se aprueba el Plan Nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización (BOE núm. 178, de 27 de julio de 2021)

Palabras clave: Aguas. Planificación. Gobernanza. Saneamiento. Reutilización. Planes hidrológicos. Evaluación ambiental estratégica.

El Plan DSEAR es un instrumento de gobernanza en el ámbito de la Administración pública del agua, mediante el que se establece un análisis crítico respecto a las dificultades con que dicha Administración se enfrenta en los sectores de la depuración, el saneamiento y la reutilización del agua residual en España, identifica además la problemática detectada sobre estos temas y desarrolla propuestas de mejora realistas y pragmáticas para su superación. Con ello se pretende reaccionar y dar solución a los diversos problemas que han condicionado el limitado avance observado en la materialización de los programas de medidas que acompañan a los planes hidrológicos de segundo ciclo (2015-2021) en el ámbito de las citadas materias, al objeto de que estos problemas no vuelvan a reproducirse con los próximos planes hidrológicos de tercer ciclo (2022-2027).

El Plan revisa las estrategias y actuaciones que definen la política del agua en estas materias, buscando alinearlas con las políticas comunitarias relacionadas con el Pacto Verde Europeo, y las nacionales de la transición ecológica y el reto demográfico.

En paralelo, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el Plan DSEAR ha sido objeto de una evaluación ambiental estratégica ordinaria. Como resultado de la misma se publicó en el BOE de 18 de junio de 2021 la declaración ambiental estratégica. Este documento establece las determinaciones ambientales que permiten mejorar la integración en el Plan de dichos aspectos ambientales.

Se trae a colación la existencia de varios procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea (CE) contra el Reino de España, e incluso sentencias condenatorias, algunas de las cuales obligan al pago de sanciones económicas de importancia. Los últimos datos notificados por España a la Comisión Europea ponen de manifiesto que más de 500 aglomeraciones urbanas españolas todavía no alcanzan su conformidad con la Directiva 91/271/CEE, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas. Este conjunto implica a 10,7 millones de habitantes equivalentes (hab-eq), y supone el incumplimiento de más del 25% de las aglomeraciones urbanas mayores de 2.000 hab-eq constituidas en España.

En otro orden, cualquier persona podrá consultar el contenido íntegro del Plan a través de la página electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en el apartado dedicado a Planificación Hidrológica dentro de la sección «Agua».

En el anejo de la Orden se prevén los requisitos adicionales de publicidad de la adopción del Plan DSEAR (art. 26 de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental): I. Introducción. II. Resultado de la integración en la propuesta final del Plan DSEAR de los aspectos ambientales y del estudio ambiental estratégico. III. Procedimiento seguido para la toma en consideración en el plan DSEAR del estudio ambiental estratégico, de los resultados de la información pública y de las consultas, incluyendo en su caso las consultas transfronterizas y la declaración ambiental estratégica, así como, en su caso, las discrepancias que se hayan producido a lo largo del proceso de planificación. IV. Motivos determinantes de la elección de la alternativa seleccionada, en relación con las alternativas consideradas. V. Medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del plan o programa.

Enlace web: Orden TED/801/2021, de 14 de julio, por la que se aprueba el Plan Nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización.