10 septiembre 2021

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La Consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, aprueba la Resolución por la que se amplían las zonas de protección de la avifauna contra la colisión y electrocución

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana número 9138, de fecha 29 de julio de 2021.

Palabras Clave: Electrocución avifauna. Zonas de protección avifauna. Colisión avifauna.

Resumen:

La electrocución y la colisión en líneas eléctricas es una de las principales causas de mortalidad no natural de aves en España. Las aves rapaces son especialmente sensibles a este problema, algunas de estas aves están amenazadas, como el águila-azor perdicera (Aquila fasciata) o el águila pescadora (Pandion haleatus), especies catalogadas como vulnerables en la Comunitat Valenciana por el Decreto 32/2004, de 27 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazadas, y se establecen categorías y normas para su protección.

Para reducir este problema se aprobó el Real decreto 1.432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Este real decreto establecía como ámbito de aplicación las líneas eléctricas áreas de alta tensión ubicadas en zonas de protección. El artículo 4 definía las zonas de protección como las zonas declaradas como zona de especial protección para las aves (ZEPA), los ámbitos de los planes de recuperación y conservación elaborados por las comunidades autónomas para las especies de aves incluidas en los catálogos de especies amenazadas nacional y/o autonómico y las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de las especies de aves incluidas en estos catálogos, cuando dichas áreas no estén incluidas en las anteriores.

Estas áreas prioritarias debían ser designadas, previo informe de la Comisión Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, por resolución motivada y publicada en el diario oficial, por la comunidad autónoma.

En cumplimiento del artículo 4.2 de este Real Decreto la conselleria competente en materia de medio ambiente publicó en el DOGV la Resolución de 15 de octubre de 2010 por la que se establecieron las zonas de protección de la avifauna contra la colisión y electrocución y se ordenaron medidas para la reducción de la mortalidad de aves en líneas eléctricas de alta tensión en la Comunitat Valenciana. Para la delimitación de estas áreas la Dirección General de Gestión del Medio Natural realizó en 2009 el estudio Identificación de las áreas prioritarias para la protección contra la colisión y electrocución de la avifauna en la Comunidad Valenciana. En dicho trabajo se recopiló la información existente sobre electrocución de aves rapaces en la Comunitat, junto a la información disponible sobre áreas de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de aves.

Desde entonces se mantiene un registro actualizado de electrocuciones de fauna salvaje, principalmente a partir de datos de ingresos en los Centros de Recuperación de Fauna de la Comunidad Valenciana, así como de prospecciones específicas o comunicaciones directas por parte de agentes medioambientales y empresas de distribución eléctrica, disponiendo hoy en día de cerca de 5.000 registros de electrocuciones en apoyos y 500 de colisiones con líneas. Desde entonces también se ha avanzado en el conocimiento del uso del hábitat de algunas de las especies de aves rapaces que son sensibles a esta amenaza, como es el caso del águila perdicera y otras especies protegidas de las que se hace un seguimiento reproductor anual de toda la Comunitat y de uso del espacio en casos concretos. Por tanto, la información disponible hoy en día es mucho más robusta que en 2009, y además se ha comprobado que un porcentaje muy elevado de electrocuciones se está produciendo fuera de las zonas de protección designadas. Por ello, en 2019 la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental encargó un nuevo estudio para revisar dichas zonas.

Considerando los resultados obtenidos en tal estudio, y la experiencia ganada en los trámites administrativos orientados a corregir apoyos y líneas causantes de mortalidad por parte de los titulares de dichas infraestructuras, a propuesta de la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental, y visto el certificado favorable de la Comisión Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad de fecha 28 de abril de 2021, resuelvo:

rimero. Zonas de protección

1. A los efectos previstos en el Real decreto 1.432/2008, de 29 de agosto, se designan como zonas de protección con el fin de reducir los riesgos de electrocución y colisión para la avifauna, las siguientes:

a) Las zonas de especial protección para las aves, designadas por el Consell, en aplicación de la Directiva de aves.

b) Los ámbitos de aplicación de los planes de recuperación, planes de conservación y planes de acción aprobados para especies de aves amenazadas.

c) Las áreas prioritarias definidas en el anexo I (las declaradas en 2010 y la presente ampliación).

2. Quedan excluidas de estas zonas de protección las áreas urbanas y las zonas industriales.

Segundo. Inventario de líneas peligrosas para la avifauna

La dirección general competente en la materia de protección de la biodiversidad actualizará a esta ampliación de las áreas prioritarias, en el plazo de un año a partir de la fecha de publicación de estas zonas de protección, la Resolución de 28 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental, por la que se publica el inventario de las líneas eléctricas, ubicadas en zonas de protección, que no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en el Real decreto 1432/2008.

Tercero. Recopilación y comunicación de la información

La dirección general competente en la materia de protección de la biodiversidad mantendrá un registro actualizado de los casos de electrocución o colisión de aves, con indicación de la especie, la ubicación, la fecha y la titularidad de la línea. Los titulares de las líneas comunicarán a dicha dirección general cualquier incidencia registrada relacionada con las aves. Además, se mantendrá un registro de todas las correcciones de líneas de las que se tenga constancia.

Entrada en vigor: El 29 de julio de 2021.

Enlace web: RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2021, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se amplían las zonas de protección de la avifauna contra la colisión y electrocución.