Madrid aprueba la Orden 3195/2022 de 28 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2022 las subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, para la protección de la avifauna, financiadas con cargo a fondos Next generation de la Unión Europea
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Comunidad de Madrid número 168, con fecha 6 de octubre de 2022.
Palabras clave: Avifauna. Electrocución. Adaptación. Tendidos eléctricos.
Resumen:
La muerte por electrocución o colisión en tendidos eléctricos es una de las principales causas de mortalidad para la avifauna. Según datos del MITECO, entre 18.000 y 33.000 aves rapaces mueren todos los años en España debido a estas causas.
Estas medidas correctoras están incluidas en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, dentro del Componente n.o 4: “Conservación y restauración de ecosistemas marinos y terrestres y su biodiversidad”, Inversión 2: “Conservación
Decreto 129/2022, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: BOA núm. 179, de 14 de septiembre de 2022
Palabras clave: Biodiversidad. Especies amenazadas. Fauna. Protección de especies
Resumen:
A través de esta norma se crea y regula el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, en el que además queda integrado el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, estableciendo un régimen de protección y evaluación periódica del estado de conservación de las especies en él incluidas.
A este respecto, la administración autonómica hace uso de las posibilidades reconocidas en la estatal Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, relativas a que las Comunidades Autónomas, en sus respectivos ámbitos territoriales, establezcan listados de especies silvestres en régimen de protección especial, determinando las prohibiciones y actuaciones suplementarias que se consideren necesarias para su preservación -artículo 56.4 de la
Resolución de 5 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, de aprobación de la «Estrategia para la conservación y gestión del lobo Canis lupus y su convivencia con las actividades del medio rural»
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 196, de 16 de agosto de 2022
Palabras clave: Lobo. Planificación. Gestión. Conservación. Ganadería. Presupuestos.
Resumen:
La Conferencia Sectorial de Medio Ambiente es el órgano consultivo y de colaboración entre la Administración General del Estado y las administraciones de las Comunidades Autónomas para la coordinación de sus políticas y actuaciones medioambientales. El MITECO y las CCAA han elaborado esta estrategia en el seno del Comité de Flora y Fauna Silvestres de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad. En el marco de sus respectivas competencias, han considerado necesario disponer de una nueva Estrategia que actualice la vigente desde 2005 y proponga las líneas prioritarias de actuación acorde con los cambios acontecidos en el estatus legal de la especie en el
Sentencia 92/2022, de 13 de julio de 2022, del pleno del Tribunal Constitucional (Ponente: Pedro José González-Trevijano Sánchez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial del Estado, de 15 de agosto de 2022, n. 195
Palabras clave: Actividad cinegética. Listado Especies en Régimen Protección Especial. Normativa básica. Competencias.
Resumen:
El presente recurso fue promovido por el presidente del Gobierno contra la Ley 4/2021, de 1 de julio, de caza y gestión sostenible de los recursos cinegéticos de Castilla y León, que establece a las poblaciones españolas de lobo situadas al norte del río Duero como especies cinegéticas susceptibles de caza. Se trata del art. 38, apartados 2 a) y 8; el anexo I.3, inciso «Lobo (Canis lupus): al norte del río Duero»; el anexo II.4 f), y el anexo IV.2, inciso «Lobo (Canis lupus). 6000 euros ambos sexos», de la Ley 4/2021.
El fundamento del recurso es la posible infracción de la normativa básica sobre medio ambiente y, con ello, la invasión de la competencia del Estado para fijar las bases de dicha materia ex art. 149.1.23 CE. Básicamente, al permitir la
Orden de 29 de junio de 2022 por la que se aprueba el Plan de Recuperación de la Cigüeña Negra (Ciconia nigra) en Extremadura
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Extremadura, n. 133, de 12 de julio de 2022
Palabras clave: Biodiversidad. Especies amenazadas. Plan de Recuperación. Peligro de extinción.
Resumen:
La población ibérica de cigüeña negra fue estimada entre 1995 y 2002 en 405-483 parejas (322-387 en España). Según SEO/BirdLife, en España en 2017 la población de cigüeña negra era de 351 parejas seguras y 24 probables, con un total de 375 territorios ocupados.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, que incluye a la cigüeña negra (Ciconia nigra) en la categoría de especie “en peligro de extinción”, su catalogación como tal exige la redacción de un Plan de Recuperación, en el que se definirán las medidas necesarias para eliminar tal peligro de extinción. Conforme a lo dispuesto en el artículo 56.2 de la Ley 8/1998, de 26 de
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