Ley 6/2025, de 10 de diciembre, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN n. 243, de 12 de diciembre de 2025
Palabras clave: Turismo. Vivienda. Ordenación del territorio. Desarrollo sostenible. Medio ambiente. Urbanismo. Capacidad de carga. Valores culturales. Declaración responsable.
Resumen:
La proliferación de viviendas de uso turístico o vacacionales es un fenómeno generalizado a nivel global, especialmente significativo en toda Europa, y que responde a multitud de factores, entre los que destacan el auge de las plataformas de comercialización de alojamientos, la expansión y masificación del turismo propiamente urbano, el impulso a la libre prestación de servicios a través de la transposición del marco regulatorio de la Unión Europea, la difusión de los mecanismos de economía colaborativa, el crecimiento de la conectividad y la facilidad para los desplazamientos, a lo que debe añadirse para el archipiélago canario el atractivo de la bondad de su clima, su carácter turístico no estacional y la consiguiente rentabilidad de la actividad, etc.
En el caso de las islas Canarias, los datos son concluyentes. Entre noviembre de 2022
Decreto 180/2025, de 1 de diciembre, por el que se regula la prevención y extinción de incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN n. 243, de 9 de diciembre de 2025
Palabras clave: Incendios forestales. Prevención. Autorizaciones. Quemas. Líneas eléctricas. Investigación. Zonas de alto riesgo de incendio. Planificación. Extinción de incendios. Zonas de interfaz. Restauración forestal.
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto establecer las medidas para la prevención y extinción, y medidas urgentes para la restauración de zonas afectadas por los incendios forestales e incendios en la interfaz urbano-forestal, que se puedan producir en la Comunidad Autónoma de Canarias. El artículo 2 nos brinda un amplio elenco de definiciones, entre las que se incluyen “gran incendio forestal”, “incendio interfaz” e “incendio forestal.
En función del riesgo de que se produzcan incendios forestales, se fijan distintas épocas de peligro. Con independencia de estas épocas, los órganos competentes en atención de emergencias por incendios forestales, podrán establecer las fases preventivas contempladas en los correspondientes planes de protección civil de emergencias por incendios forestales.
El Capítulo II
Ley 3/2025, de 12 de diciembre, de Agentes Medioambientales de Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA n. 243, de 18 de diciembre de 2025
Palabras clave: Agentes medioambientales. Agentes de la autoridad. Custodia. Vigilancia. Inspección. Patrimonio natural. Organización.
Resumen:
Tras más de veinte años desde la creación de la especialidad, la aprobación de la Ley estatal 4/2024, de 8 de noviembre, establece un régimen jurídico para los Agentes Forestales y Medioambientales independientemente de la Administración a la que se encuentren adscritos y cuya finalidad última reside en que estos agentes desempeñen de forma adecuada sus labores de policía, custodia y vigilancia de los bienes de naturaleza forestal y ambiental, como agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones.
Esta ley básica estatal establece que «los órganos de las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictarán las disposiciones necesarias para la adaptación de su normativa específica a lo dispuesto en esta ley en el plazo de un año desde su entrada en vigor». Por tanto, resulta necesario aprobar una norma con rango legal que establezca las condiciones
Ley 2/2025, de 12 de diciembre, de impulso y promoción de la producción ecológica y otras producciones agrarias, pesqueras y acuícolas certificadas en Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA n. 243, de 18 de diciembre de 2025
Palabras clave: Producción ecológica. Agricultura. Pesca. Acuicultura. Consumo de alimentos. Certificación. Canal HORECA. Comunicación. Participación. Formación. Contratación pública.
Resumen:
En la Unión Europea la producción ecológica está regulada por el Reglamento (UE) 2018/848, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo. Esta nueva legislación sobre producción ecológica se aplica desde el 1 de enero de 2022, y refleja la evolución de un sector en rápido crecimiento.
En Andalucía, la producción ecológica se encuentra en auge, siendo líderes tanto a nivel nacional como europeo. La superficie de esta producción diferenciada está en torno a los 1,5 millones de hectáreas, lo que supone aproximadamente el 30% de la superficie agraria de la comunidad autónoma.
No obstante, la evolución del consumo, con unos
Decreto 202/2025, de 26 de noviembre, por el que se establece el régimen de las garantías de restauración correspondientes a las actividades mineras en la Comunidad Autónoma de Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA n. 233, de 3 de diciembre de 2025
Palabras clave: Minería. Restauración. Garantías. Metodología. Sierra de Macael.
Resumen:
En el artículo 14.2 de la Directiva 2006/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, y en la Decisión 2009/335/CE de la Comisión, de 20 de abril de 2009, por la que se establecen las directrices técnicas para la constitución de la garantía financiera prevista en la Directiva 2006/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la gestión de los residuos de industrias extractivas, se establecen las directrices técnicas para la constitución de la garantía financiera.
En este contexto, y a fin de contar con una mayor seguridad jurídica, se considera necesario establecer los criterios para la determinación y constitución de garantías de restauración correspondientes a las explotaciones mineras en la Comunidad Autónoma de Andalucía, máxime tras la publicación por el Ministerio
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