Extremadura aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Reserva Natural de la “Garganta de los Infiernos”
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario Oficial de Extremadura número 134, de fecha 14 de julio de 2025
Palabras clave: Biodiversidad. Ordenación recursos naturales. Espacio natural protegido.
Resumen:
Este espacio se encuentra en pleno corazón del Valle del Jerte (Extremadura). Se trata de un espacio conocido por su importante biodiversidad y espacios moldeados por el río Jerte. Concretamente se ubica entre la Sierra de Tormantos hasta la ladera suroeste de la sierra de Gredos, con un paisaje de rocas de origen granítico. En este espacio se dan cita especies como el tejo, el acebo y el abedul, entre otras. De las especies de aves más destacadas está el mirlo acuático, el buitre leonado, el búho real, y especialmente las águilas reales. En mamíferos encontramos gatos monteses y jinetas y el amenazado desmán ibérico. Pero las especies más abundantes en la zona son la nutria y la cabra montesa.
La justificación por la que se aprueba el presente Plan de Ordenación se encuentra en la Ley 8/1998, de 26 de junio,
Galicia aprueba el Plan de Conservación del espacio natural de interés local Torre de Hércules
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario Oficial de Galicia número 125, de fecha 2 de julio de 2025
Palabras clave: Espacio natural protegido. Biodiversidad. Conservación. Recursos naturales. Fauna silvestre.
Resumen:
Los valores naturales más sobresalientes que justifican la declaración como espacio protegido son de tipo paisajístico y ecológico. A pesar de la pequeña extensión del área considerada, esta acoge una extraordinaria muestra de diversidad en el contexto del término municipal de A Coruña. Destacan especialmente los acantilados, con vegetación costera atlántica en los que sobresale la presencia de clavelina de mar, así como de amplias zonas de matorral con predominio de tojo y de distintas especies de brezo. La zona es muy apreciada por la ciudadanía coruñesa, así como por las personas visitantes, por ser el espacio natural más relevante de la ciudad para pasear y observar la naturaleza y el paisaje.
Según lo recogido en la disposición transitoria segunda de la Ley 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, la tramitación de las normas de gestión y conservación en espacios
Galicia sume las funciones y servicios traspasados por la Administración general del Estado en materia de ordenación y gestión del litoral
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC.
Fuente: Diario Oficial de Galicia número 124, de fecha 1 de julio de 2025.
Palabras clave: Traspaso competencias. Dominio público marítimo terrestre. Servidumbre tránsito. Ordenación litoral.
Resumen:
Galicia asumió oficialmente la gestión integral de su litoral a partir del 1 de julio de 2025, una competencia que hasta ahora dependía del Estado, marcando un hito histórico en el autogobierno gallego. Esta transferencia, formalizada tras un largo proceso judicial y la publicación del Real Decreto 394/2025, permite a la Xunta gestionar y otorgar autorizaciones sobre el dominio público marítimo-terrestre y las zonas de servidumbre de tránsito y acceso al mar, aunque el Estado conserva competencias estratégicas como la recaudación de cánones y el rescate de concesiones por interés general.
Este Real decreto 394/2025, de 13 de mayo, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de ordenación y gestión del litoral, se traspasan a la Comunidad Autónoma de Galicia funciones y servicios correspondientes al
La Generalitat Valenciana desarrolla y regula los procedimientos de sanidad y bienestar animal y se modifican varios decretos en materia de sanidad, bienestar, trazabilidad, identificación y registro de las explotaciones ganaderas
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Boletín Oficial de La Generalitat Valenciana, de 9 de junio de 2025, n. 10126
Palabras clave: Bienestar animal. Explotaciones ganaderas. Sanidad animal. Medio Ambiente.
Resumen:
El bienestar y la sanidad animal son demandados por la sociedad europea, los mercados y por consiguiente, precisan de un marco normativo que permita regular la actividad en este nuevo paradigma. El presente decreto se articula en ocho títulos con 66 artículos, 6 disposiciones adicionales, 2 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 5 disposiciones finales. En el título primero agrupa las disposiciones de carácter general con la definición precisa del objeto del Decreto y la regulación de los cauces de comunicación con la Administración y la protección de datos de carácter personal.
El título segundo regula las Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera. El título tercero regula aquellos aspectos relacionados con la sanidad animal, en concreto aquellos relacionados con los programas y la calificación sanitaria de las explotaciones y
Cataluña desarrolla medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales relativas a la actividad agrícola mediante la Orden ARP/83/2025, de 29 de mayo
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, 3 de junio de 2025, n. 9426
Palabras clave: Planificar. Prevención. Incendios forestales. Labores agrícolas. Cambio climático.
Resumen:
El abandono del medio rural y de manera concreta, las actividades agrícolas, supone un aumento significativo en las posibilidades de generar incendios forestales de gran consideración. La Ley 6/1988, de 30 de marzo, forestal de Cataluña, en el título III establece disposiciones y medidas para la conservación de los terrenos forestales y faculta al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación para planificar, coordinar y ejecutar las medidas y acciones que se realicen para la prevención de los incendios forestales en colaboración con los particulares.
Teniendo en cuenta dicha norma, el Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales, regula con carácter general las normas y prohibiciones necesarias para proteger los bosques y los terrenos forestales de Cataluña ante el elevado riesgo de incendio, que son aplicables
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