Cataluña propone la modificación de los LIC y ZEC del Macizo del Monstseny y Gallifa-Cingles de Bertí
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de Cataluña número 8579 de siete de enero de 2022
Temas Clave: Red Natura 2000. Lugar interés Comunitario. Zona Especial Conservación.
Resumen:
La Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril, relativa a la conservación de las aves silvestres, preveía la creación de zonas de especial protección para las aves que garantizaran la conservación de las aves incluidas en su anexo I. Esta Directiva fue derogada por la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre, relativa a la conservación de las aves silvestres, que está vigente actualmente.
La Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, prevé la creación de una red ecológica europea coherente de zonas especiales de conservación denominada Natura 2000. Esta red está formada por las zonas que cada Estado miembro proponga a la Comisión Europea, siempre que contengan hábitats o especies de interés