11 junio 2021

Actualidad

Actualidad al día. Asturias. Aves. Escalada

Asturias prohíbe la escalada para proteger a determinadas aves durante su época de cría y reproducción

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Resolución de 12 de abril de 2021, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, en orden de la protección del águila real (Aquila chrysaetos) al alimoche común (Neophron percnopterus), al halcón peregrino (Falco peregrinus) y al buitre leonado (Gyps fulvus) durante sus períodos de reproducción y crianza. (BOPA núm. 92, de 14 de mayo de 2021)

Palabras clave: Biodiversidad. Especies protegidas. Aves. Actividad recreativa.

Resumen:

El Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas incluye al alimoche común como especie “vulnerable” y al águila real, halcón peregrino y buitre leonado en el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial.

Con el fin de proteger al águila real (Aquila chrysaetos) al alimoche común (Neophron percnopterus), al halcón peregrino (Falco peregrinus) y al buitre leonado (Gyps fulvus)

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11 junio 2021

Actualidad

Actualidad al día. Galicia. Caza

Galicia aprueba la Resolución por la que se determinan las épocas hábiles de caza, las medidas de control por daños y los regímenes especiales por especies durante la temporada 2021/22

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Diario Oficial de Galicia. Número 84 de 5 de mayo de 2021

Palabras clave: Recursos cinegéticos. Control daños. Especies cinegéticas.

Resumen:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 148.1.11 de la Constitución, en virtud de lo establecido en el artículo 27.15 del Estatuto de autonomía de Galicia, esta comunidad autónoma tiene competencia exclusiva en materia de caza.

El 8 de enero de 2014 se publicó la Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia. Esta ley establece en su artículo 54 que, anualmente, una resolución de la persona titular de la dirección general competente en materia de caza determinará las épocas hábiles de caza y las medidas de control por daños, así como los regímenes especiales por especies.

El Decreto 42/2019, de 28 de marzo, por el

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4 junio 2021

Actualidad

Actualidad al día. España. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Se aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Resolución de 29 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE núm. 103, de 30 de abril de 2021)

Palabras clave: Financiación. Fondos europeos. Inversiones públicas. Planes nacionales. Clima. Transición ecológica. Digitalización. Cohesión territorial. Energía. Objetivos de Desarrollo Sostenible. Agenda Urbana.

Resumen:

El Consejo Europeo aprobó el 21 de junio de 2020 la creación del programa Next Generation EU, el mayor instrumento de estímulo económico jamás financiado por la Unión Europea, en respuesta a la crisis sin precedentes causada por el coronavirus. En este marco, se crea el Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia, instrumento que pone a disposición de los 27 Estados miembros apoyo a través de transferencias directas y préstamos para incrementar las inversiones públicas. Este mecanismo está dotado con 672.500 millones de euros, a través del

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4 junio 2021

Actualidad

Actualidad al día. Extremadura. Bien de Interés Cultural. Conjunto arqueológico “Casas del Turuñuelo”

Extremadura declara Bien de Interés Cultural el conjunto arqueológico de “Casas del Turuñuelo”, en el término municipal de Guareña (Badajoz), con la categoría de Zona Arqueológica. (Decreto 31/2021, de 28 de abril)

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Diario Oficial de Extremadura. Número 83 de 4 de mayo de 2021

Palabras clave: Bien de Interés Cultural. Zona Arqueológica. Patrimonio arqueológico.

Resumen:

El artículo 6.1. e) de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, al establecer la clasificación de los Bienes Inmuebles que pueden ser declarados de Interés Cultural, establece como Zona Arqueológica el “lugar donde existen bienes muebles o inmuebles susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, tanto si se encuentran en la superficie como si se encuentran en el subsuelo o bajo las aguas que discurran dentro del territorio de la Comunidad”.

Ha de significarse a tales efectos que podemos considerar que “Casas del Turuñuelo” es el edificio protohistórico construido en tierra mejor conservado del mediterráneo occidental, pues mantiene en pie sus dos plantas constructivas. Este excelente

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28 mayo 2021

Actualidad

Actualidad al día. Cataluña. Conaminación por nitratos. Zonas vulnerables

Cataluña aprueba la Orden para revisar las zonas las zonas vulnerables en relación con la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias y se aplican las medidas del programa de actuación en las zonas vulnerables

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña. Núm. 8386 de 14 de abril de 2021

Palabras clave: Zonas vulnerables. Nitratos. Contaminación. Saneamiento. Recursos hídricos.

Resumen:

El artículo 144 del Estatuto de autonomía de Cataluña establece que corresponde a la Generalidad la competencia compartida en materia de medio ambiente y la competencia para establecer normas adicionales de protección. Asimismo, de acuerdo con el artículo 117, le corresponde la competencia exclusiva en materia de aguas que pertenezcan a cuencas hidrográficas intracomunitarias, que incluye, en cualquier caso, la adopción de medidas e instrumentos específicos de gestión y protección de los recursos hídricos y de los ecosistemas acuáticos y terrestres vinculados al agua; y, en relación con las cuencas hidrográficas intercomunitarias, le corresponde, dentro de su ámbito territorial, la competencia ejecutiva sobre la

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