Resolución del Consejo de Ministros n.º 126-A/2025, de 28 de agosto, que delimita el ámbito territorial y temporal concretos de la aplicación de las medidas de apoyo y mitigación del impacto de los incendios rurales, en los términos del Decreto-Ley n.º 98-A/2025, de 24 de agosto
Autoras: Amparo Sereno y Paula de Castro Silveira. Profesoras en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) e investigadoras del Polo del ISCAL en el IJP.
Fuente: “Diário da República” (DR) 1.ª serie, Nº 165, de 28 de agosto de 2025
Palabras clave: Incendios rurales. Biodiversidad. Impactos ambientales. Reforestación. Bosques.
Resumen:
La Resolución del Consejo de Ministros n.º 126-A/2025, de 28 de agosto, tiene por finalidad delimitar el ámbito territorial y temporal concreto de aplicación de las medidas previstas en el “Decreto-Lei” n.º 98-A/2025, de 24 de agosto. Este instrumento normativo cumple con lo exigido en el n.º 2 del artículo 1.º del referido “decreto-lei”, identificando específicamente los “incendios rurales de elevada dimensión” en relación a los cuales deben activarse los mecanismos de apoyo y mitigación del “decreto-lei” antes citado y declara determinados incendios como catástrofe natural, a efectos del apartado 1 del artículo 12.º-B del Reglamento (UE) 2021/1057 del
«Decreto-Lei» n.º 98-A/2025, de 24 de agosto, que establece medidas de apoyo y mitigación del impacto de los incendios rurales
Autoras: Amparo Sereno y Paula de Castro Silveira. Profesoras en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) e investigadoras del Polo del ISCAL en el IJP.
Fuente: “Diário da República” (DR) 1.ª serie, Nº 161-A, de 24 de agosto de 2025
Palabras clave: Incendios rurales. Biodiversidad. Impactos ambientales. Reforestación. Bosques.
Resumen:
Este «Decreto-Lei» empieza por referir en su preámbulo que los incendios rurales son una realidad trágica que asola Portugal y que, sin perjuicio de las prioridades de la acción del Gobierno, que deben incidir, primordialmente, en la prevención, mitigación y represión de estos flagelos, también es necesario establecer medidas de apoyo y mitigación de su impacto en las personas y empresas afectadas tal como ya se hizo el año anterior (por medio del “Decreto-lei” n.º 59-A/2024, de 27 de septiembre, que estableció las medidas de apoyo a las poblaciones afectadas por los incendios de septiembre de 2024). Estos apoyos tienen por objeto la reconstrucción de viviendas, la reanudación de la actividad económica, la ayuda a los agricultores, la reparación de infraestructuras y equipamientos, la recuperación
Sentencia del Tribunal de Justicia, de 1 de agosto de 2025 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 2009/147, de conservación de las aves silvestres: las prohibiciones establecidas en el art. 5, letras a) b) y c) se proyectan sobre las talas (rasas o selectivas) de terrenos forestales en período de reproducción y cría de aves salvajes
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia. Grupo de investigación Legambiental (GIUV2013-142)
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Quinta, asunto C‑784/23, ECLI:EU:C:2025:609
Palabras clave: Aves silvestres. Daños. Reproducción y crianza. Prohibiciones. Tala de árboles. Principio de precaución.
Resumen:
El Tribunal Supremo de Estonia planteó varias cuestiones al Tribunal de Justicia sobre la interpretación de la Directiva 2009/147 (aves), tras suspender el proceso judicial que conocía en segunda instancia, a instancias de silvicultores autorizados para realizar talas en terrenos forestales, contra las órdenes de la Agencia de protección ambiental que sus-pendieron temporalmente dichas talas, durante el período de nidificación, por su eventual incidencia en varias especies de aves silvestres presentes en la zona.
El órgano jurisdiccional remitente tenía dudas sobre la interpretación de las prohibiciones que establece el art. 5, letras a, b y d, de
Actualización de la Estrategia Nacional de Lucha Contra la Desertificación
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Orden TED/776/2025, de 8 de julio, por la que se actualiza la Estrategia Nacional de Lucha Contra la Desertificación en los términos previstos en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y se aprueba su Plan de Implementación para el periodo comprendido entre 2025 y 2027. (BOE n. 175, de 22 de julio de 2025)
Palabras clave: Desertificación. Sequía. Estrategia. Programas. Planificación.
Resumen:
La desertificación es uno de los mayores problemas ambientales a escala global y fue uno de los primeros en ser reconocido en el ámbito internacional. La culminación de este reconocimiento fue la promulgación el 17 de junio de 1994 de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (en adelante, CNULD).
Más recientemente España, junto con Senegal, han liderado la puesta en marcha de la Alianza Global para la Resiliencia a la Sequía (IDRA, por sus siglas en inglés), cuya labor está en consonancia con el mandato de la Convención.
En esta línea, la Ley 43/2003, de 21
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 31 de marzo de 2025 (Sala de lo Contencioso, Sección 1ª. Ponente: Clara Penín Alegre)
Autora: María Pascual Núñez, Doctora en Derecho y Sociedad por la Universidad a Distancia de Madrid. Asesora y consultora jurídico-ambiental
Fuente: STSJ CANT 332/2025 – ECLI:ES:TSJCANT:2025:332
Palabras clave: Evaluación ambiental. Autorización ambiental. Energías renovables. Derecho ambiental.
Resumen:
El pronunciamiento que analizamos resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria contra la autorización para la instalación del parque eólico El Escudo en suelo no urbanizable de varios municipios.
La parte recurrente argumenta la falta de participación informada de los afectados, aludiendo al catálogo de Montes de Utilidad Pública (MUP) y su propiedad pública, así como a la autorización para una ocupación industrial de montes del Catálogo de Utilidad Pública (CUP). En concreto, menciona el interés de la Plataforma y la solicitud de información conforme al Convenio de Aarhus.
Alega igualmente la omisión del trámite de evaluación ambiental estratégica (EAE) previa, partiendo de la nulidad del concurso público para asignación de potencia eólica, según la Sentencia de 17-10-2012, rec. 139/2010 del TSJ de Cantabria, confirmada por el TS, rec. 108/2013. Añade
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