Sentencia del Tribunal de Justicia, de 23 de octubre de 2025 (cuestión prejudicial de interpretación) del Reglamento 1013/2006, relativo a los traslados de residuos: la letra c) del art. 24.2 exige a la autoridad competente valorizar o eliminar los residuos devueltos tras un traslado ilícito
Autor: Mario Martín García, Doctorando en Derecho de la Universidad de Valladolid
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Primera, asuntos acumulados C-221/24 y C-222/24, ECLI:EU:C:2025:818
Palabras clave: Reglamento relativo a los traslados de residuos. Residuos peligrosos. Salud humana. Traslado ilícito. Valorización.
Resumen:
El Tribunal de Apelación en Materia de Medio Ambiente y Suelo, con sede en Estocolmo, ha planteado varias cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia, centradas, principalmente, en el artículo 24.2 del Reglamento 1013/2006, de 14 de junio de 2006. Éstas han sido articuladas a través de dos peticiones distintas, derivadas de dos litigios en los que estaba involucrada la Agencia de Protección de Medio Ambiente sueca.
Ambos procesos versaban sobre cuestiones sustancialmente similares. La Agencia había tenido constancia de la existencia de un contenedor exportado desde Suecia a un Estado miembro (en un caso a Bélgica y en el otro a Alemania), en el que consideraba que había
Real Decreto 712/2025, de 26 de agosto, de neumáticos al final de su vida útil
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 206, de 27 de agosto de 2025
Palabras clave: Residuos. Neumáticos. Planificación. Gestión. Reutilización. Reciclaje. Valorización. Responsabilidad ampliada del productor. Información. Planes empresariales. Financiación.
Resumen:
Una vez aprobada la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se considera necesario llevar a cabo una completa revisión del texto del Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, con el fin de adecuarlo al nuevo marco legal, así como a las previsiones de la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018. Igualmente, se pretenden resolver las deficiencias o ambigüedades no corregidas mediante la última modificación, tales como la adaptación de los sistemas de responsabilidad ampliada de los productores al régimen previsto en el título IV de la citada ley, así como la regulación de las obligaciones de información y del régimen de garantías financieras aplicables a dichos sistemas.
El real decreto se estructura en cinco títulos,
Reglamento (UE) 2024/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de abril de 2024 relativo a los traslados de residuos, por el que se modifican los Reglamentos (UE) 1257/2013 y (UE) 2020/1056, y se deroga el Reglamento (CE) 1013/2006
Autora: Sara García García, Doctora en Derecho por la Universidad de Valladolid
Palabras clave: Residuos. Valorización. Economía circular. Información. Comunicación.
Resumen:
Una de las grandes cruzadas dirigidas desde el Pacto Verde Europeo va contra los residuos y pretende mejorar en lo posible su gestión, pues la ingente acumulación de residuos es uno de los problemas más importantes a los que se enfrenta actualmente la humanidad. En ese contexto, el presente Reglamento fue creado para actualizar el marco técnico-normativo de los traslados de residuos, incorporando en ellos los principios básicos de la economía circular ya presentes en el régimen general recogido por la Directiva Marco de residuos 2008/98. El resto de las previsiones refundidas por este Reglamento se sostienen sobre las obligaciones de notificación, información y autorización diseñadas al efecto sobre estos traslados desde 1989, año en que se firma el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación.
La economía circular
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala), de 21 de enero de 2025: Traslado de residuos generados a bordo de un buque tras una avería en alta mar. Concepto de “residuo generado a bordo de vehículos, trenes, aeronaves y buques”. Artículo 1, apartado 4 del Convenio de Basilea y artículo 1, apartado 3, letra b), del Reglamento nº 1013/2006
Autora: Mª del Carmen de Guerrero Manso, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza. Grupo de investigación ADESTER (S22_23R)
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Gran Sala, asunto C‑188/23, ECLI:EU:C:2025:26
Palabras clave: Medio ambiente. Residuo. Traslado de residuos. Descarga de residuos. Notificación y autorización previas por escrito. Alta mar. Convenio de Basilea.
Resumen:
El 14 de julio de 2012, durante un trayecto de Charleston (Estados Unidos) a Amberes (Bélgica), se declaró un incendio y se produjeron varias explosiones a bordo del buque Flaminia, propiedad de Conti 11. Container Schiffahrts-GmbH & Co. KG MS «MSC Flaminia» (en lo sucesivo, «Conti»), que transportaba 4 808 contenedores, de los que 151 contenían «mercancías peligrosas».
Tras controlar el incendio y previa obtención de la autorización necesaria, el buque se remolcó hacia aguas territoriales alemanas y Conti se comprometió
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 20 de noviembre de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Javier Oraa González)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 4816/2024 – ECLI:ES: TSJCL:2024:4816
Palabras clave: Autorización ambiental. Modificación sustancial. Cementera. Fraccionamiento de proyecto. Alternativas. Residuos. Valorización energética. Coincineración. Combustibles alternativos. Neumáticos fuera de uso. Combustión. Emisiones.
Resumen:
La Sala se pronuncia sobre el recurso contencioso administrativo formulado por la PLATAFORMA BIERZO AIRE LIMPIO contra la resolución de la Secretaría General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, de 2 de junio de 2020, que modificó la resolución de esa misma Secretaría General de 29 de julio de 2016 por la que se concedió autorización ambiental a la planta de fabricación de cemento y clinker ubicada en el término municipal de Toral de los Vados (León), titularidad de Cementos Cosmos, S.A., como consecuencia de la modificación sustancial nº 1 (en concreto se modificaron los Anexos I, III y IV de esta segunda resolución con objeto de actualizar la descripción
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