Sentencia del Tribunal de Justicia de 15 de marzo de 2018 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (art. 11, apartado 4) y el Convenio de Aarhus (art. 9, apartados 3 y 4) (regla de la “onerosidad no excesiva” de los recursos)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia, inmaculada.revuelta@uv.es
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), Asunto C-470/16, ECLI:EU:C:2018:185
Temas Clave: evaluación de impacto ambiental; Derecho de recurso; tutela judicial efectiva; recurso no excesivamente oneroso; Convenio de Aarhus
Resumen:
El Tribunal Superior de Irlanda solicitó al TJUE pronunciamiento sobre la exigencia que contienen la Directiva 2011/92 y el Convenio de Aarhus de que los procedimientos judiciales de impugnación de las decisiones en materia ambiental no sean excesivamente onerosos (regla de la “onerosidad no excesiva”, en palabras del abogado general). La petición trae causa del litigio que enfrenta a la Sra. Sheehy y una asociación ambiental que se oponen a un proyecto de interconexión de redes eléctricas entre Irlanda del Norte y la República de Irlanda (demandantes) con las Administraciones competentes para su aprobación
Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de marzo de 2018 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Eduardo Espín Templado)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 764/2018- ECLI: ES: TS: 2018:764
Temas Clave: Evaluación de impacto ambiental; declaración; impugnación
Resumen:
La Sentencia seleccionada resuelve el recurso de casación interpuesto por la Administración General del Estado y por la Compañía Transportista de Gas Canarias, S.A., contra la sentencia dictada por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 16 de marzo de 2015, por la que estima el recurso contencioso-administrativo número 390/2013, presentado por la Asociación Plataforma Ciudadana contra el Puerto Industrial de Granadilla. La Asociación es parte demandada en el recurso de casación.
El recurso contencioso-administrativo se había planteado contra la resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 4 de mayo de 2012, por la que se otorga a Compañía Transportista de Gas Canarias, S.A. autorización administrativa para la construcción de una planta de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado en el término municipal de Granadilla (Tenerife), así como contra la desestimación
Sentencia del Tribunal de Justicia de 28 de febrero de 2018 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (art. 4, apartados 2 y 3)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia, inmaculada.revuelta@uv.es
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Sexta), Asunto C-117/17, ECLI:EU:C:2018:129
Temas Clave: evaluación de impacto ambiental; omisión; proyectos del anexo II; regularización; biogás
Resumen:
El Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Las Marcas (Italia) solicitó al TJUE pronunciamiento en el litigio entre el Ayuntamiento de Castelbellino y la Región de Las Marcas por la autorización del incremento de potencia de una instalación de producción de electricidad con biogás, concedida de conformidad con la normativa regional sin haber analizado previamente si procedía someter dicho proyecto a evaluación de impacto ambiental. El Tribunal dudaba, en concreto, de la compatibilidad con el Derecho de la Unión Europea de la posterior convalidación de la citada autorización en aplicación de la nueva normativa estatal aprobada tras haber declarado el Tribunal Constitucional la normativa regional contraria al Derecho de la Unión.
El Tribunal de Justicia, siguiendo la doctrina
Sentencia de la Audiencia Nacional, de 13 de diciembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 8, Ponente: Juan Carlos Fernández de Aguirre Fernández)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: SAN 5282/2017 – ECLI: ES:AN:2017:5282
Temas Clave: Carreteras; Estudio de Impacto ambiental; Declaración de impacto ambiental; Integración; Propuestas alternativas
Resumen:
Conoce la Sala del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Plataforma de Afectados Pola A-57-Salvemos a Cachicabra, contra la Resolución del Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de 15 de diciembre de 2014 por la que se aprueba el expediente de información pública y de consultas y definitivamente el documento técnico Integración de la evaluación ambiental del proyecto Vilaboa-A Ermida. Autovía A-57, bajo la rúbrica “Justificación y objeto del Estudio de Impacto Ambiental”.
A raíz de la entrada en vigor de la Ley 21/2013, el Ministerio se decanta por dicha integración con objeto de someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, al encontrarse recogido en el grupo 6, proyectos de infraestructuras: a) carreteras: 1ª construcción de autopistas y autovías, del Anexo I, al que hace referencia en su
Sentencia del Tribunal Ambiental de Santiago, de 5 de enero de 2018
Autora: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Centro de Derecho Ambiental[1]
Fuente: Tribunal Ambiental de Santiago R-129-2016
Temas clave: Participación ciudadana; Invalidación; Acceso a la justicia
Resumen:
En reciente sentencia, el Tribunal Ambiental de Santiago rechaza recurso de invalidación del artículo 17 n°8 de la Ley 20.600 que crea los Tribunales Ambientales, presentados por el Monasterio de Carmelitas Descalzas del Amor Misericordioso, contra la Resolución Exenta N°1002 de 31 de agosto de 2016, del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, dictada en su calidad de secretario del Comité de Ministros, por la que se rechaza el recurso de reposición presentado en contra de la resolución que resuelve invalidación presentada contra la Resolución de Calificación Ambiental Favorable del proyecto. Cabe recordar que luego de la calificación desfavorable del proyecto por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana (Resolución Exenta N°435, 31 de julio de 2014), el titular de la empresa presentó recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, N°19.300, ante el Comité de Ministros, el cual lo acoge con
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