Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Séptima), de 20 de marzo de 2025: solicitud de acceso al contenido íntegro de un informe de equivalencia técnica entre sustancias activas contenidas en biocidas elaborado por la autoridad nacional competente frente al secreto comercial. Directiva 98/8/CE, relativa a la comercialización de biocidas (artículo 19), Reglamento (UE) n.º 528/2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (artículos 66 y 67) y Directiva 2003/4/CE, relativa al acceso del público a la información medioambiental (artículo 4.2)
Autora: Mª del Carmen de Guerrero Manso, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza. Grupo de investigación ADESTER (S22_23R)
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Séptima, asunto C‑809/23, ECLI:EU:C:2025:195
Palabras clave: Medio ambiente. Biocidas. Normas transitorias. Acceso a la información. Informe de equivalencia técnica. Secreto comercial. Información sobre emisiones en el medio ambiente.
Resumen:
Sumitomo Chemical Agro Europe SAS (Sumitomo) comercializa un biocida denominado «Vectobac», destinado a la lucha contra los mosquitos y cuya sustancia activa es el Bacillus thuringiensis israelensis, serotipo H14, cepa AM65‑52 (Bti‑AM65‑52).
El 30 de agosto de 2013, la Compagnie européenne de réalisations antiparasitaires SAS France (CERA) presentó a la Agencia Nacional de Seguridad Sanitaria
Actividades clasificadas:
CIUDAD VALLS, Iván. “Siniestralidad mortal en el buceo profesional en España (1989-2014)”. Ecoiuris: la página del medio ambiente, 2 junio 2015, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.ecoiurislapagina.com/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAO29B2AcSZYlJi9tynt_SvVK1-B0oQiAYBMk2JBAEOzBiM3mkuwdaUcjKasqgcplVmVdZhZAzO2dvPfee–999577733ujudTif33_8_XGZkAWz2zkrayZ4hgKrIHz9-fB8_IorZ7LOnb3bo2dvbe_Dpzi-8zOumqJaf7e3s3t-5v7OPD4rz66fV9M31Kv_sPCub_BcusrbN68-eFc00K_Wv3yu__uyL4zenr86O_x-b3QVfVQAAAA==WKE [Fecha de último acceso 9 de junio de 2015].
GONZÁLEZ PELLICER, José Manuel. “Fundación de micro-estados flotantes en alta mar: el proyecto «Seasteading»”. Ecoiuris: la página del medio ambiente, 8 junio 2015, pp. 1-15
Actividades marítimas:
FORNARI, Matteo. “Transito e protezione dell’ambiente marino negli stretti utilizzati per la navigazione internazionale”. Rivista giuridica dell’ ambiente, vol. 29, n. 6, noviembre-diciembre 2014, pp. 697-725
GONZÁLEZ PELLICER, José Manuel. “Fundación de micro-estados flotantes en alta mar: el proyecto «Seasteading»”. Diario La Ley, n. 8553, 2015
Agricultura:
BENOZZO, Matteo M. “La bonifica dei siti inquinati nella determinazione delle soglie di contaminazione tra uso effettivo e destinazione urbanistica delle aree: il caso dei terreni agricoli”. Rivista giuridica dell’ ambiente, vol. 29, n. 6, noviembre-diciembre 2014, pp. 643-683
Aguas:
CAÑEZ COTA, Antonio. “La gestión integrada de recursos hídricos en la política federal del agua: propuesta para la nueva Ley General de Aguas en México”. Gestión y análisis de políticas públicas, n. 13, enero- junio 2015, pp. 1-15, [en línea]. Disponible en Internet: http://revistasonline.inap.es/index.php?journal=GAPP&page=article&op=view&path[]=10232 [Fecha de
Acceso a la justicia:
NAIN GILL, Gitanjali. “The National Green Tribunal of India: A Sustainable Future through the Principles of International Environmental Law”. Environmental Law Review, vol. 16, n. 3, julio 2014, pp. 183-202, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.vathek.org/doi/abs/10.1350/enlr.2014.16.3.217[Fecha de último acceso 27 de febrero de 2015].
Actividades clasificadas:
“Cap sur l’autorisation unique ICPE: tour d’horizon de la réforme”. Droit de l’Environnement, n. 228, noviembre 2014, pp. 45-49
Agricultura:
PEREIRA DA CUNHA, Belinda; MAMEDE, Alex Jordan; BARROS, Clarissa de. “A proteçao do bem jurídico e responsabilidade socioambiental na queima da palha da cana-de-açúcar”. Revista internacional de direito ambiental, n. 7, enero-abril 2014, pp. 77-88
Aguas:
BEK, Mateusz; HJALMARSSON, Johanna. “Flood Re – Planning for the Future or Postponing the Inevitable?”. Environmental Law Review, vol. 16, n. 3, julio 2014, pp. 163-167, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.vathek.org/doi/abs/10.1350/enlr.2014.16.3.215[Fecha de último acceso 27 de febrero de 2015].
CARLI, Ana Alice De. “Educaçao ambiental: pressuposto necessário à implementaçao da Política Nacional dos Recursos Hídricos”. Revista internacional de direito ambiental, n. 6, septiembre- diciembre 2013, pp. 31-50
GAWEL, Erik. “Kostendeckung für Wasserdienstleistungen nach Art. 9 WRRL: Kommission unterliegt, erhält aber Einladung zu neuerlicher Klage”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 11, 2014
Reglamento (UE) núm. 528/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (DOUE L167/1, de 27 de junio de 2012)
Temas Clave: Biocidas; Uso y Comercialización
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Resumen:
El objetivo del Reglamento es mejorar la libre circulación de biocidas dentro de la Unión y asegurar un elevado nivel de protección de la salud humana y animal y del medio ambiente. Fundamentándose en el principio de cautela, para garantizar que la producción y comercialización de sustancias activas y biocidas en el mercado no tenga efectos nocivos en la salud humana o animal, ni efectos inaceptables en el medio ambiente.
Directiva 2012/14/UE de la Comisión, de 8 de mayo de 2012, Directiva 2012/15/UE de la Comisión, de 8 de mayo de 2012 y Directiva 2012/16/UE de la Comisión de 10 de mayo de 2012, por las que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que se incluya como sustancias activas en su anexo I el extracto de margosa, la metilnonilcetona y el ácido clorhídrico como sustancias activas (DOUEL 123/39 de 9 de mayo; 123/36, de 9 de mayo y 124/36 de 11 de mayo de 2012, respectivamente)
Temas Clave: Biocidas; Sustancias Activas
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Resumen:
El Reglamento (CE) núm.1451/2007 de la Comisión, de 4 de diciembre de 2007, relativo a la segunda fase del programa de trabajo de diez años contemplado en el artículo 16, apartado 2, de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la comercialización de biocidas, establece una lista de sustancias activas que deben evaluarse con vistas a su posible inclusión en los anexos I, IA o IB de la Directiva 98/8/CE.
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