Ley 7/2011, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2012. (BOR núm. 166, de 28 de diciembre. Corrección de errores BOR núm. 167, de 30 de diciembre de 2011)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Política ambiental; Fiscalidad ambiental
Resumen:
La presente Ley recoge un conjunto de medidas de naturaleza tributaria fundamentalmente, así como otras de carácter administrativo y de organización, con el objetivo de hacer efectiva la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
La norma está estructurada en 3 Títulos (Medidas tributarias, medidas en materia de personal al servicio de la Comunidad y medidas administrativas), y dada su amplia extensión, analizaremos solamente aquellas modificaciones relevantes desde el punto de vista ambiental.
En relación a las medidas fiscales contempladas en el Título I, las modificaciones relevantes desde el punto de vista ambiental son las siguientes:
Decreto 13/2011, de 4 de marzo, por el que se regula el funcionamiento del Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR núm. 32, de 9 de marzo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Agricultura; Alimentación; Industria; Registros
Resumen:
A tenor de las diferentes normativas publicadas hasta la fecha en la Comunidad Autónoma de la Rioja destinadas a regular los registros obligatorios de las industrias agrarias y alimentaria así como el funcionamiento de cada uno de ellos, el presente Decreto se dicta con la finalidad de unificar todos ellos, creando y regulando así el Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias de La Rioja (RIAR), así como el Subregistro de éste, de Embotelladores/Envasadores.
Con un total de trece artículos, una Disposición Adicional Única, una Disposición Derogatoria, una Disposición Final y un Anexo, y sin perjuicio de la importancia del desarrollo reglamentario del Decreto para precisar cuestiones procedimentales de la norma, el presente Decreto contiene cuestiones generales relativas al procedimiento de inscripción en el RIAR (artículo 5), a la renovación de la inscripción registral (artículo 6), al
Decreto 25/2010, de 30 de abril, de modificación de diversos decretos para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el Mercado Interior. (BOR núm. 55, de 7 de mayo DE 2010)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT (Legislación al día: Castilla y León, Jurisprudencia del TSJ de Castilla y León)
Resumen:
El presente Decreto, responde a la obligación que establece la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el Mercado Interior, de incorporación de sus preceptos al derecho interno de los Estados miembros, modificando diversas disposiciones de carácter general con rango de Decreto en la Comunidad Autónoma de La Rioja, en las materias de Hacienda, Sanidad, Juventud e Industria.
En concreto, para la adaptación de la normativa autonómica a la Directiva comunitaria, se modifican disposiciones en materia de juegos y apuestas: Catálogo de Juegos y Apuestas de la Comunidad Autónoma de La Rioja aprobado por Decreto 4/2001, de 26 de enero y
Decreto 75/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 2/2006 de 28 de febrero, de Pesca de La Rioja. (BOR nº 128, de 16 de octubre de 2009)
Mediante el Decreto 75/2009 la Comunidad Autónoma de la Rioja aprueba el texto definitivo del Reglamento de desarrollo de la Ley 2/2006 de 28 de febrero, de Pesca de la Rioja, en ejercicio de la habilitación contenida en la disposición final primera de la citada norma.
La nueva normativa, al igual que la legislación de la que parte, tiene como finalidad proteger, conservar, fomentar y aprovechar ordenadamente los recursos de pesca existentes en los cursos y masas de agua de la Comunidad Autónoma, haciéndolo compatible con el mantenimiento de un estado de conservación favorable de las especies. Asimismo, regula el ejercicio de la pesca y protege los ecosistemas acuáticos en cuanto son indispensables para el mantenimiento de la pesca.
Decreto 20/2009, de 3 de abril, por el que se regula el procedimiento administrativo de evaluación de planes y programas (BOR 15 de abril de 2009).
Cumpliendo con lo dispuesto en el art. 12 de la Ley 5/2002 de Protección del Medio Ambiente (BOR de 12 de octubre de 2002) , el Gobierno de la Rioja ha regulado el procedimiento al que deberán someterse los planes y programas elaborados por la Administración autonómica y por las entidades locales que pertenezcan a su ámbito territorial.
El nuevo reglamento está compuesto por quince artículos que se estructuran en sendos Capítulos. En sede del primero se detalla el régimen general de la evaluación ambiental de planes y programas, mientras que en el segundo se desarrollan las especificidades que habrán de tenerse en cuenta cuando el objeto del procedimiento sea evaluar los efectos ambientales del planeamiento urbanístico o de los instrumentos de ordenación del territorio de La Rioja.
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