Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN n. 253, de 23 de diciembre 2025
Palabras clave: Árboles. Biodiversidad. Conservación. Cambio climático. Talas y podas. Inventario.
Resumen:
En las ciudades del siglo XXI, donde convive más del 60% de toda la población humana del planeta, los entornos urbanos son los responsables de más de las dos terceras partes de las emisiones contaminantes globales. Se hace evidente que, si se quiere superar el desafío climático global, deberá abordarse el clima de lo que hoy conocemos como urbesfera.
El árbol es un ser vivo y como tal debe considerarse. Tiene numerosas capacidades demostradas y avaladas por estudios científicos, y hoy se sabe que el desarrollo integral de las nuevas generaciones necesita vínculos estables cercanos y emocionales con el arbolado. Por todo ello, se hace preciso adoptar medidas urgentes que garanticen la conservación de los ejemplares más valiosos y antiguos ante las agresivas actuaciones urbanas que muchas veces se producen para asegurar con ello el fomento de los
Título: De la arbitrariedad del legislador y la asunción de cuestiones materialmente administrativas y científicas por el poder legislativo: la descatalogación del lobo ibérico
Title: On the arbitrariness of the legislative branch and the assumption of substantially administrative and scientific matters by the legislative power: the delisting of the Iberian wolf
Fecha de recepción: 03/11/2025
Fecha de aceptación: 12/12/2025
DOI: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00460
Autor: Pedro Brufao Curiel, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Extremadura, pbrufao@unex.es, ORCID: 0000-0002-0407-4053
Documento completo: “De la arbitrariedad del legislador y la asunción de cuestiones materialmente administrativas y científicas por el poder legislativo: la descatalogación del lobo ibérico”
Resumen:
La prohibición de la arbitrariedad es uno de los principios constitucionales que rigen nuestro ordenamiento jurídico y la actuación de los poderes públicos. En la historia de nuestro pensamiento jurídico clásico se ha considerado que el capricho o la intervención veleidosa desplaza ilegítimamente a la razón como criterio central de ordenación, razón que se encuentra imbuida de criterios científicos, objetivos y constatables en una actividad normativa que descansa en la contrastación de hechos probados gracias al método y órganos científicos.
En este trabajo se expone la doctrina de la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, extendida
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 7 de abril de 2025 (Sala de lo Contencioso, Sección 2 Ponente: Daniel Prieto Francos)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ: STSJ AS 1127/2025 – ECLI: ES:TSJAS:2025:1127
Palabras clave: Responsabilidad patrimonial de la Administración. Fauna.
Resumen:
La Sentencia de autos resuelve el recurso ordinario nº 152/2023, presentado por una particular contra la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial del Principado de Asturias por responsabilidad patrimonial, tras sufrir daños personales por el ataque de un oso pardo el 30 de mayo de 2021 en Cangas del Narcea. La Administración inadmitió la reclamación inicial, alegando falta de legitimación y nexo causal, considerando el ataque como fenómeno imprevisible.
La Sala, a la luz del artículo 54.6 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y la Ley 2/1989, de 6 de junio, de caza (artículo 38.b), concluye que el Principado debe responder objetivamente por daños causados por fauna silvestre protegida, como el oso pardo, al no existir deber jurídico de soportarlos por parte de los particulares.
La Sala rechaza la exoneración por fuerza mayor,
Energía eléctrica:
MARTÍNEZ-MOSCOSO, Andrés; CASTRO-ENRÍQUEZ, Israel. Régimen jurídico de la energía eléctrica en Ecuador. Tensiones socioambientales y con los derechos de la Naturaleza FORO: Revista de Derecho, n. 41, enero-junio 2024, pp. 149-171. Disponible en: https://doi.org/10.32719/26312484.2024.41.8 (Fecha de último acceso 09/07/2025).
Energías renovables:
CLAVIJO, Omar; ROJAS ROBLES, Rosario. Análisis desde el marco normativo para el aprovechamiento de las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable – FNCER. Avances y desafíos en la implementación de la transición energética en Colombia. Gestión y ambiente, vol. 27, n. 2, 2024. Disponible en: https://doi.org/10.15446/ga.v27n2.118383 (Fecha de último acceso 08/07/2025).
Espacios naturales protegidos:
BARÓN COLMENARES, Miryam Edith; SALCEDO PERILLA, Brayan Santiago. Reflexiones sobre las políticas públicas medioambientales. El caso de la laguna de Suesca en Cundinamarca, Colombia. Revista Análisis Jurídico-Político, vol. 5, n. 10, julio-diciembre 2023, pp. 121-146. Disponible en: https://doi.org/10.22490/26655489.6845 (Fecha de último acceso 08/07/2025).
LOZANO CUTANDA, Blanca. La personificación jurídica del Mar Menor: persiste la inseguridad jurídica tras la Sentencia del Tribunal Constitucional 142/2024 y el Real Decreto 90/2025. Diario La Ley (Estudios doctrinales), n. 10743, 2025
MÉNDEZ TORRES, Beatriz Adriana. Guardianes de la laguna y del manglar
Sentencia del Tribunal de Justicia, de 12 de junio de 2025 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 92/43 (arts. 1, letra i; 2.3; y 14.1)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia. Grupo de investigación Legambiental (GIUV2013-142)
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Quinta, asunto C‑629/23, ECLI:EU:C:2025:429
Palabras clave: Especies de interés comunitario. Protección rigurosa. Excepciones. Canis lupis (lobo). Estado de conservación favorable. UICN. Especie vulnerable. Exigencias económicas.
Resumen:
El Tribunal Supremo de Estonia suspendió el proceso iniciado por una asociación ambiental contra la legalidad del Plan cinegético 2012/2021, que permitía cazar especímenes de lobo basándose en el estado de conservación favorable de dicha especie y planteó cuestión prejudicial al TJUE, sobre la interpretación del Derecho de la Unión aplicable al caso, esto es, la Directiva 92/43 (art. arts. 1 y 14).
La citada asociación alegaba que la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) había clasificado la población estonia de lobos en la categoría “vulnerable” de su “lista roja”, lo que cuestionaba el supuesto estado de conservación favorable de dicha especie.
El Tribunal remitente quería saber, en síntesis, lo siguiente:
1º) Si la inclusión de una especie en la
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