Gases efecto invernadero:
RAMOS SÁNCHEZ, Sofía. “Los gases efecto invernadero adquiridos o adjudicados para su consumo: impacto en la información financiera”. Quincena fiscal, n. 13, 2014, pp. 107-117
SANZ RUBIALES, Íñigo. “La captura y almacenamiento de carbono: una novedosa técnica de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero regulada por la Unión Europea”. Derecho PUCP: revista de la Facultad de Derecho, n. 70, 2013, pp. 165-186, [en línea]. Disponible en Internet: http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/6749 [Fecha de último acceso 22 de septiembre de 2014].
Gestión ambiental:
VALDEZ MUÑOZ, Walter. “Marco institucional para la gestión ambiental en el Perú”. Derecho PUCP: revista de la Facultad de Derecho, n. 70, 2013, pp. 45-62, [en línea]. Disponible en Internet: http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/6743 [Fecha de último acceso 22 de septiembre de 2014].
Incendios forestales:
RIORDAN, Charles “Calming the Fire: How a Negligence Standard and Broad Cost-Recovery Can Help Restore National Forests After Wildfires”. Boston College Environmental Affairs Law Review, vol. 41, n. 1, 2014, pp. 233-264, [en línea]. Disponible en Internet: http://lawdigitalcommons.bc.edu/ealr/vol41/iss1/7/ [Fecha de último acceso 4 de septiembre de 2014].
Información ambiental:
CASADO CASADO, Lucía. “El acceso a la información ambiental en España: luces y sombras”. Derecho PUCP: revista de la Facultad de Derecho,
Se declaran Zonas de Especial Protección para las Aves en aguas marinas españolas
Autora: Blanca Muyo Redondo. Responsable de la Unidad de Documentación e Información del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Orden AAA/1260/2014, de 9 de julio, por la que se declaran Zonas de Especial Protección para las Aves en aguas marinas españolas. (BOE núm. 173, de 17 de julio)
Temas Clave: Biodiversidad; ZEPAS; Aguas marinas
Resumen:
El objeto de la presente orden es la declaración de los siguientes 39 espacios de las aguas marinas bajo soberanía o jurisdicción española como Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA):
ES0000490 Espacio marino de la Ría de Mundaka-Cabo de Ogoño.
ES0000492 Espacio marino de los Islotes de Portios-Isla Conejera-Isla de Mouro.
ES0000494 Espacio marino de Cabo Peñas.
ES0000495 Espacio marino de Punta de Candelaria-Ría de Ortigueira-Estaca de Bares.
ES0000496 Espacio marino de la Costa de Ferrolterra-Valdoviño.
ES0000497 Espacio marino de la Costa da Morte.
ES0000498 ZEPA Banco de Galicia.
ES0000499 Espacio marino de las Rías Baixas de Galicia.
ES0000500 Golfo de Cádiz.
ES0000501 Espacio marino del Tinto y del Odiel.
ES0000502 Espacio marino de la Bahía de Cádiz.
ES0000504 Bahía de Málaga-Cerro Gordo.
ES0000505 Espacio marino de
Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima. (BOE núm. 180, de 25 de julio de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Navegación marítima; Transporte; Puertos; Buques; Derechos del mar; Naufragio; Contaminación de las aguas; Responsabilidad
Resumen:
El objeto de esta ley es la regulación de las situaciones y relaciones jurídicas nacidas con ocasión de la navegación marítima. Lleva a cabo una reforma amplia del Derecho marítimo tratando de contemplar todos sus aspectos. A través de esta norma, se trata de poner fin a las carencias detectadas en relación a una pluralidad de intereses nacionales cuya tutela debe ser reforzada. Es el caso de la seguridad de la navegación, la protección del medio ambiente y del patrimonio cultural subacuático, el uso del mar territorial, la lucha contra la contaminación y, los intereses españoles en materia de pesca.
La ley regula el marco en el que se inscriben las actividades propias del tráfico marítimo, constituido por el propio medio geográfico y los espacios físicos que la hacen posible. A lo largo de sus 524 artículos, se decanta por la técnica legislativa basada
Desarrollo sostenible:
ABAD ARAGÓN, Luis Daniel. “Gobernanza en espacios periurbanos a través de la iniciativa europea LEADER: el caso de la comarca madrileña de Las Vegas”. Anales de Geografía de la Universidad Complutense, vol. 34, n. 1, 2014, pp. 9-32, [en línea]. Disponible en Internet: http://revistas.ucm.es/index.php/AGUC/article/view/45190 [Fecha de último acceso 4 de agosto de 2014].
SANZ LARRUGA, Francisco Javier. “El “mantra de la sostenibilidad” y el colapso civilizatorio”. Ambiental y cual, 18 julio, 2014, [en línea]. Disponible en Internet: http://blogs.lavozdegalicia.es/javiersanz/2014/07/18/el-mantra-de-la-sostenibilidad-y-el-colapso-civilizatorio/ [Fecha de último acceso 18 de agosto de 2014].
Eficiencia energética:
GARCÍA RUBIO, Fernando. “La contratación pública en materia de eficiencia energética: un análisis de sus tipologías a la luz del TRLCSP, con especial referencia a la Administración Local”. Actualidad administrativa, n. 6, 2014, pp. 3
Energía:
BLANCHET, Luiz Alberto; LUCIANI DE OLIVEIRA, Edson. “Tributação da Energia no Brasil: necessidade de uma preocupação constitucional extrafiscal e ambiental”. Seqüência: estudos jurídicos e políticos, vol. 35, n. 68, 2014, pp. 159-187, [en línea]. Disponible en Internet: https://periodicos.ufsc.br/index.php/sequencia/issue/view/2135/showToc [Fecha de último acceso 11 de agosto de 2014].
SANZ LARRUGA, Francisco Javier. “El derecho ambiental y la energía en el mundo mundial”. Ambiental y cual, 6 julio, 2014, [en línea]. Disponible
Se fijan las posibilidades de pesca de la anchoa en el Golfo de Vizcaya
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Fuente: DOUE L 212/1, de 18 de julio de 2014
Temas Clave: Pesca Marítima; Anchoa
Resumen:
Mediante el Reglamento (UE) núm. 779/2014 del Consejo de 17 de julio de 2014 se fijan las posibilidades de pesca de anchoa en el Golfo de Vizcaya para la campaña de pesca 2014/15. Una determinación que se efectúa con la previa advertencia de que a partir del 1 de enero de 2015, la pesquería de anchoa del Golfo de Vizcaya se someterá a la obligación de desembarque establecida en el artículo 15.1.a) del Reglamento (UE) núm. 1380/2013. Así, de acuerdo con las condiciones especificadas en dicho Reglamento, las capturas de anchoa de esa pesquería deben almacenarse y mantenerse a bordo de los buques pesqueros, así como registrarse, desembarcarse e imputarse a las cuotas. Un Reglamento que resulta de aplicación desde el 1 de julio del presente año.
Documento adjunto:
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