Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco 2/2014, de 3 de enero de 2014 (Sala de lo Contencioso. Sede Bilbao. Sección 3ª. Ponente D. Luis Ángel Garrido Bengoechea)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica ambiental
Fuente: Cendoj: STSJ PV 1/2014
Temas Clave: Viaducto; Ruidos; Responsabilidad patrimonial de la Administración
Resumen:
En esta ocasión se ventila el recurso interpuesto contra el acuerdo de la Diputación Foral de Bizcaia, que desestimó la solicitud de responsabilidad patrimonial por el viaducto de la Av. Sabino Arana de Bilbao. En esencia el acuerdo desestimó las reclamaciones de los recurrentes, al considerar que no se han infringido las normas de protección sobre ruidos ni se ha demostrado un exceso de niveles de ruido, sobre todo, en horario nocturno; que no se ha demostrado la relación de causalidad entre la actuación de la Administración y los daños alegados; que los daños reclamados no han quedado individualizados; que existen títulos jurídicos suficientes que hacen que los reclamantes tengan el deber jurídico de soportar el daño. Ahora, los recurrentes alegan que el viaducto es ilegal al no



