25 junio 2021

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Cataluña aprueba el impuesto relativo a estancias en establecimientos turísticos (DECRETO LEY 12/2021, de 18 de mayo)

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Boletín Oficial de la Generalitat de Cataluña.  Número 8414, de 20 de mayo de 2021

Palabras clave: Impuestos. Establecimientos turísticos. Medio Ambiente. Fiscalidad Ambiental.

Resumen:

Este Decreto ley contiene un artículo único y una disposición final.

En el artículo único y en relación con el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, se pospone hasta el 1 de octubre del 2021 la entrada en vigor de las tarifas aprobadas por la Ley 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente. Estas tarifas se tenían que aplicar a partir del 1 de junio próximo, pero la delicada situación económica del sector turístico justifica aplazar la aplicación efectiva para después de la llamada temporada de verano, y así favorecer la reactivación del sector.

Vista la proximidad de la fecha de entrada en vigor de las nuevas tarifas, es imprescindible aprobar de forma inmediata este Decreto ley, para conseguir los objetivos planteados con la celeridad que requiere el calendario señalado. Este objetivo no se podría alcanzar mediante la tramitación de un procedimiento legislativo ordinario.

De acuerdo con el artículo 38 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, el Gobierno puede dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de decreto ley en caso de una necesidad extraordinaria y urgente. En este caso, la necesidad es la crisis económica y sanitaria, que requiere la adopción urgente de medidas paliativas.

En uso de la autorización que concede el artículo 64 del Estatuto de autonomía de Cataluña, a propuesta del vicepresidente del Gobierno y consejero de Economía y Hacienda y con la deliberación previa del Gobierno.

Artículo único. Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos. Tarifas

La modificación de las tarifas del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos que se establece en el apartado 3 del artículo 5 de la Ley 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente tiene efectos a partir del 1 de octubre del 2021.

Entrada en vigor: El 21 de mayo de 2021.

Enlace web: Decreto Ley 12/2021, de 18 de mayo, relativo al impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.