Se regula la reserva marina de interés pesquero de la Isla de Tabarca, y se definen su delimitación y usos permitidos
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental. Cieda-Ciemat
Fuente: Orden APA/102/2019, de 23 de enero, BOE núm. 33, jueves 7 de febrero de 2019
Temas Clave: Reserva marina de interés pesquero; medio marino, especies pesqueras; censo específico de pesca profesional; custodia marina
Resumen:
El nuevo paradigma de la gestión del medio marino y la conservación de sus recursos hace necesario desarrollar medidas de protección y regeneración de los mismos a largo plazo.
Se entiende por legislación sectorial la normativa que tiene como objeto regular determinadas cuestiones o ámbitos de la sociedad pero que indirectamente alcanza a regular otros sectores cercanos al objeto planteado. En este sentido, la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado tiene también una importante vocación conservacionista como a continuación se explicará. Se trata de una normativa orientada a regular la actividad industrial de la pesca, pero dedica el capítulo III del título I a las medidas de protección y regeneración de los recursos pesqueros mediante el establecimiento de zonas de protección pesquera,