26 June 2015

Current Issues

Actualidad al día. País Vasco. Zonas de especial conservación (ZEC)

Se aprueba la designación de cinco ríos del Territorio Histórico de Álava como Zonas Especiales de Conservación

Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOPV núm. 81, de 5 de mayo

Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Fauna; Red natura; Zonas de especial conservación (ZEC)

Resumen:

A través del Decreto 35/2015, de 17 de marzo, se han designado como Zonas Especiales de Conservación (ZEC) los siguientes ríos del Territorio Histórico de Álava:

-Baia ibaia/Río Baia.

-Zadorra ibaia/Río Zadorra.

-Ihuda ibaia/Río Ihuda (Ayuda).

-Omecillo-Tumecillo ibaia/Río Omecillo-Tumecillo.

-Ebro ibaia/Río Ebro.

La finalidad de esta norma es la de garantizar en las ZEC el mantenimiento o restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los tipos de hábitats naturales y de los hábitats de las especies silvestres de la fauna y de la flora de interés comunitario (Directiva 92/43/CEE), y asegurar la supervivencia y reproducción en su área de distribución de las especies de aves incluidas en el anexo I de dicha Directiva y de las especies migratorias no contempladas en el anexo citado cuya llegada sea regular.

De este modo, se aprueban las medidas de conservación de las citadas ZEC en los anexos I a

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19 June 2015

Current Issues

Actualidad al día. País Vasco. Zonas de especial conservación (ZEC). Zonas de especial protección para las aves (ZEPA)

Se aprueban las normas generales para ZEC y ZEPA vinculadas al medio hídrico del País Vasco

Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOPV núm. 81, de 5 de mayo

Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Fauna; Red natura; Zonas de especial conservación (ZEC); Zonas de especial protección para las aves (ZEPA)

Resumen:

Por medio del Decreto 34/2015, de 17 de marzo, se han aprobado las normas generales para las Zonas Especiales de Conservación (ZEC) y Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) vinculadas al medio hídrico en el País Vasco. Estas normas serán de aplicación al conjunto de espacios Red Natura vinculados al medio hídrico, rigiendo en los espacios aprobados hasta la fecha y lo que puedan aprobarse en el futuro.

Estas normas se agrupan en dos tipologías:

-Directrices: Disposiciones concernientes a los distintos usos y actividades, ambientes o elementos clave, dirigidas a orientar las actuaciones de las diferentes administraciones públicas.

-Regulaciones: Disposiciones cuyo fin es establecer normas de carácter vinculante relativas al desarrollo de usos y actividades que pueden afectar a los elementos y objetivos de conservación.

Documento adjunto:

10 June 2015

Castille and Leon Autonomous communities Current Legislation

Legislación al día. Castilla y León. Caza

Decreto 32/2015, de 30 de abril, por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOCyL núm. 82, de 4 de mayo de 2015

Temas Clave: Caza; Fauna silvestre; Especies cinegéticas; Actividad cinegética recreativa

Resumen:

El presente decreto se compone de un título preliminar, dedicado a definir el objeto de la norma y a establecer diversos conceptos, cuatro títulos, una disposición adicional, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

En concreto, se definen los conceptos de especie cinegética y especie cazable; se diferencia la caza propiamente dicha de la caza intensiva, las sueltas para competiciones, exhibiciones y zonas de entrenamiento de perros y/o aves de presa, así como el control poblacional.

El Título I desarrolla los medios autorizados para la caza, definiendo las condiciones de utilización de las armas de fuego, arcos, armas blancas, perros, hurones y aves de presa, en sintonía con el reciente reconocimiento de la cetrería como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por parte de la UNESCO.

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13 May 2015

Castille and Leon Autonomous communities Current Legislation

Legislación al día. Castilla y León. Patrimonio natural

Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOCyL núm. 61, de 30 de marzo

Temas Clave: Patrimonio natural; Biodiversidad; Participación; Intervención administrativa; Paisaje; Políticas sectoriales; Planes de Ordenación de los Recursos Naturales; Red de Áreas Naturales Protegidas; Red Natura 2000; Flora y fauna

Resumen:

A través de esta norma se busca una protección transversal del patrimonio natural, de una manera no solo compatible con el desarrollo socioeconómico de la Comunidad, sino que lo erige en uno de sus motores. Actualiza y clarifica el régimen de gestión de las áreas naturales protegidas, y en especial de la Red Natura 2000, buscando la integración de los procedimientos de evaluación que pudieran derivarse de la posible ejecución de proyectos, planes o programas.

Se estructura en seis títulos, cuatro disposiciones adicionales, una transitoria, una derogatoria y siete finales.

“La presente ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable en Castilla y León para la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural”.

El Título I destaca la regulación de los cauces para la adecuada

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15 April 2015

Current Legislation European Union

Legislación al día. Unión Europea. Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES)

Decisión (UE) 2015/451 del Consejo, de 06 de marzo de 2015, relativa a la adhesión de la Unión Europea a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, (CITES). (DOUE L75/1 de 19 de marzo de 2015)

Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid

Temas clave: CITES; especies amenazadas; fauna y flora silvestres; controles de comercio; adhesión

Resumen:

La Unión, aprovechando la condición obtenida tras Lisboa, momento en el que recibió su personalidad jurídica propia, y en virtud de lo dispuesto por el artículo 192 apartado 1 del Tratado de Funcionamiento, con el que la Unión Europea por sí misma ya es competente para celebrar acuerdos internacionales y dar cumplimiento a las obligaciones que de ellos se deriven, ha decido sumarse a la lista de miembros Parte de esta Convención sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora.

CITES, para todos conocida, es un importante instrumento internacional medioambiental cuyo objetivo está en proteger a las especies amenazadas de fauna y flora mediante controles en el comercio internacional de especímenes; hasta ahora eran ya 178 los países Parte, entre los cuales están los 28 Estados miembro de la

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