Sentencia 171/2026 de 26 de febrero de la Sección Primera de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (rec. 7648/2023)
Autoras: Paula Echeverría Sánchez, Abogada y Jaime Doreste Hernández, Abogado ambientalista en Magerit Abogados y Profesor Asociado de Derecho Urbanístico y Ambiental en la UAM
Palabras clave: Urbanismo. Derecho Penal. Demolición.
Resumen:
En la Sentencia que hoy comentamos, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto contra una Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que confirmó la condena del Alcalde de La Acebeda, Comunidad de Madrid, como autor de un delito de prevaricación urbanística del artículo 320.2 del Código Penal.
El condenado otorgó en 2014 una licencia municipal para construir un cobertizo en suelo no urbanizable de especial protección, omitiendo de manera consciente y voluntaria el preceptivo procedimiento de calificación urbanística exigido por la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, y actuando en contra de los informes desfavorables emitidos por la Secretaria y el Arquitecto municipales.
La resolución resulta especialmente relevante por dos motivos. En primer lugar, porque refuerza la interpretación jurisprudencial del elemento subjetivo del tipo penal —“a sabiendas de su injusticia”— en los delitos de prevaricación urbanística, descartando
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete), de 2 de marzo de 2026 (Sala de lo Contencioso, Sección 1.ª, Ponente: María Pérez Pliego)
Autora: Dra. Paula Cisneros Cristóbal, Profesora Ayudante Doctora del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ CLM 552/2026 – ECLI:ES:TSJCLM:2026:552
Palabras clave: Ayudas PAC. SIGPAC. Humedales temporales. Red Natura 2000. Condicionalidad ambiental.
Resumen:
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha 552/2026 resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una mercantil frente a la resolución administrativa que redujo parcialmente la línea de ayuda de pago básico correspondiente a la Solicitud Única de ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC) para la campaña 2018. La reducción se fundamentó en dos motivos principales: por un lado, la declaración de recintos no compatibles con el uso asignado en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC); por otro, la existencia de una superficie declarada que, junto con la superficie no admisible, superaba la superficie SIGPAC del recinto.
El conflicto se centra en tres parcelas situadas en el polígono correspondiente del término municipal de El Bonillo (Albacete), incluidas en el ámbito de la denominada Laguna o Nava de Navalcudia. La recurrente sostenía que
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, 14 de enero de 2026 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Inmaculada Gil Gómez)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ CV 60/2026- ECLI:ES:TSJCV:2026:60
Palabras clave: Derechos fundamentales. Ruido.
Resumen:
El pronunciamiento aquí comentado resuelve el recurso de apelación interpuesto por un particular contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Valencia, dictada en un procedimiento de protección de derechos fundamentales. La parte apelada es el Ayuntamiento de Sagunt.
Acotando el presente resumen a las cuestiones de interés jurídico-ambiental, la Sala examina la alegación de la actora relativa a la errónea interpretación de la legalidad vigente, en relación con la disposición adicional primera de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de protección contra la contaminación acústica, y el artículo 9.1 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
A estos efectos, se detallan dos resoluciones del Ayuntamiento. La primera, de 28 de junio de 2024, que autoriza festejos taurinos del 20 al 28 de julio de 2024 y exime temporalmente del cumplimiento de los niveles máximos de ruido. Y
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de 9 de enero de 2026 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Luis Gonzaga Arenas Ibáñez)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 905/2026- ECLI:ES:TSJ AND:2026:905
Palabras clave: Acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales.
Resumen:
La sentencia de autos resuelve el recurso de apelación interpuesto por la Federación Ecologistas en Acción-Sevilla contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Sevilla. Esta sentencia resolvió el recurso de impugnación de la desestimación presunta del recurso de alzada presentado contra el acuerdo de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla de 16 de mayo de 2018, por el que se concedió licencia de reforma parcial a una mercantil para la ampliación de un centro comercial en Palmas Altas Norte.
La Sala argumenta que la acción pública debe ejercerse dentro de los plazos legales para la interposición de los recursos administrativos o contencioso-administrativos, sin que existan excepciones en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ni
Título: Los límites del desarrollo y la justicia ecológica: una mirada ecocéntrica sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible
Title: The Limits Of Development And Ecological Justice: An Ecocentric Perspective On The Sustainable Development Goals
Autora: Susana Borràs Pentinat, Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales, Universidad Rovira i Virgili (Tarragona, España)
Autora: Aparecida de Sousa Damasceno Investigadora predoctoral en formación, Universidad Rovira i Virgili (Tarragona, España)
Fecha de recepción: 07/04/2026
Fecha de aceptación: 20/04/2026
DOI: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00484
Documento completo: “Los límites del desarrollo y la justicia ecológica: una mirada ecocéntrica sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible”
Resumen:
El 25 de septiembre de 2025 se cumplieron diez años de la aprobación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. En este contexto, desde una perspectiva ecocéntrica, reflexionar sobre el antropocentrismo estructural presente en la composición de este documento y sobre la inviable contradicción entre ciertos objetivos, camuflada por una supuesta armonía entre ellos, es clave para pensar en nuevas estrategias para un futuro más sostenible. Aunque se presente como un marco transformador en materia de sostenibilidad, la Agenda 2030 todavía reproduce una visión antropocéntrica de mundo, en que la Naturaleza sigue comprendida como recurso al servicio del bienestar humano. A través
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