29 julio 2021

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Actualidad al día. Murcia. Pesca. Cabo Tiñoso

Murcia regula la pesca marítima profesional en el ámbito de la Reserva Marina de Interés Pesquero de Cabo Tiñoso. (Orden de 15 de junio de 2021)

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BORM número 144, de fecha 25 de junio de 2021

Palabras clave: Reserva Marina. Pesca profesional. Biodiversidad marina.

Resumen:

Por Decreto n.º 81/2016, de 27 de julio, (BORM n.º 176 de 30 de julio) fue declarada la Reserva Marina de Interés Pesquero de Cabo Tiñoso, contribuyendo así a la conservación y regeneración de los recursos pesqueros y en general a la protección de los ecosistemas marinos.

Entre los usos regulados en esta reserva marina se encuentra el ejercicio de la pesca profesional. El artículo 3 del decreto se refiere al mismo prohibiéndolo dentro del ámbito de la Célula B o área de reserva integral. En el resto de la reserva sólo se podrá practicar la pesca marítima profesional en la modalidad de artes menores, con artes de pesca expresamente autorizados, y a barcos que formen parte del censo específico que vendrá elaborado por la Consejería con competencias en la materia de pesca.

Esta orden se adecua a los principios de buena regulación a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ya que es necesaria para establecer la figura de protección pesquera y completar así la reserva marina establecida en aguas interiores.

Haciendo uso de la habilitación contenida en el artículo 15 de la Ley 2/2007, de 12 de marzo, de Pesca Marítima y Acuicultura de la Región de Murcia, y de conformidad con lo dispuesto en el mencionado artículo 3 del Decreto n.º 81/2016, de 27 de julio, por el que se declara la Reserva Marina de Interés Pesquero de Cabo Tiñoso, oído el Consejo Asesor de Pesca y Acuicultura, visto el Informe Jurídico favorable de fecha 12 de abril de 2021, y a propuesta de la Dirección General de Ganadería, Pesca y Acuicultura.

Entrada en vigor: El 15 de julio de 2021

Enlace web: Orden de 15 de junio de 2021, por la que se regula la pesca marítima profesional en el ámbito de la Reserva Marina de Interés Pesquero de Cabo Tiñoso.